Si algo seguro traerá el 2015, serán más peleas y discusiones en el Poder Judicial, un ámbito resistente a los cambios casi por naturaleza, acorde a la lógica de sus cargos vitalicios. Desde la aprobación del Código Procesal Penal acusatorio y del Código Civil y Comercial, todo el sistema de Justicia, -su paradigma cultural inclusive- está en pleno rediseño. Aunque por ahora ambos son textos que resta poner en práctica, su sola existencia ya generó reacciones y represalias de quienes suponen que verán afectados sus históricos feudos. En especial de algunos jueces y fiscales federales que utilizan citaciones y medidas contra funcionarios para presionar.
El año que empieza hoy será una prueba de fuego para la implementación de las nuevas reglas y resultará trabajoso con parte de los tribunales en contra, o sin una mínima cooperación o acuerdo. La situación de impasse en la Corte Suprema, tras dos fallecimientos y una renuncia, agrega una gran cuota de incertidumbre. En mucho, estará en juego la propia credibilidad de la Justicia.
Los interrogantes que responderá el 2015
¿Se trabará si queda con cuatro jueces? ¿O será ampliada por ley su composición? ¿Cómo se posicionarán los supremos ante la puesta en marcha de las reformas? ¿Alentarán a los jueces inferiores a acatar o apoyarán algún boicot? ¿Será factible el sistema acusatorio, que traslada la investigación a los fiscales, con los jueces en contra? El Código Civil y Comercial ¿se podrá aplicar en los hechos o quedará como una declaración de principios? ¿Los tribunales del fuero están preparados? ¿Se debatirá el Código Penal o pasará al olvido? ¿Se discutirá una reforma penitenciaria? Preguntas y debates, sobran.
Corte y confección
La renuncia de Raúl Zaffaroni, en acatamiento a la Constitución Nacional que establece en 75 años la edad jubilatoria de los jueces de la Corte, marca el fin de una época en el tribunal. Su salida se suma a los fallecimientos en el último año de Enrique Petracchi y Carmen Argibay. Esta situación tiene un impacto múltiple en el máximo tribunal, con un modo de funcionar, de debatir y alcanzar mayorías, no siempre en fallos unánimes, lo que preanuncia posibles empates si quedaran solamente los cuatro jueces actuales: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, quien apenas si asiste a los acuerdos con ayuda para desplazarse.
La última década en la Corte fue clave en ampliación de derechos y en derribar obstáculos para juzgar los crímenes de lesa humanidad de la última dictadura. En los últimos tiempos, después del fallo que confirmó la validez de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el tribunal se inclinó por favorecer reclamos de grandes medios en materia impositiva y de publicidad oficial. A la par, el presidente supremo, Lorenzetti, cultiva un discurso político, reflejado en los medios, con eje en temas que señala como los que le interesan al común de la gente: narcotráfico y seguridad, con tono crítico a las políticas gubernamentales. En sus últimas apariciones públicas y ante la familia judicial procuró estar acompañado por todos o la mayoría de los jueces federales porteños, entre quienes están los más acérrimos detractores de la reforma procesal aprobada por el Congreso, que desplazará su poder de investigar hacia las fiscalías.
Con cinco miembros por ley
Cualquier nuevo nombramiento en la Corte impactaría en esa dinámica y la distribución de roles establecida. El tribunal tiene por ley cinco miembros y ahora, una vacante. Aunque es obvio que al quedar un lugar vacío el Poder Ejecutivo debe proponer un nuevo candidato a evaluar por el Senado, esta cuestión ha sido distorsionada, desde que la oposición política encabezada por el radicalismo anunció que se negará a discutir cualquier designación.
El Gobierno, no obstante, tiene todo el derecho de proponer el nombre de un nuevo juez o jueza que le parezca buen candidato, y ver qué suerte corre en el Senado. Nadie ha descartado ampliar el número de integrantes, algo el saliente Zaffaroni alentó en sus apariciones públicas más recientes.
Como sea que quede la Corte, allí se redefinirá su papel en la vida política y se verá en qué medida sostiene o respalda los procesos de reforma. El del Código Civil, empezó en el máximo tribunal, y pese a cambios introducidos en su proyecto de reforma original, parece acompañarla. Es menos claro cómo se posicionará respecto de la reforma procesal penal, que sólo Highton y Zaffaroni defendieron públicamente.
Peleas de poder
La aprobación de la reforma procesal penal trajo reacciones, en especial entre los jueces, y traerá más. El nuevo Código de procedimientos toma el modelo acusatorio, que se aplica en la mayor parte del mundo, distinto al que todavía rige en Argentina, conocido como inquisitivo, donde los mismos jueces que investigan son los que deciden. O sea, se evalúan a sí mismos, pueden manejar los tiempos de las causas, presionar, tomar decisiones sobre las pruebas, marcar la cancha a las partes, y elevar el caso a juicio oral cuando quieran, instancia en la que otra vez se reeditarán las pruebas y las discusiones sobre el caso. Eso, en teoría, ya no será así.
Muy a grandes trazos, el nuevo procedimiento será único. Sin indagatoria ni procesamiento, con un límite máximo de tres años, el fiscal investigará, el defensor representará al acusado, podrá haber una querella activa (que incluso supla al fiscal que desiste), habrá jueces de garantías que supervisen la acción de los fiscales y habrá jueces orales que dictarán sentencia.
Uno de los crecientes focos de discusión cuestiona la creación de 17 nuevos cargos de fiscales y 1700 puestos en el Ministerio Público fiscal para concretar la reforma. Para los primeros, la Procuración General acaba de llamar a concurso y mientras tanto designó subrogantes, lo que fue traducido como si fuera un escándalo en los medios de comunicación. La procuradora Alejandra Gils Carbó puso a fiscales que ya son titulares por concurso y a quienes los grandes medios evalúan según simpaticen o no con la agrupación Justicia Legítima, sin dar valor a su idoneidad. En cuestión de horas, esos nombramientos ya le valieron una denuncia de la tradicional Asociación de Magistrados, que dice que es una maniobra para controlar la investigación de casos de corrupción.
El resto de los puestos están en veremos. El modo de selección, con tribunales que designa la jefa de los fiscales, estará en el centro de la escena también. Lo estuvo esta misma semana, en una causa que objeta el concurso para dos (sensibles) fiscalías federales, por la que la Procuración fue allanada por tercera vez en menos de un mes, algo nunca antes visto. Y un tema que sembrará polémica si el Procurador/a puede dar instrucciones particulares en causas concretas a los fiscales, algo que no está definido en el código. Ahora no están permitidas, pero se las suele habilitar esa facultad en los sistemas acusatorios.
Sin feudos y con nuevos roles
El otro gran tema, que traerá mucho ruido pero hasta ahora pasó algo inadvertido, abarca los cambios que se avecinan en los juicios orales. Los jueces están acostumbrados a manejar su agenda, sus tiempos, a decidir cuándo hacen las audiencias, con qué frecuencia, a quién citan. En tribunales, la clásica costumbre de muchos juzgados que transforman el viernes en un día o medio más del fin de semana, difícilmente pueda sobrevivir. Todo cambiará.
En el fuero porteño que se ocupa de los delitos comunes hay noventa jueces distribuidos en treinta tribunales orales, de tres cada uno: esa estructura se desarma. No habrá treinta feudos sino noventa jueces sueltos, que se irán sorteando y distribuyendo según su carga de trabajo. Los llamarán a trabajar y tendrán que ir. Una oficina de gestión será la organizadora de juicios, y convocará a los jueces apenas estén por empezar las audiencias: no conocerán el caso con antelación, no tendrán acceso previo, por lo que primará la inmediatez.
Tampoco podrán poner la calificación, ni podrán preguntar. Los testigos y las pruebas ya vendrán definidos desde la etapa anterior. Habrá un veredicto de culpabilidad, en el que los jueces tendrán que explicar oralmente –algo que casi nadie acostumbra hacer- si está probado el hecho o la autoría de un delito. Luego habrá otra audiencia para definir la pena.
Este nuevo sistema de enjuiciamiento será revolucionario, por eso es probable que desate enojos y más tormentas. De los jueces acostumbrados a su autogobierno, o de quieren manejar el timing para juzgar funcionarios o poderosos de toda estirpe. Todo indica, de todos modos, que esta pata de la reforma se aplicará primero en la justicia nacional común, y recién después en el fuero federal para los juicios a funcionarios.
La nueva Cámara de Casación Penal ordinaria tendrá un papel calve. También fue convocada por el Ministerio de Justicia para diseñar un boceto de ley de implementación, necesaria para que arranque el sistema acusatorio. Está prevista a la vez la reforma de la ley de Ministerio Público. De ambas cuestiones se ocupará una Comisión Bicameral en el Congreso. Podría haber textos ya avanzados hacia febrero.
Quienes más han hecho sentir su malestar con la pérdida de manejo y territorio que se avecina son los jueces federales, en especial los porteños, que investigan corrupción, lavado, narcotráfico y derechos humanos. Ciertos fiscales nombrados en el menemismo, sin concurso, se han sumado. Aunque el nuevo Código Procesal les otorgue más poder, han perdido el monopolio en algunos temas donde está en juego mucho dinero, como el lavado de activos, donde actúan (como auxiliares) ahora procuradurías especializadas diseñadas por Gils Carbó. De hecho, el titular de la Procuraduría de antilavado (Procelac), Carlos Gonella, se ha convertido en el ícono de la persecución penal. Las denuncias que involucran a la Procuración son tantas que eso les quita credibilidad. Es el organismo que más cambios promovió en el sistema en los últimos dos años, y el que debe sentar las bases y hacer funcionar en nuevo código.
Derechos civiles y comerciales
La aprobación, en 2014, del nuevo Código Civil y Comercial es el reflejo de las formas de vida, identidad, familia y filiación propias de esta época e introduce una concepción de los contratos inspirada en impedir los abusos. El proceso de confección de este código fue larguísimo y en él intervinieron desde la Corte, universidades, y especialistas de todas las ramas, hasta la Iglesia Católica. A pesar de eso, la oposición política ensayó denuncias penales (fallidas) por supuestas irregularidades en el tratamiento parlamentario, que no fueron más que el reflejo de discrepancias ideológicas con el texto e intentos de atenuar conceptos aggiornados.
Uno de los puntos que atravesó negociaciones con la Iglesia y que es cantado que seguirá trayendo discusiones es el artículo 19, que define que hay vida humana desde el momento de la concepción. Así quedó redactado para dejar medianamente conforme a todo el mundo y se acordó establecer el régimen de embriones no implantados en una ley especial aparte. Esa ley, la que regula las técnicas de reproducción humana asistida, tuvo media sanción en Diputados en noviembre. El texto, para referirse a la protección de los embriones, habla de los plazos de “criopreservación”, que estableció en diez años, aunque la mayoría de los países han fijado cinco. Esa palabra, “criopreservación”, se utilizó en lugar de hablar de embriones descartados para limar las asperezas internas, incluso dentro del Frente para la Victoria.
La ley establece un gran abanico de cuestiones: quiénes pueden ser donantes, cuántas veces, hasta qué edad y entre otras cosas prohíbe la comercialización de gametos, además de fijar derechos y obligaciones de parejas en tratamiento. De todos modos, todavía falta que el texto pase este nuevo año por el Senado. Allí el escenario no parece ser igual que en Diputados, ya que hay proyectos que explícitamente señalan que el embrión es persona, a pesar de que existe un famoso fallo de la Corte Interamericana (Artavia Murillo) que establece lo contrario.
En muchos otros aspectos del nuevo Código se podrá ver, seguramente, que todo depende de quién lo interprete y lo aplique. La especialista Marisa Herrera, investigadora del Conicet, pronostica que eso pasará con el divorcio. El Código prevé el divorcio sin expresión de causa, que puede plantear un solo cónyuge. “La idea de fondo es que exista la menor intervención judicial posible, pero hay que ver si todos los jueces lo entienden así. Como el Código no regula los procedimientos, los jueces pueden poner restricciones, llamar a audiencias innecesarias o dificultar el divorcio según el trámite que le den. Es un fuero muy conservador”, dice Herrera.
Cómo pensar nuevas categorías jurídicas
En un cuerpo normativo de 2671 artículos, estos son solo algunos ejemplos de lo que puede llegar a pasar en los primeros meses de 2015. El juez civil Gustavo Caramelo vislumbra que una de las nuevas figuras que más resistencias va a generar es “la del abuso de posición dominante en el mercado”. Es una regulación general, más allá de las leyes especiales de Defensa del Consumidor, lo que le da una fuerza especial. Para estar en posición de “abusador” no hace falta ser una gran empresa, sino aprovecharse de la necesidad de otro (como un propietario en la relación de locación cuando hay escasez de vivienda).
La ley de procedimiento para la defensa del consumidor, que hay que implementar, buscará que los consumidores puedan demandar ante situaciones frente a las que hoy desistirían. “Estas cosas no van a ser del agrado de los poderes fácticos de nuestra economía y cabe prever construcciones discursivas destinadas a enervar la eficacia de estas normas”, sostiene Caramelo.
“La implementación de este Código va a generar un recambio generacional tanto entre abogados, jueces y funcionarios judiciales –prevé Caramelo-.Muchos sostienen que no va a llegar a regir, pero lo que encubren es su temor a sentarse estudiar y pensar nuevos temas y categorías jurídicas. Todo el Código debe ser interpretado según la Constitución y los tratados de Derechos Humanos, es una directiva desde 1994, pero en el ámbito del derecho privado se hace a menudo pour la gallerie y no en forma sustantiva”.
http://www.infojusnoticias.gov.ar/opinion/2015-los-grandes-debates-judiciales-en-la-agenda-del-nuevo-ano-153.html