En febrero, la noticia causó tanta sorpresa como indignación. Ocurrió cuando un tribunal oral anunció que el psicólogo Jorge Corsi había logrado reducir su pena por abuso sexual contra un menor, en el marco de un juicio abreviado. Pero la realidad es que la “modalidad” judicial de no llegar a los debates orales, permitiendo enormes beneficios a los acusados, es una marca registrada en los últimos años. De hecho, un estudio estadístico reveló que apenas el 19% de los delitos llevados a la justicia se resuelven en juicios orales, mientras que el 50% se hace por la vía del “juicio abreviado” y el restante 31% queda suspendido por “probations”.
El caso Corsi, paradigmático, estaba listo para pasar a la etapa final, es decir, el juicio oral, pero la defensa del imputado propuso el recurso del abreviado. La defensa del menor victimizado por el degenerado estuvo de acuerdo, ya que de ese modo el joven no tendría que pasar por la etapa del testimonio. Lo concreto fue que el abusador, que llegó imputado por “promoción para la corrupción de menores mediante engaño”, fue condenado a puertas cerradas, a tres años de prisión, cuando le hubiera correspondido en el debate oral una pena de seis años.
El estudio estadístico fue publicado en el marco de una investigación del Instituto en Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), donde se demostró que durante el último tiempo se priorizó el acuerdo abreviado en desmedro del juicio oral; y que durante el período 2002 al 2009, sólo el 19% de los casos se resolvieron por juicio oral, el 50% por acuerdos abreviados y el 31% por suspensión de juicio a prueba.
Principios afectados
En el análisis de los especialistas del INECIP, publicado por el portal Online 911, se plantea que si bien el Código Procesal Penal Nacional prevé el juicio oral y público, la centralidad del proceso no está en el debate sino en la etapa de instrucción afectando los principios de publicidad, oralidad y contradicción.
Por otra parte, durante los debates, el rol de los litigantes está subordinado al protagonismo de los jueces cuya imparcialidad se ve comprometida al interrogar a los testigos y analizar en forma previa el expediente. A su vez, se advirtió que las estructuras organizativas y edilicias son inadecuadas para realizar en forma exitosa las audiencias.
El estudio sostiene que los juicios orales no cumplen en la mayoría de los casos con los estándares que marca la Constitución Nacional en términos de oralidad, imparcialidad, contradicción y publicidad. Uno de los problemas fundamentales es que la información producida en el expediente durante la instrucción es considerada “prueba” y se utiliza como tal durante el juicio siendo consultada constantemente por los jueces y litigantes.
Por otro lado, se advierten problemas de roles ya que el tribunal actúa como un litigante más preguntando y participando -en un 95% de los casos los jueces examinaron a los testigos-, lejos de actuar como terceros imparciales. Como contrapartida, los fiscales y defensores quedan limitados a un rol secundario afectando el cumplimiento de un verdadero juicio contradictorio. Otro de los problemas detectados es la forma en que se lleva a cabo el interrogatorio de los testigos, ya que no son abordados por los litigantes como una tarea estratégica esencial para acreditar su propia teoría del caso y para refutar la de la contraparte produciendo información de alta calidad.
En un 72% de los juicios relevados se incorporaron testimonios por lectura, dato que pone a prueba la oralidad y también demuestra que en el actual sistema las declaraciones de la etapa de instrucción son consideradas pruebas.
En torno a las conclusiones del informe, que se realizó en base a los juicios llevados a cabo en los Tribunales Nacionales Orales en lo Criminal, sostienen la necesidad de una reforma estructural del sistema procesal penal federal que implique tanto la extensión de la oralidad en la totalidad del proceso como una transformación en la cultura judicial.
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