La Suprema Corte bonaerense rechazó los dos pedidos de nulidad que había interpuesto Carlos Carrascosa (uno por parte de su defensa y otro interpuesto por él mismo) contra el fallo de la Sala I de Casación, que en junio de 2009 había transformado la condena por encubrimiento en perpetua. El fallo, al que tuvo acceso Página/12, se refiere específicamente a cuestiones procesales y no entra a analizar la cuestión de fondo. En particular, la Corte bonaerense sostuvo que Carrascosa no debía pedir la nulidad de todo lo actuado, sino que podría haber elegido el camino del reclamo para que la Corte revocara la decisión de Casación. Ahora, Carrascosa tiene la difícil opción de acudir en queja a la Corte Suprema.

El 11 de julio de 2007, Carrascosa fue absuelto por homicidio y condenado a cinco años y medio de prisión por encubrimiento agravado por el Tribunal Oral 6 de San Isidro, luego de un extenso juicio en el que se sucedieron cantidad de testigos, exposiciones mediáticas, polémicas y estrategias sorprendentes como que la defensa acusaba (a un vecino) que no estaba imputado, y la mayor parte de la acusación (tres de cuatro fiscales y Luz María Blanca Galup Lanús de Hurtig, madre de la víctima y única presentada como particular damnificada) defendía al acusado.

Una de las pruebas principales que luego sería subrayada por Casación fue el audio de una llamada a OSDE que realizara el viudo y que por detrás dejaba escuchar la voz que la fiscalía demostró que se trataba de la voz de Bártoli. También se demostró que la voz de mujer que se escuchaba no correspondió a la masajista Michelini. La defensa sostenía que esa llamada ocurrió después de la llegada de la masajista. Finalmente admitió que podía tratarse de la voz de Bártoli.

El fallo fue apelado por el fiscal Diego Molina Pico y por la defensa de Carrascosa. El 18 de junio de 2009, la Sala I de Casación (Carlos Natiello, Benjamín Sal Llargués y Horacio Piombo) refutó los argumentos de la defensa y por unanimidad lo consideró coautor de homicidio calificado y lo condenó a perpetua.

En un trámite poco usual, Carrascosa presentó dos recursos ante el máximo tribunal bonaerense como intento de dar vuelta el resultado de la sentencia de Casación. Uno, por medio de su defensa, encabezada por Alberto Cafetzoglus. El otro, por derecho propio, representándose a sí mismo. En ambos, la estrategia elegida fue un recurso de nulidad extraordinaria.

Cafetzoglus sostuvo que Casación omitió considerar su pedido de inadmisibilidad de la apelación del fiscal, ya que el fiscal había visto satisfecho en el juicio su pedido de condena por encubrimiento. Como Casación no trató el tema, Cafetzoglus consideró que violaba la Constitución. Sostuvo que no trató con profundidad la investigación suplementaria abierta en Pilar. Además, consideró que era violatorio de derechos que Casación hubiera dictado sentencia (perpetua) en lugar de ordenar revisar el fallo o realizar un nuevo juicio. Cafetzoglus sostuvo que el peritaje de voz de la llamada de Carrascosa a OSDE (una de las principales pruebas inculpatorias) es inválido para la defensa. Consideró arbitrario el ordenamiento de los hechos realizado por Casación. Apuntó también a la nulidad del segundo médico emergentólogo, Santiago Biasi, que fue quien reveló a Molina Pico que el cráneo de María Marta tenía un hueco semejante al de una bala.

A todos estos reclamos, la Corte sostuvo que no correspondía tratarlos como un recurso de nulidad extraordinaria y que debería haber atacado con el pedido de “inaplicabilidad de ley”. Prácticamente lo mismo sostuvo en relación con el pedido de nulidad extraordinaria presentado por Carrascosa. Los cuatro jueces votaron del mismo modo.

Al recibir el voto del acuerdo de la SC, Cafetzoglus aseguró a la prensa que apelará ante la Corte nacional. Entretanto, la interminable causa del caso Carrascosa sigue su derrotero. El viudo célebre, en abril de 2010, se presentó ante la Comisión Interamericana de DD.HH., a la que reclamó su libertad, dijo que es inocente y pidió un resarcimiento económico por parte del Estado. En diciembre de 2010 pidió la prisión domiciliaria que le fue rechazada dos meses más tarde por el tribunal que lo enjuició. Y en noviembre del año pasado, la Corte Suprema de la Nación rechazó por inadmisible un recurso extraordinario presentado por la defensa de Carrascosa contra el fallo de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro que se había opuesto a un hábeas corpus mediante el cual el viudo había intentado impugnar la prisión preventiva.

Para peor, tres días más tarde, terminó el juicio García Belsunce II, en el que el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de San Isidro condenó al cuñado de María Marta, Guillermo Bártoli, a 5 años; al hermano de la víctima, Horacio García Belsunce, a 4; tres y medio a Juan “John” Hurtig, medio hermano de María Marta; y tres al vecino Sergio Binello y al médico emergentólogo Juan Gauvry Gordon; y absolvió a la masajista Beatriz Michelini. Los condenados quedaron inmediatamente detenidos, pero dos semanas después recuperaron la libertad bajo fianza, aceptada por la Cámara de Apelaciones de San Isidro.

 

fuente http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-203095-2012-09-11.html