El fiscal penal Fernando Rivarola archivó la denuncia por presunto tráfico de influencias en la construcción de la Torre Médica, propiedad del intendente Luis Larrañaga.
La denuncia fue realizada por el ex concejal Leandro Altolaguirre a partir de las propias palabras de Larrañaga durante la campaña electoral del año pasado, donde confesó que la construcción de ese edificio, fuera de las normas municipales, fue por un acuerdo con los funcionarios de la gestión de Néstor Alcala.
Durante la tramitación de la denuncia se conoció que la jueza de Faltas Alicia Corral (funcionaria del ex intendente Francisco Torroba) autorizó la destrucción de un expediente 10525 del año 2007 “por no contar con el espacio suficiente para arvhivar los mismo”.
El fiscal Fernando Rivarola revisó el expediente municipal de la construcción de la Torre Médica, el edificio que el actual intendente Luis Larrañaga construýó en la calle Lisandro de la Torre. Fue construido fuera de la legislación municipal, pero finalmente aprobado a partir de una adecuación a las normas y el pago de multas.
Larrañaga -en el programa televisivo Cuestiones Cotidianas, conducido por la periodista Rita Souble- dijo en la emisión del 17 de junio de 2011 dijo que existió “un pacto” con funcioarios de la municipalidad, durante el gobierno de Néstor Alcala para construir fuera de la legislación municipal. Altolaguirre en la denuncia afirmó que “Larrañaga tenía aceitadas relaciones con el gobierno de Alcala y se valía de las mismas para lograr edificar violando las normas municipales”.
Rivarola solicitó los expedientes municipales que tuvieran relación con esas construcción. Por eso solicitó el expediente de construcción Nº 335/05; expediente de juzgado de faltas, 10525/07 y otro expediente del juzgado de Faltas, el 13998/10.
El fiscal precisa que “del expediente Nº I.386/2010, “Larrañaga, Luis sobre apelación”, que en fecha 5 de noviembre de 2010 el juzgado municipal de faltas condenó a Larrañaga al pago de la multa de 29.097 pesos por la ejecución sain permiso en el terreno sito en calle Lisandro de la Torre 461 de esta ciudad”. Esa multa fue apelada, pero ratificado en el año 2011.
En relación al expediente 353/05 Rivarola explica que “surfge que el señor Larrañaga solicitó con fecha 18 de abril del año 2005 la autorización para la demolición del inmueble de Lisandro de la Torre 689”.
“De las inspecciones realizadas surgieron incumplimientos a la ordenanza municipal 3247/05, tal constan en los dictámenes, siendo firmados por Hector Jorge Selva, Beatriz Cossio y Oscar Piermarinio”, dice el fiscal. “Por los incumplimientos antes mencionados se labro el acta de infracción 2053, ya que se había comenzado a construir sin la debida aprobación de los planos municpales, tal surge de los informes emitidos por Alexis Weigun, Javier Hernández, Beatriz Cossio”, menciona el fiscal.
El 4 de octubre de 2005 le aplican una multa de 8321 pesos. El 3 de septiembre y el 1 de opctubre de 2007 el director Javier Hernández librño oficios a la jueza de Faltas Florencia Haspert en los que detalló los incumplimientos a la ordnenaza 3274/05.
El 24 de octubre de 2007 se notificó a Luis Larrañaga y Gabriel Sarricouet, a quienes se condenó a pagar 78.941 pesos en el Juzgado de Faltas. Pero durante la gestón de Francisco Torroba, en el expediente 13988/10 se establece una multa de 29.097 pesos por construir sin permiso, en referencia al expediente de construcción 353/05. Fue apelada al Juzgado de Faltas Provincial, que después confirmo la sanción.
El pago de la multa se informa -en la investigación de Rivarola- a través del programa Cibitas. El fiscal señala que “el Juzgado de Faltas informa que en el año 2007 fue ordenado por la jueza Dra. Alicia Corral la destrucción de los expedientes del año 2007 por no contar con el espacio suficiente para archivar los mismos amparándose en el artículo 32 del Código Municipal de Faltas, por lo que no se pudo remitir a la Fiscalía el expediente 10525/07”.
Rivarola dice que los funcionarios intervinientes realizaron las inspecciones y se impuso la multa por las violaciones al Código urbano de edificación. Considera que no se pudo acreditar “que haya existido el tráfico de influencias a que se hace referencia en la denuncia”.