l Defensor del Pueblo Jorge Armando Otálora reiteró hoy a través de Radio Santa Fe su oposición a que los conductores borrachos sean castigados con penas de prisión, pues advirtió que no habría cárceles suficientes en el país para confinarlos.
Otalora dijo que por el simple hecho de que se sorprenda a una persona conduciendo bajo los efectos del alcohól, no se le puede enviar a prisión.
Otra cosa es cuando el conductor causa la muerte o lesiones a personas, caso en el cual, dijo, debe caerle todo el peso de la ley.
Otálora aclaró que su oposición es contra el proyecto de ley que se está tramitando en el Congreso de la república, el cual pretende encarcelar a toda aquella persona que sea sorprendida conduciendo bajo los efectos del alcohol o las drogas.
El Defensor del Pueblo señalo que no se puede seguir penalizando todo tipo de infracciones o simples comportamientos ciudadanos, porque de lo contrario las cárceles no darían abasto.
Agregó que para el caso de los conductores borrachos se deben adelantar campañas pedagógicas y como castigo, además de los ya establecidos como el retiro del pase y la inmovilización del vehículo, se pueden implantar jornadas de trabajo social.
El defensor del Pueblo dijo que precisamente en el seno del Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria, ha venido planteando la necesidad de realizar ajustes al sistema penal para que no ‘todo’ sea tipificado como delito y que aquello que lo sea contemple penas alternativas a la privación de la libertad en centros penitenciarios y carcelarios, con lo cual también se minimiza el riesgo de posibles condenas al Estado.
Otálora se refirió al fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia, que impuso una condena al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y a la Nación (Rama Judicial), consistente en el pago de 175 salarios mínimos legales mensuales vigentes al un preso de la cárcel de Bellavista, de Medellín, de nombre William Alberto Molina, por los perjuicios causados por las malas condiciones de su reclusión.
El Defensor del Pueblo advirtió que dicha demanda sienta un precedente y permitiría que muchos más reclusos tomaran acciones similares, ante las dificultades del Estado para mantener a la población reclusa en adecuadas condiciones de salubridad y por los problemas de hacinamiento, que hoy alcanza niveles del 40% en el país e incluso llega al 147% en el centro penitenciario y carcelario La Modelo de Bogotá, lo cual constituye una clara vulneración a los derechos fundamentales de la población reclusa.
Tras el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia, el Inpec interpuso un recurso de apelación ante el Consejo de Estado, y actualmente se estudia en su Sección Quinta.
“Le ha solicitado al Gobierno que tome medidas urgentes, porque de ser confirmado este fallo ante el Consejo de Estado, serían 130.000 personas reclusas las que podrían verse motivadas a instaurar demandas contra el Estado”, destacó el Defensor Otálora Gómez.
Otalora dijo que este es un campanazo de alerta para que el Estado haga un mayor esfuerzo para el mejoramiento de las condiciones de la población reclusa en Colombia y una clara invitación para que las instituciones del Estado hagan un mayor esfuerzo para cumplir con la ley y así evitar demandas multimillonarias.