Luego del V Congreso Mundial por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, desarrollado en la provincia de San Juan, en el que se escuchó a más de una veintena de expositores nacionales e internacionales, hablando e intercambiando ideas, conceptos y realidades sobre la niñez, de las cuales Catamarca no está ajena, el juez Fabricio Gershani Quesada realizó un balance.

“Un Congreso Mundial es, ante todo, el encuentro de diferentes culturas en el cual profesores, pensadores y referentes de todo el mundo exponen sus puntos de vista y el resultado de sus arduos trabajos de investigación, ante miles de personas comprometidas con una temática particular; en este marco se debaten ideas, comparten experiencias, se brinda y recibe información muy valiosa y sobre todo se aprende las buenas prácticas de otros lugares con problemas bastante parecidos, aunque con soluciones muy diversas”, sostuvo el juez.
En el marco estrictamente penal juvenil, los disertantes y panelistas dejaron muy en claro la  completa extinción del  sistema tutelar como modo de abordaje de los  jóvenes en conflicto con la ley penal, para dar paso a un sistema penal restringido a los hechos considerados delitos, cometidos por personas comprendidas en la franja etaria que va desde los 16 años cumplidos hasta los 18.
Las necesidades del  cambio son evidentes, la sociedad de hoy y por ende los jóvenes que la integran y los representantes que los gobiernan, no son ni por asomo parecidos  a la sociedad de 1980, año en el que se sancionó el Régimen Penal Juvenil que da base a los Códigos de Procedimientos provinciales.
“Es muy importante tener en cuenta el contexto sociopolítico en el que la ley fue sancionada, suprimidas las garantías constitucionales y tomado por la fuerza el poder. Es más que obvio que la ley no tendría en cuenta ninguna garantía, que todos serían culpables hasta que se demuestre lo contrario, y que cualquier persona que no  encuadre en los infames parámetros del régimen sería sacado de la sociedad y aislado por el tiempo que resulte necesario en el mejor de los  casos”, opinó Gershani.
En esas circunstancias, se creó el Régimen Penal Juvenil, como verdadero  sistema de control social.
La dictadura fundamentó su sistema jurídico-penal en lo que se conoce como derecho penal del enemigo, la doctrina de la Seguridad Nacional concebía al Estado de manera bélica, quien no era aliado era enemigo y como el enemigo no juega limpio, la parte “sana” de la sociedad no estaba obligada a respetar las leyes de la guerra.
Así surge la “guerra” a los delincuentes: la televisión muestra enemigos muertos y soldados propios caídos. Pero las víctimas de uno y otro lado pertenecen o son seleccionados de los pobres subordinados de la sociedad, o de los pensadores o simplemente de las personas libres que no resignaban sus derechos.
Tras ello, hay un trasfondo político, la permanencia  en el poder a cualquier precio y la idea de que en el capitalismo globalizado, el excluido sobra y molesta, no es funcional al sistema, debe ser eliminado o aislado. El explotado todavía tiene una función, el excluido no.
El “modelo” que se aplicó al enemigo político se extendió al que cometen delitos. La guerrilla habilitaba al terrorismo de Estado, el delito habilita a los crímenes de Estado, pues bien, en este contexto se sancionó la ley que da origen al  Régimen Penal Juvenil de 1980.
Para Eugenio Zaffaroni, un Estado así pierde toda legitimidad. El discurso de la “Seguridad Nacional” ha sido remplazado por el de la “Seguridad Ciudadana” como ideología y no como problema real.
Razones del fracaso: este sistema tiene normas evidentemente inconstitucionales y contrarias a las obligaciones internacionales del Estado. La decisión jurisdiccional en el ámbito tutelar no es el producto de un auténtico debate contradictorio sobre el hecho ilícito, es ajeno al conjunto de garantías penales y procesales reconocidas a todas  las personas, en especial el derecho a defensa.
La lógica del sistema tutelar de menores, es dar un mismo tratamiento jurídico a la situación de los niños vulnerados en sus derechos, que requieren de protección efectiva, al ejercicio de los mismos y a aquellos que han infringido la ley penal.
En desventaja con respecto a los adultos
Más gravosa es aún la situación de los adolescentes, ya que para los adultos, con el advenimiento de la democracia se modificaron tanto leyes de fondo como de forma, creándose un proceso acusatorio respetuoso de las garantías establecidas en nuestra carta fundamental, otorgándole al  titular de la acción penal las herramientas necesarias para la averiguación de la verdad, hecho que será resistido por el imputado mediante el  ejercicio efectivo de su derecho de defensa en paridad de armas, y casi en igualdad de condiciones, siendo resuelta la contienda por un tercero imparcial, ajeno a ambas partes y lejos de toda contaminación.
Pues bien, este régimen penal estuvo ausente para los jóvenes durante décadas en Latinoamérica y el mundo. La sanción de la Convención de los Derechos  del Niño obligó a los Estados a adecuar su régimen penal a los nuevos estándares internacionales en la materia, hecho que aun no ocurrió en nuestro país, pese a que se presentaron varios proyectos  de  ley.
En el Sistema Tutelar, la institucionalización se orienta al encierro de abandonados e infractores, mistificando los conflictos que la sociedad no resuelve por otras vías. Excluyendo posibles alternativas de intervención políticas, dejando subsistente la violencia social.
Además, dentro de las instituciones también hay “micro poderes” que victimizan y degradan.
Los sistemas de control de la niñez y adolescencia a través de la judicialización de sus vidas, tienen un error existencial, ya que intenta enseñar a respetar los derechos de terceros privando de los propios. A las instituciones se les ha encargado la realización de un programa imposible: cambiar al niño – adolescente agresor a través de un sistema reproductor de violencias.
Así concebida la rehabilitación del niño, no puede estructuralmente hacerse el control institucional-penal de la infancia y adolescencia, que presenta un rol simbólico y no una verdadera respuesta, se inserta la sensación de que se hace algo tanto por el bien de los niños como por el bien de la sociedad adulta; sin embargo esto es solo aparente ya que solo se traslada el problema a nuestros hijos, que son quienes deberán afrontar las consecuencias de esconder la realidad en vez de enfrentarla.
Este sistema no existe más, pese a que la ley continúa vigente, la capacitación y especialización constante de todos los que algo tienen que ver con la infancia y la adolescencia, permitirán dar varaderas respuestas tanto al justiciable como a la sociedad en su conjunto. Y para ello, este tipo de eventos resulta indispensable, sobre todo en la etapa de transición en la que se encuentra el Régimen Penal Juvenil.
fuente http://launiondigital.com.ar/noticias/69019-sistema-penal-juvenil-retorica-a-practica