Acompañada por su hija, su abogado, sus custodios y su acompañante terapéutica, Susana Freydoz escuchó ayer la condena por el asesinato de su marido, el exgobernador Carlos Soria: 18 años de prisión, prisión preventiva inmediata y permanencia condicional en el hospital de Cipolletti.

Por mayoría –hubo un voto en disidencia parcial– la Cámara Criminal Primera la declaró culpable del delito de «homicidio calificado por el vínculo y agravado por el uso de arma, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación». Descartaron la inimputabilidad de la mujer y la atenuante de la emoción violenta, pero dos de ellos (el presidente del tribunal, Carlos Gauna Kroeger, y el vocal Fernando Sánchez Freytes) admitieron que el homicidio se produjo en el marco de una pelea más significativa que las que frecuentemente protagonizaban Soria y su esposa, y de allí las «circunstancias extraordinarias» que llevaron a descartar la aplicación de la prisión perpetua. La jueza María Evelina García Balduini no reconoció esa atenuante, consideró que Freydoz «decidió y ejecutó» el asesinato de su marido y pidió la pena máxima.

Los tres jueces dieron por probado que el disparo con el revólver calibre 38, aquella madrugada del 1º de enero en la chacra de Paso Córdoba, fue «voluntario» y a una distancia mínima de 50 centímetros. Descartaron de plano una mala praxis médica como causa coadyuvante de la muerte y la existencia de un forcejeo entre el matrimonio al momento de producirse el disparo. García Balduini fue más allá y sostuvo que el homicidio fue rayano a la alevosía, porque Soria estaba «desprevenido, semidormido, dormido o aletargado». También sostuvo que el crimen fue asimilable a un magnicidio, por sus implicancias institucionales y porque Soria era la persona en quien la mayoría de los rionegrinos había depositado las «esperanzas de una vida buena y digna».

También descartaron el estado de «embriaguez severo» y la «inconsciencia tóxica» en la imputada y cualquier tipo de «alteración morbosa de las facultades» mentales que le hayan impedido comprender lo que hacía.

La secuencia del hecho para los dos jueces fue clara, aunque para García Balduini el testimonio de María Emilia pudo haber exagerado el tenor de la discusión. Según dieron por probado, pasadas las 3:30 de la madrugada Soria pasó hacia la habitación y anunció a viva voz que se iba a dormir. Fue entonces que Freydoz «dejó con fuerza la bandeja con copas» que estaba ordenando, «lo siguió y dio un portazo». Según el testimonio de la hija, enseguida se oyó el áspero diálogo final del matrimonio:

–¡Susana, estás loca, no te aguanto más! Me voy, a la mañana agarro mis cosas y me voy… ¡Basta basta, me tenés harto!

–¡Por tu culpa vas a hacer que me mate, no me querés más! ¿Por qué no brindaste conmigo?

«Emilia no quiso escuchar más y se fue a la cocina –dice el fallo– y enseguida sintió el disparo y el grito de la madre».

«Por el momento», definió el tribunal, Freydoz podrá permanecer «en su actual lugar de alojamiento», es decir en una habitación del hospital de Cipolletti, donde cumple un tratamiento antidepresivo desde febrero pasado. Y expresamente el fallo prevé librar un oficio a la policía «para preservarla de represalias o ataques de terceros» y para impedir que «eluda la acción de la justicia». También se previó abrir un incidente por separado para analizar en el futuro algún posible cambio sobre el lugar de alojamiento, aunque sin anticipar si será otro centro médico o una prisión común.

En el voto rector se dio por probado que en la pareja había un «recíproco trato vehemente y brusco» en las discusiones y que esas crisis se fueron agravando desde septiembre de 2009, principalmente por «celos, conflictividad en aumento y amenazas de suicidio» y reiterados planteos de Soria para que uno de los dos «se fuera de la casa».

«Tené cuidado con lo que le contás a la psicóloga». Esa advertencia que le hizo Soria a su mujer cuando ella comenzó las sesiones de terapia, en 2011, pudo haber sido el principio del fin. Según valoró el juez Carlos Gauna Kroeger, esa actitud de Soria «frustró el efecto salvador» que pudo haber tenido la ayuda psicológica para evitar el desenlace trágico.

El presidente del tribunal coincidió con la fiscal Laura Pérez en que se trató de un disparo «voluntario» y consideró «inverosímil» la hipótesis del accidente planteada por la defensa. Descartó por «absurda» la posibilidad de que el revólver hubiera estado guardado ya amartillado, por lo que atribuyó a Freydoz la acción de correr el martillo para luego presionar el gatillo en dirección al cuerpo de su marido, quien –según consideró demostrado– estaba recostado, con la cabeza en una almohada y con las piernas cruzadas sobre el lado derecho de la cama, el que habitualmente ocupaba para dormir.

«Según la defensa ella esgrimió y amartilló el arma para suicidarse o amenazar con quitarse la vida; eso no se sostiene», sostuvo el camarista en su voto, aclarando que si la intención era simular un suicidio no hubiera sido necesario que amartillara y que si el fin era quitarse la vida debió haber apuntado el arma hacia su propio cuerpo y no hacia su marido. «Dentro de los 360 grados que tenía para dirigir el arma fue ‘accidentalmente’ dirigida hacia Soria y ‘accidentalmente’ a su cabeza… Sería un verdadero concierto de casualidades imposibles de creer (…) y por ello se desecha por inverosímil la hipótesis del accidente», valoró Gauna Kroeger.

Para descartar el forcejeo –el segundo pilar de la defensa luego de la hipótesis de la inimputabilidad– el camarista valoró que en la escena del crimen «no hay indicadores de lucha» y puso como ejemplo que «el velador (que estaba en la mesa de luz a pocos centímetros de Soria) hubiera podido romperse o caerse, igual que los demás objetos», que la mesa de luz «no se corrió» y que la sábana de abajo de la cama «estaba perfectamente colocada y sana». Además, afirmó que Soria «no pudo haber forcejeado con las piernas cruzadas».

María Emilia fue la primera persona en ingresar a la habitación tras escuchar el disparo y el primer grito de auxilio de su madre. Dijo que se encontró con la luz apagada y con la habitación apenas alumbrada por la luz del pasillo y la que entraba por la ventana. «Cada uno conoce perfectamente su propio dormitorio» y ellos estaban «viéndose aún en la penumbra» en medio de una discusión con participación de ambos, por lo que concluyó así que la orientación del disparo no fue azarosa sino dirigida.

 

fuente http://www.rionegro.com.ar/diario/freydoz-culpable-18-anos-y-presa-en-el-hospital-1012405-9521-nota.aspx