Del total, más de la mitad permanece privada de su libertad sin sentencia firme. El perfil de la población carcelaria lo integran mujeres pobres y con familiares a cargo.

Siete cada diez mujeres argentinas detenidas lo están por delitos ligados al narcotráfico. Del total, más de la mitad -58 por ciento- permanece privada de la libertad sin sentencia firme, esto es con prisión preventiva.

Los datos surgen de un informe presentado en el 146° período de sesiones de la de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, elaborado por una veintena de ONG vinculadas con esta temática, titulado “Uso abusivo de la prisión preventiva en las Américas”.

El fenómeno de las mujeres presas por delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes no es exclusivo de nuestro país. Del estudio se desprende que en Brasil, por ejemplo, la cifra de mujeres en las cárceles por estos hechos alcanza 62 por ciento. Algo similar ocurre en Perú, con 63,5 por ciento.

El perfil de las detenidas lo integran mujeres vulnerables, con responsabilidades familiares a su cargo, en contextos de extrema pobreza. Pese a todo y que es una población penitenciaria que, en terminos generales, es “primaria” y está detenida por delitos “no violentos”, la mitad de las presas no tiene sentencia firme.

Sin respuestas estatales

El informe indica que en contextos en los cuales el porcentaje de mujeres privadas de libertad es sustancialmente menor que el de los hombres, las respuestas estatales no han sido las adecuadas ni desde el plano normativo ni desde el penitenciario, lo que se traduce en constantes violaciones de los derechos de las mujeres detenidas.

En la mayoría de los países, las políticas penitenciarias orientadas a las necesidades de las mujeres se limitan a considerar cuestiones como la lactancia, la permisión para vivir con sus hijos infantes dentro de las cárceles y en algunos casos la prohibición de que los guardias de seguridad en las prisiones sean varones.

En Argentina, la ley de ejecución de penas Nº 24660 sólo tiene siete artículos referidos al tratamiento de la mujer, que básicamente se refieren a la necesidad de recintos carcelarios separados de los hombres y que las privadas de libertad sean atendidas básicamente por mujeres. Situación similar es aplicable a Chile, Paraguay y Uruguay, donde la mujer dentro del tratamiento penal es vista simplemente como madre y no es atendida en cuanto a sus necesidades propias y particulares, resalta el informe.

Pocos espacios

Dado que la población carcelaria femenina es sustancialmente menor que la de los varones, el número de recintos carcelarios para las mujeres es reducido en relación con los del sexo opuesto, aspecto que genera muchas veces una separación y alejamiento de sus lugares de origen , lo cual implica el rompimiento del vínculo familiar con sus hijos.

Un estudio hecho por la Defensoría del Pueblo de Bolivia en 2010 revela que la situación de vulneración de derechos es más evidente en las mujeres, ya que el espacio asignado para sus celdas, la precariedad y el hacinamiento carcelario restringe sus posibilidades de vivir con sus hijos y genera que algunos servicios tan vitales, como los higiénicos, deban ser compartidos con los varones o personal de la policía.

En Bolivia, el Código Procesal Penal establece la prohibición de prisión preventiva de mujeres en estado de gestación o con hijos en edad de lactancia. Sin embargo, mediante una investigación relativa al funcionamiento de las audiencias cautelares en la ciudad de La Paz, en 2012, se ha podido evidenciar un caso en el que una mujer embarazada fue detenida y se le aplicó prisión preventiva por tráfico de sustancias controladas.

De igual forma, se observa una tendencia al encarcelamiento de mujeres homosexuales y aquellas que han cometido parricidio.

 

 

fuente http://www.comercioyjusticia.com.ar/2012/11/27/siete-de-cada-diez-mujeres-estan-presas-por-trafico-de-drogas/