CIPOLLETTI (AC).- El Superior Tribunal de Justicia (STJ) absolvió a un hombre que había sido denunciado por su ex pareja por no cumplir con la cuota alimentaria de sus cuatro hijos. Durante el juicio, el imputado dijo abiertamente que no caminaría 40 cuadras para ir a trabajar y fue sentenciado a un mes de prisión en suspenso. En la casación, el máximo tribunal revocó el fallo y consideró que no se puede condenar la holgazanería.

La causa se debatió en la Cámara Criminal Primera de Cipolletti y durante la audiencia, el acusado argumentó que no consigue trabajo porque padece una discapacidad en una de sus manos a raíz de un accidente laboral. El hombre estuvo en pareja durante más de 20 años y producto de esa relación tuvo siete hijos. De ellos, cuatro son todavía menores de edad.

El imputado trabajó para una empresa petrolera en la zona de Catriel hasta que un autoelevador le apretó una mano y lo dejó con una incapacidad. Con el dinero de la indemnización compró un vehículo para transformarlo en remise. Sin embargo, se separó de la madre de sus hijos y le entregó el auto a la mujer. El hombre no recibe subsidios porque tiene un grado de discapacidad del 49% y la legislación le exige un 57%. Realiza trabajos de plomería y albañilería. Desde que se separó, convivió con su hermana y después el cuñado le prestó un pequeño departamento.

La mujer estuvo viviendo en una situación de hacinamiento en la casa de su hija mayor y después alquiló un inmueble que comparte con sus cuatro hijos menores. Trabaja como empleada doméstica y gana alrededor de 900 pesos por mes, mientras que el alquiler le cuesta 1250 pesos. Recibe una pequeña ayuda del municipio. Sus hijos mayores usan el auto para llevar a los chicos a la escuela.

La madre dijo en el juicio que a veces no tiene para darles de comer a sus hijos y que una de las adolescentes tuvo que abandonar la secundaria porque no le puede comprar útiles ni vestimenta. Lo único que busca es que su ex marido la ayude con un poco de dinero. Sabe que el imputado tiene trabajo porque Catriel es chico y ella lo ha visto trabajar. Además, cuando la asistente social buscó al hombre para realizar un informe, su hermana dijo que estaba trabajando.

En el debate, la fiscal y la defensora de menores consideraron probado que el acusado no quiere ayudar a sus hijos porque se quedó sin el auto y no está dispuesto a caminar 40 cuadras para ir a trabajar, según sus dichos.

La Cámara Primera de Cipolletti le aplicó la pena de un mes de prisión en suspenso y le impuso pautas de conducta para cumplir durante el plazo de dos años. Entre ellas, procurar ponerse al día con los pagos de las cuota alimentaria.

Su defensor recurrió el fallo y en la casación el STJ revocó la condena y absolvió al imputado por considerar que «es inexistente el delito si la imposibilidad económica de satisfacer la obligación obedece a negligencia o desocupación, holgazanería, vida disipada o vicios».

No deja de ser una paradoja. Por un lado, se crea un registro de deudores alimentarios y, por otro, se convalida la falta de cumplimiento voluntaria de las obligaciones de asistencia familiar. De esta forma no existe herramienta legal para obligar al pago de la cuota alimentaria y ello afecta al sector más vulnerable de la población.

 

 

fuente http://www.rionegro.com.ar/diario/el-stj-absuelve-a-un-padre-deudor-de-cuota-alimentaria-1088202-9521-nota.aspx