Ha sido noticia que un juez de Michigan se impuso a sí mismo una multa de 25 dólares por desacato al sonar su propio móvil durante una audiencia que el mismo presidía. El juez explicó  que notó como el sonido de su propio móvil distrajo a los presentes y se aplicó la misma sanción que suele imponer a quien incurre en idéntico desliz en su juzgado.

Esa conducta es digna de encomio, aunque jurídicamente cuestionable.¿ acaso ese juez no ha sido condenado sin contar con defensa letrada en un juicio sumario, y condenado por quien es juez y parte?.

1.Bromas aparte, en el caso español, la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla multas para quienes alteran el orden o faltan al respeto de letrados, peritos o testigos, pero los casos en que el juez se extralimita y realiza algún acto inadecuado, deben ser denunciados ante el Consejo General del Poder Judicial quien llevará a cabo la instrucción que podrá o no desembocar en sanción disciplinaria.

2. Sin llegar tan lejos, quizás los jueces que llegan tarde a la Sala de vistas deberían rendir disculpas a quienes les esperan, de igual modo que ellos las exigen a los letrados, testigos o peritos que se demoran. Sin duda la simetría que se impuso al situar al mismo nivel de altura de los estrados a abogados, secretario y jueces, debería aplicarse en sus recíprocas relaciones  y es que, si bien la cortesía impera mayoritariamente en la profesión judicial española, no faltan actitudes de rancio origen, tan aisladas como escandalosas.

3. Por otra parte, me pregunto si algún día algún juez español o extranjero tendrá una especie de “ataque de responsabilidad” y al comprobar que una sentencia suya es revocada por un Tribunal superior, adoptará alguna actitud de compensación a la sociedad por su error.

Obviamente esta es una pregunta retórica pues de todos es sabido que el Derecho no es una ciencia exacta y  las apelaciones y casaciones forman parte del sistema, como garantías frente al error. Los litigios no son juegos de niños, ya que  todo litigio se sostiene porque hay dos partes ( dos no discuten ni litigan si uno no quiere) que se creen con “la razón” y con “razones” para sostener su tesis. De igual modo, la inmensa mayoría de los abogados aceptan un cliente si ven sostenible o razonable lo que pretende. De ahí la dificultad objetiva de acertar con la sentencia ( el origen del “fallo” no es otro que la derivación de “hallo”… la solución).

En el ámbito contencioso-administrativo la incertidumbre crece varios grados dado el dinamismo de la legislación (turbomotorizada) y el carácter zizageante de la jurisprudencia, con sacudidas del Tribunal Constitucional. De hecho, suelo comentar que siempre hay un porcentaje de litigios ( me aventuraré temerariamente a fijarlos en un quinto) en los que la situación es la reflejada en Match Poínt, la película de Woody Allen, referida a la situación de la pelota de tenis que tras ser golpeada por un jugador queda en el filo de la red y durante unos instantes la expectación es máxima pues la pelota puede caer para un lado u otro, sin que nadie pueda predecirlo.

Y así, hay sentencias cuyo fallo varía si se opta por la interpretación finalista en vez de la literal ( o a la inversa) o si se hace prevalecer la prueba documental sobre la testifical o esta sobre la pericial ( u otra combinación), o si se aplica una inadmisibilidad con mayor o menor rigor… en suma, hay un margen que bautizaría de “discrecionalidad judicial en la penumbra” y cuyo resultado es difícil de explicar por el abogado que la padece a su cliente, aunque mas fácil para quien vence. Insistiré en que las sentencias no son decisiones arbitrarias ni caprichosas, sino meditadas, lo que sucede es que el territorio de la razón jurídica cuenta con arenas movedizas y espejismos.

Es difícil responsabilizar al juez de los errores cuando asume su función con honestidad y responsabilidad,  incluso cuando su sentencia es revocada por un tribunal superior. Aunque quizás me atrevo a pronosticar que alguna día se establecerán factores correctores frente a quienes habitualmente  ven revocadas sus sentencias en apelación o casación, pues es evidente que el error es connatural al sistema pero el “error sistemático” es una patología a corregir.

4. Eso me recuerda una anécdota de cierta fábrica de paracaídas para el ejército, cuyo director explicaba al general que el porcentaje de paracaídas sin fallos eran del 99% a lo que el General repuso que se podía conseguir el 100%  solamente con que probasen los paracaídas los técnicos que los fabricaban.

5. En fin, en la sociedad actual no parece que asumir la responsabilidad sea la tónica dominante. Lejos quedan los tiempos y el cruel ejemplo del chef de Luís XIV, François Vatel, que se suicidó en 1671 porque su orden de mariscos llegó demasiado tarde a la cocina y no pudo soportar la vergüenza de atrasarse con la cena de la fiesta prevista de tres días y tres noches, ofrecida por el Príncipe de Condé para seducir al rey contando con tres mil invitados.

 

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