María del Carmen Viera recuperó este viernes su libertad tras permanecer 13 años en prisión. La mujer había sido condenada a cadena perpetua por homicidio calificado. Había sido acusada de haber causado la muerte de su hijo recién nacido. El año pasado una prueba forense fue fundamental para ser declarada inocente.
En 1999 la Cámara de Casación de Paso de los Libres condenó a María del Carmen Viera de 40 años a cadena perpetua imputada de homicidio calificado. La mujer de escasos recursos cargaba sobre sus espaldas la acusación de haber causado la muerte de su hijo recién nacido.
La acusada cumplía condena en el Penal Nº 3 donde también funciona el Instituto Pelletier. “Desde la creación de la Cámara de Ejecución de Condenas trabajamos con el legajo de ejecución de la sentencia de Viera”, informó a El Litoral la defensora relatora de la Defensoría de Cámara, Patricia Arzuaga. Es decir, hace aproximadamente cuatro años.
El año pasado, la defensora oficial interpuso un recurso de revisión ante el Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres, el cual admitió el la presentación, disponiendo su elevación al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes.
La corte provincial falló a favor de este recurso. De este modo, la interna del Pelletier fue declarada inocente y este viernes recuperó su libertad.
Madre de cuatro hijos, María del Carmen se encontraba cumpliendo condena con una excelente conducta dentro de la institución. Conocida por su arte culinaria (ver Contratapa), la mujer fue alojada en Corrientes porque quiere continuar con sus estudios. Su principal aspiración es comenzar la carrera de Criminalística.
Una de las pruebas fundamentales para comprobar su inocencia fue el informe del cuerpo médico forense, según explicó la doctora Arzuaga. El equipo de profesionales indagó sobre el protocolo de autopsia.
De acuerdo con el informe original el niño había fallecido de asfixia por estrangulamiento. Esto fue lo que decantó en la condena de la mamá. Sin embargo, un nuevo informe del cuerpo médico forense reveló que el bebé había nacido sin vida.
Una de las hipótesis de su muerte es que se hubiese ahogado antes del parto. Sucede que las causas precisas de su fallecimiento no pueden explicarse a esta altura ante la imposibilidad de una nueva autopsia.
“El informe del cuerpo médico forense brindó la prueba fundamental para declarar su inocencia”, señaló la letrada, quien retomó el caso y destacó el trabajo de los profesionales que hicieron posible la liberación de la interna del Pelletier.
La doctora Arzuaga explicó que la legislación penal permite presentar un recurso de revisión para revertir una sentencia firme. Esto es posible cuando “se aporta una prueba que de vuelta el caso”, según indicó a El Litoral.
El fallo sentará precedente en la provincia. La Cámara de Defensa, en tanto, cuenta con varias causas ya que atiende las de procesados y condenados tras la creación del Juzgado de Ejecución de Condena. La Defensoría tiene competencia en la ejecución de condenas tanto de varones como de mujeres, es decir, en todas las unidades penales de la provincia.
Por otra parte, Arzuaga destacó el apoyo que brindaron a María del Carmen dentro del Instituto Pelletier. Ya que allí pudo acceder a cursos de capacitación y sus aspiraciones de querer continuar estudiando.