La psicóloga Olga Beatriz Barbini, de 53 años, y el odontólogo Roberto Ricardo Heit Gallinger, de 54, quienes fueron sorprendidos con una plantación de marihuana en su casa de Paraná, fueron absueltos por el tribunal federal, integrado por Roberto López Arango, Noemí Berros y Lilia Carnero. Estos consideraron que el cultivo era para el consumo personal. El fiscal había pedido condenarlos por tenencia simple de estupefacientes, y los defensores reclamaron la absolución y la nulidad del procedimiento policial. Este último planteo fue rechazado por los jueces, pero valió para un reto a la fuerza provincial en cuanto a los allanamientos de viviendas.


“No era para uso medicinal”

En los alegatos, el fiscal general José Ignacio Candiotti consideró que quedó acreditado que los acusados tenían las 65 plantas de marihuana, pero que no se pudo probar que las mismas eran para comercializar, por lo que entendió que la calificación penal del delito era la tenencia simple de estupefacientes y por ello merecen una condena.
Recordó el procedimiento de febrero de 2012, cuando personal policial fue requerido a concurrir al domicilio ubicado en calle Don Bosco 103, por el llamado telefónico realizado por la propia Brabini ante la presencia sospechosa de un sujeto en la zona. En el interior, los policías se encontraron con 65 plantas, una parte en una habitación y otra en la terraza, además de casi 20 pavos, cuya materia fecal sería utilizada como abono para las plantas. Estas estaban acondicionadas con iluminación artificial, ventiladores y un aire acondicionado.
Según el fiscal, el procedimiento fue legal, había razones para obrar en consecuencia por la denuncia telefónica. Candiotti mencionó las pericias realizadas en la investigación, que entre otras cosas arrojó que con la plantación se podían sacar más de 3.700 dosis de marihuana.
Por otro lado, descartó que Barbini y Heit hayan cultivado las plantas con fines medicinales, y citó el informe de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), del Ministerio de Salud, el cual sostiene que los imputados no están habilitados para la tenencia de marihuana ni psicofármacos.
Además, un informe del área de Oftalmología de la Universidad de Buenos Aires no recomienda la marihuana para uso medicinal, y un informe de Oftalmología del hospital San Martín de Paraná afirma que la mujer no tiene en los ojos el padecimiento que refirió.
Agregó que si Barbini usaba la flor de cannabis de forma habitual, le tendría que haber producido algún efecto psicotrópico, que negó haber tenido, y mencionó que solo usaba las plantas pequeñas, pero no explicó porqué tenía algunas que alcanzaban los dos metros de alto. Tampoco hubo ni un solo testigo que refiera el uso medicinal de las plantas.
“No niego el problema de salud, pero no creo que haya sido de la entidad que dijo, con vómitos permanentes, como agujas que se le clavaban en los ojos”. Además, la mujer tenía un arma con la autorización, pese a que para ello se requiere la revisión médica ocular; y reconoció que manejaba el auto: “Si el problema de vista era de tal entidad ¿podría manejar con el tránsito que hay en esta ciudad?, preguntó el fiscal.
“Ambos eran los propietarios del inmueble y ejercían el señorío sobre esas plantas, tenían la disposición y queda claro que ellos eran los que sembraban y cultivaban”, aseveró Candiotti, y pidió dos años de prisión condicional para ambos.

La Justicia acusa en lugar de ayudar

El abogado Marciano Martínez fue el defensor de la psicóloga, quien afirmó que ella “sufrió las consecuencias de una mala praxis en sus ojos, demostrada por informes médicos. Dijo haberse conmovido al escuchar a Barbini en el juicio: “No puede mentir una persona por sus dolores, no se puede probar el dolor, pero aquí lo sentimos con su relato”.
“Me preocupó cuando en lugar de enviar a la mujer al hospital la mandaron a la cárcel. Me preocupa que estemos tan despreocupados por la persona humana”, dijo Martínez, mientras Barbini lloraba, y agregó: “Ella hizo cosas en ejercicio de un derecho constitucional importante que es la salud. Y a veces en esto uno hace cosas reñidas con algo. Es el deseo de vivir, de estar sano. La Justicia se mete contra las personas con problemas de salud, cuando tiene que ayudarlas”.
Por otro lado, el defensor afirmó: “La Policía descubrió ilegítimamente un lugar íntimo, la mujer tomó las medidas para que no tenga trascendencia pública”. A las plantas “ni siquiera las utilizó para drogarse: en dos oportunidades fue analizada y no le encontraron nada. La escasa cantidad es un ejemplo, un indicio, no una condición. Lo esencial es que era un ámbito cerrado, exclusivamente dedicado a ella”.
En este sentido, Martínez refirió: “El domicilio y la intimidad son inviolables. Lo policías no quieren la garantía constitucional, creen que les perturba su accionar. No pueden entrar a la casa por más que confundan gritos con pavos. El domicilio es la intimidad”.
Para el abogado, lo inconstitucional es sancionar “la tenencia, no la escasa cantidad, si esa tenencia es para el consumo en el ámbito privado. Porque uno tiene derecho a la libertad”. Por ello pidió la nulidad del procedimiento y la absolución de Barbini.
A su turno, el defensor oficial del odontólogo, Mario Franchi, también cuestionó el procedimiento policial, porque “el allanamiento no respetó las normas”. Para la ley, la Policía puede entrar en una casa si hay un sospechoso entrando a la misma, y en el llamado telefónico Barbini dijo que el sujeto estaba merodeando el lugar. “Se hizo de manera irregular. El accionar policial ha sido como mínimo negligente. Merodeo no es introducirse. El ingreso se atribuye solo a los jueces”, afirmó.
Franchi cuestionó que por el proceso injusto “Barbini tuvo que ventilar la intimidad, cuestiones de su salud y su familia”, y que Heit “ha tenido que soportarlo sin encontrar un explicación razonable. Desde el inicio Barbini dijo que eso (las plantas) era de su exclusiva propiedad”. Y luego afirmó: “Los operadores judiciales debemos reflexionar sobre algunas cuestiones con consecuencias”.
Por otro lado, dijo: “El mero convivir no puede dar lugar al dominio del estupefaciente. Lo que ha existido aquí es un cultivo de plantas para obtener flores de cannabis sativa, en el legítimo derecho de uso terapéutico”, y sostuvo que “los acusados no tuvieron nunca estupefacientes, ya que no se encontró picadura de marihuana ni se secuestró ninguna flor”. Finalmente, pidió la absolución de Heit.

 

 

http://www.unoentrerios.com.ar/policiales/Absolvieron-a-los-acusados-de-tener-un-vivero-de-marihuana-20130510-0003.html