A pesar de toda el agua que pasó bajo el río y de promesas varias para establecer mayores exigencias, nada cambió y el Superior Tribunal de Justicia reabrió el padrón para aspirantes a magistrados y funcionarios sustitutos con los mismos mínimos requisitos que se venían pidiendo hasta ahora.
El llamado a inscripción, o renovación de la inscripción para ser juez, fiscal y defensor, exige simplemente poseer el título de abogado expendido por universidad nacional o revalidado en el país; estar matriculado en La Pampa; y tener como mínimo 25 años de edad y dos años de antigüedad en la matrícula y cinco años de ejercicio de la ciudadanía. Para ser secretario, mucho menos, solamente se piden las dos primeras condiciones.
Los nombramientos de funcionarios judiciales sustitutos vienen siendo una constante en los últimos dos años por el atraso del Consejo de la Magistratura en la realización de concursos y del Poder Ejecutivo en la elevación de ternas a Diputados. Ello se agravó, en el fuero penal, cuando a principios de 2011 surgieron recursos de amparo frente a la exigencia de que para concursar un cargo hay que permanecer al menos tres años en el anterior.
No obstante, el tema recién alcanzó trascendencia pública por el caso Sofía Viale. Fue cuando se supo que la investigación por la desaparición de la niña -que finalmente apareció sin vida el 5 de noviembre del año pasado en General Pico, a una cuadra de su domicilio- había quedado en manos de una fiscal joven que no tenía experiencia. «Fue una locura porque llevaba dos meses en el cargo y no tenía experiencia previa», admitió ella. Poco días después de que hallaran el cuerpo, el STJ la obligó a renunciar a pesar de que no habían expirado los 90 días por los que había sido contratada.
El artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala expresamente que «en los casos de suspensión, licencia, vacancia u otro impedimento, que exceda el plazo de 30 días, y siempre que la observancia del orden de subrogancia previsto por esta ley acarrease inconvenientes serios, objetivos y fundados al servicio, a criterio del Superior Tribunal de Justicia, magistrados y funcionarios sustitutos reemplazarán transitoriamente en la función a los titulares de las cámaras, jueces, integrantes del Ministerio Público, secretarios y prosecretarios de cualquier instancia».
Esa transitoriedad se traduce habitualmente en contratos de tres meses. Sin embargo, la norma indica que esos tiempos se prorrogan y ese antecedente le termina siendo muchas veces decisivo para que los funcionarios sustitutos terminen ocupando cargos permanentes. En los hechos, es una práctica que sirve para ingresar a la Justicia sin necesidad de tener antecedentes.

Amiguismo y política.
Debido a las críticas que el mecanismo ha recibido desde distintos sectores -fundamentalmente porque no se requiere idoneidad, una exigencia que fija la Constitución provincial-, el gobernador Oscar Mario Jorge se comprometió el año pasado a impulsar modificaciones en el mecanismo de nombramientos, pero a casi un año de ello nada cambió.
Fue en julio del año pasado, cuando el mandatario recibió al presidente de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial, Víctor Vélez, quien estuvo acompañado por representantes del Colegio de Magistrados y Funcionarios. El propio presidente del Colegio, Miguel Vagge, dijo en aquella ocasión que durante el encuentro Jorge llamó al subsecretario de Justicia, Daniel Pablo Bensusan, para que atendiera los reclamos de la entidad. «Nos dio su palabra de que habrá una solución», remarcó. Lo que reclama la entidad -y para ello hace tiempo presentó una propuesta- es que en los listados de jueces sustitutos no figuren solamente los abogados de la matrícula, sino que también pueda anotarse personal del Poder Judicial.
Una propuesta en igual sentido elevó el STJ a la Legislatura el 30 de junio de 2011. El proyecto fue derivado a dos comisiones, pero terminó archivado. El 14 de junio del año pasado lo reimpulsaron, pero todavía no fue aprobado.
Cuando el STJ obligó a renunciar a la fiscal del caso Sofía, el entonces presidente del cuerpo, Tomás Esteban Mustapich, señaló que «lo que proponemos es que un secretario, por ejemplo, pueda sustituir provisoriamente a un juez porque ya tiene experiencia en ese tribunal, conoce la línea que sigue en sus resoluciones, conoce al personal; en definitiva, está en mejores condiciones que un abogado que ni siquiera tiene experiencia tribunalicia».
También hubo legisladores que se han pronunciado en igual sentido. El marinista Mariano Fernández dijo que para ser funcionario o magistrado sustituto deberían exigirse los mismos requisitos que establece la Constitución y hasta sugirió que «a lo mejor se necesita una orden de méritos».
Tal es la subjetividad que tiene el Superior Tribunal para nombrar a los jueces, fiscales y defensores sustitutos, que hasta la propia Ley Orgánica del Poder Judicial es contraria a la Constitución. ¿Por qué? Porque la Carta Magna para ser juez de primera instancia exige tener al menos 28 años y tres de ejercicio de la profesión o de funciones judiciales, mientras que la Ley Orgánica apenas pide 25 y dos, respectivamente.
Otro legislador muy crítico ha sido Martín Berhongaray, del Frepam, quien ha manifestado que «debe modificarse con urgencia el mecanismo que habilita la designación de funcionarios sustitutos» porque actualmente «no se exige ningún tipo de evaluación a los aspirantes, y en definitiva se los designa sin conocer si tienen o no la idoneidad y las aptitudes para el ejercicio del cargo».
En definitiva, lo concreto es que ni el Poder Ejecutivo ni la Legislatura han promovido los cambios anunciados y con la ley vigente el STJ goza de tanta arbitrariedad para designar a los sustitutos que, en muchos casos, en los nombramientos han influido el amiguismo y las conveniencias políticas.

 

 

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