Todos los años se inician 12 mil causas, 8 mil de las cuales involucran a usuarios. La ley vigente data de 1989, aunque la estrategia de penalizar las drogas viene de mucho antes. Según juristas como Zaffaroni, la actual ley vulnera el artículo 19 de la Constitución.

  • Como en todo el mundo, en Argentina se realiza una marcha por la despenalización.Télam.
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Por: Martín Cortes

Esta semana Infojus Noticias publicó el caso de Fernando Colombini, preso desde febrero por plantar marihuana en su casa. El caso vuelve a traer al debate la despenalización del consumo, que siempre parece a punto de aprobarse y nunca llega a convertirse en ley. La 23.737 vigente data de 1989, aunque “la estrategia de penalizar las drogas viene de mucho antes, con las reformas del Código Penal en 1924 y 1926, y se acentúa en los ‘70”, dice Alejandro Corda, miembro de la Fundación Intercambios. Durante esa década, punto máximo de la Guerra Fría entre Estados Unidos y la Unión Soviética, el paradigma prohibicionista buscó extenderse a todo el mundo en el marco de la “guerra contra las drogas” declarada por el presidente estadounidense Richard Nixon en 1971.
La ley actual argentina tiene varios problemas. El primero es la figura de “tenencia simple”, que es, según Sebastián Basalo, director de la revista de cultura cannábica THC, “la base operativa de la ley”. No sanciona una conducta, sino un estado: la relación potencial entre un objeto y una persona. La lógica es la de adelantarse, así, a conductas criminales como el comercio de drogas, aunque en la realidad sirva para detener consumidores con pocas cantidades (la cantidad umbral no está especificada y queda a criterio de los jueces). Según Luciana Pol, del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la ley de drogas es usada para armar causas e imponer control territorial de la policía, sobre todo en zonas marginales. De hecho, la mitad de los detenidos en la calle durante el año pasado fueron por delitos de drogas, y todos los años se inician 12 mil causas, 8 mil de las cuales involucran a usuarios.
Otro problema de la ley, visibilizado no sólo por la militancia cannábica sino también por magistrados y funcionarios judiciales, es su constitucionalidad. Según juristas de la talla de Eugenio Zaffaroni, la actual ley vulnera el artículo 19 de la Constitución que plantea que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”. Por estas razones, lo que se propone es enfocar la problemática de las drogas desde la reducción de riesgos, política que tuvo un éxito notable en países como Portugal u Holanda. Ésta consiste en la proporción de información a los consumidores así como la provisión de instrumentos necesarios para un consumo seguro. Mientras tanto, éstos son los efectos de la actual política de drogas en Argentina.

 

Fuentes:
– http://www.intercambios.org.ar/publicaciones/%E2%80%9Cencarcelamientos-por-delitos-relacionados-con-estupefacientes-en-argentina%E2%80%9D/
– http://www.intercambios.org.ar/publicaciones/sistemas-desproporcionados-desproporcion-y-costos-economicos-institucionales-y-humanos-de-la-politica-sobre-estupefacientes-en-argentina/
-Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
-Dirección Nacional de Política Criminal – Ministerio de Seguridad