Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) deplora el asesinato de Roniel David Barrios Alzul, el décimo miembro de esa familia en ser asesinado en Venezuela.
Según la información recibida, el adolescente Roniel David Barrios Alzul, habría sido asesinado en el pueblo de Guanayén, Estado Aragua, el 15 de mayo de 2013, y su cuerpo habría sido encontrado el 16 de mayo de 2013, con múltiples heridas de arma blanca. Roniel David Barrios Alzul era beneficiario de medidas provisionales dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Anteriormente, entre 1998 y 2013, fueron asesinados otros nueve miembros de la familia Barrios.
La CIDH y la Corte IDH le han dado seguimiento a esta situación mediante todas las acciones correspondientes, incluyendo solicitudes de información, medidas cautelares, medidas provisionales, informes de admisibilidad y de fondo de la Comisión, y el sometimiento del caso a la Corte IDH. Sin embargo, el Estado de Venezuela no ha adoptado las medidas necesarias para proteger la vida de los miembros de esta familia, que continúa siendo víctima de asesinatos, detenciones, allanamientos, amenazas y hostigamiento. Las medidas cautelares de la Comisión y posteriormente las medidas provisionales de la Corte, tuvieron el própósito de requerir que el Estado adoptara las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal de los miembros de la familia. Ambos órganos del sistema han constatado una falta completa de implementación de las mismas. El Estado tampoco ha dispuesto que se realicen investigaciones efectivas sobre estos crímenes, que permanecen en la impunidad.
El 24 de noviembre de 2011 la Corte Interamericana emitió la sentencia en el caso Familia Barrios contra Venezuela, en la cual declaró la responsabilidad internacional del Estado de Venezuela por la ejecución extrajudicial de Benito Antonio y Narciso Barrios, así como por el incumplimiento del deber de prevención de la muerte de Luís Alberto Barrios, del niño Rigoberto Barrios, de Oscar José, de Wilmer José Flores Barrios y de Juan Barrios. Además, la Corte Interamericana se pronunció sobre la situación de impunidad en que se encuentran las violaciones de derechos humanos cometidas en contra de la familia Barrios.
Tras la emisión de la sentencia de la Corte Interamericana, fueron asesinados Víctor Navarro Barrios y Jorge Antonio Barrios. Es decir que aún después de la sentencia de la Corte IDH, y a pesar de las medidas provisionales vigentes, ya han sido asesinados tres miembros más de la familia.
La Corte Interamericana celebró una audiencia pública sobre la implementación de las medidas provisionales para la familia Barrios el 29 de mayo. La Comisión condena y lamenta profundamente que a pocos días de esta audiencia, otro miembro de esta familia en situación de riesgo extremo haya sido asesinado.
La familia Barrios está siendo exterminada frente a la inacción del Estado, que ha ignorado los llamamientos, decisiones, recomendaciones y órdenes de los dos órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.