En los últimos años, y sobre todo en los últimos meses, la seguridad se ha convertido en uno de los principales temas de la agenda pública. Una de las más lúcidas reflexiones sobre el abordaje de este fenómeno la ofrece Alessandro Baratta, él explica que la seguridad es una necesidad secundaria respecto a otras primarias como la alimentación, la salud, la vivienda, la educación, etc. Es, entonces, una necesidad instrumental que sirve como medio para la satisfacción de necesidades primarias. Cuando esto se traduce al mundo del derecho, la seguridad es entendida como certeza del derecho, como garantía de derechos básicos. La seguridad no es un fin en sí mismo, sino un medio, no es un derecho, es una garantía. La seguridad tiene razón de ser en la medida que sirva de instrumento para garantizar derechos. Disminuir y ceder derechos para ganar seguridad no tiene sentido, menos en un Estado social y democrático, de derecho y de justicia, como el nuestro.

Desde una perspectiva más amplia hay que tener en cuenta también que el abordaje del fenómeno securitario es esencialmente político. Una política de seguridad debe estar integrada a una política social general que la abarque. La política social no debe ser confundida con la política de seguridad, mucho menos debe criminalizarse la política social (elaboración de políticas sociales desde espacios securitarios). Este es un error común y muy seductor para enfoques pretendidamente progresistas.

La política social es general y está vinculada con el desarrollo y satisfacción directa de los derechos básicos, la política de seguridad está relacionada con los órganos armados del Estado y su monopolio de la violencia, consecuencialmente, tiene que ver con la limitación de derechos en procura de la protección de otros que se encuentren amenazados. Las políticas sociales deben ser máximas, las políticas de seguridad deben ser mínimas, pero deben existir, como espacios pacificadores y de intervención en conflictos, en especial en casos de desigualdad de poder entre las partes. La ecuación sería algo así: Estado social al máximo, Estado penal o policial mínimo, controlado, limitado, pero ese mínimo debe tener presencia y ser eficiente en el aseguramiento de los derechos.

Entonces, una política de seguridad sin una política social general que le sirva de marco no tiene sentido. Por otro lado, una política social general que no garantice la presencia institucional del Estado como mediador e interventor en conflictos y como defensor del más vulnerable en situaciones que constituyan amenazas o riesgo a su integridad física o en el disfrute de sus derechos, puede sufrir crisis internas, este es el reto que debemos asumir actualmente.

Finalmente, es importante destacar que en ocasiones los gobiernos intentan satisfacer esta demanda de seguridad a través de reformas legislativas autoritarias y represivas, lo que agudiza más los problemas. Hay que internalizar que el fenómeno de la inseguridad trasciende a la dimensión legislativa y que a pesar de la complejidad del mismo, no es un área exclusiva de los expertos.

 

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