Carmen Argibay termina de formular polémicas afirmaciones relacionadas con la implementación del juicio por jurados, las que no pueden menos que llamar la atención, al provenir de quien proviene, que se supone una opinión responsable e informada, que difícilmente debería incurrir en imprecisiones demasiado notorias.
Argibay se declara juradista, sin embargo sostiene que con el paso de los años adquirió una experiencia que la hace concluir “que no es el momento para tener un juicio por jurados”, afirmación que nos interroga sobre su criterio de oportunidad, ya que, como sabemos, han transcurrido nada menos que 160 años desde que la Constitución ordenó esa forma de juzgamiento para los delitos más graves, y todavía se quiere seguir discutiendo la oportunidad.
La postura refractaria al juradismo de la señora Argibay tiene tres fundamentos principales: 1) cuestiones de índole económica, 2) falta de educación y 3) medios de comunicación que contribuyen al prejuzgamiento de los hechos (recurro a una simplificación sobre la base de la noticia periodística, con los riesgos que ello puede entrañar).
Analicemos cada uno de estos reparos.
1) La señora Argibay dice que: “Al jurado hay que tenerlo aislado, es una de las condiciones para que no reciba presiones ni comentarios del afuera. Si el juicio dura varios días hay que tenerlos encerrados en un hotel y eso cuesta un gasto fenomenal. El juicio por jurados es muy caro”.
Falso de toda falsedad. No es verdad que los jurados, necesariamente, deban permanecer aislados en el curso de un juicio, visión que responde a una imagen estereotipada de este sistema de juzgamiento, o a un exceso en el consumo de series televisivas de mala calidad.
Si Argibay se hubiera detenido en la legislación cordobesa vigente, la ya sancionada de Neuquén, o la que se encuentra a punto sancionar en la provincia de Buenos Aires, advertiría que la regla general es la del no aislamiento, y que solo de modo excepcional, ante fundadas razones o temores valederos, se lo puede disponer.
La experiencia cordobesa demuestra que durante los siete años de vigencia de los juicios con jurados no se ha denunciado un solo caso de corrupción o presión a los ciudadanos que cumplen esa función, a pesar de no haber sido aislados. En su caso, la falta de aislamiento no operaría distinto a la falta de aislamiento de los jueces técnicos. Como no sea que se piense que los togados son seres superiores, investidos de alguna cualidad divina, y que por tener el título de jueces no pueden ser presionados o corromperse. Con el mismo criterio, habría que exigir el aislamiento de los jueces profesionales en el transcurso de los debates.
2) Sigue diciendo Argibay que: “Cuesta mucho que los testigos se presenten a declarar. Si eso pasa con los testigos, cuánto más va a costar traer a los jurados, que es una carga pública. Mis objeciones actuales parten no de una cuestión de principios, sino de una cuestión empírica y de ver cuáles son las dificultades. Lo más grave para mí es la falta de educación. Si esto no se soluciona nunca vamos a tener a la ciudadanía para que colabore en la repartición de justicia”.
Nuevamente, desde mi perspectiva, incurre en imprecisiones y vaguedades. Argibay entiende que nos encontramos inmersos en una extendida irresponsabilidad cívica por parte de la ciudadanía, que poco menos que inmoviliza al sistema democrático. Discrepo con esa mirada de la realidad, o al menos con la intensidad que se le asigna para justificar el incumplimiento constitucional.
La realidad, el empirismo, los datos estadísticos, demuestran que los ciudadanos, mayoritariamente (más del 70%), se sienten orgullosos de ser convocados a desempeñarse como jurados. Tal lo que informa el prestigioso Centro “Ricardo Núñez”, de Córdoba, que hace relevamientos de opinión antes y después de los juicios con jurados, de donde surge esa conclusión y que los ciudadanos volverían a ser jurados si fuesen convocados nuevamente.
Lo más grave es la apelación a la falta de educación de la ciudadanía para desempeñarse como jurados, argumento que usualmente se emplea para justificar el voto calificado. Sin dejar de señalar que el nivel educativo de la población argentina es uno de los más altos de la región, esa descalificación puede ser considerada una discriminación.
Para desempeñarse como jurado no es preciso contar con ningún nivel particular de educación, ni en la Argentina ni en ninguna parte del mundo, ya que no se requiere a los ciudadanos que razonen como abogados, sino que lo hagan desde la perspectiva de la ciudadanía.
3) Por último, Argibay dice que: “Hay que seleccionar jurados que no tengan prejuicios con lo que van a juzgar. Otra falla de educación es que poca gente entiende el principio de inocencia, que para nosotros es fundamental. No solamente está ignorado sino que es incomprendido por la ciudadanía. Hay periodistas que se creen detectives, investigadores y largan versiones. Cómo vamos a conseguir jurados que no hayan escuchado nunca una noticia sobre el hecho. Va a ser muy difícil escuchar jurados no contaminados, porque tenemos la cultura de estos medios de comunicación”.
Es curioso, ya que Argibay reclama para los ciudadanos aquello que no pide para los jueces profesionales. ¿Cuál es la razón para pedir ciudadanos no contaminados, que nunca hayan escuchado una noticia sobre el hecho, y que no se haga lo propio con los togados? Me permitiría peguntarle si, por ejemplo, no ha visto, leído o escuchado nada acerca del debate desatado en la sociedad acerca de la Ley de Medios, sobre la que tendrá que decidir en pocos días, y si su propio argumento no la inhabilita para hacerlo.
Considero que el error es partir de una premisa equivocada, que el juzgador debe ser una suerte de eunuco intelectual, aislado de la realidad, que no lea diarios, que no mire televisión ni escuche radio, que no converse con los vecinos, ni se relacione con los demás. En suma, una especie de idiota, abstraído del mundo.
Es imposible, e indeseable, que los jueces, o los jurados, respondan al modelo del ermitaño. No existe individuo sobre la tierra que no tenga prejuicios producto de su formación, de las influencias culturales, de la realidad en la que se inserta. Lo que la ley debe preservar, a los fines de la imparcialidad, es la ausencia de prevención respecto del caso particular que se va a juzgar y no respecto del mundo que lo rodea.
En resumidas cuentas, y dicho con todo respeto, tengo la sensación que Argibay expresa una suerte de desprecio pseudo ilustrado hacia la participación popular, que es el mismo desprecio que encarna la academia en general hacia la posibilidad de cambios y transformaciones en el Poder Judicial. Y que, entre otros, es el mismo desprecio que hasta no hace tanto tiempo vedaba a las mujeres la posibilidad de ejercer su derecho al sufragio, por parecidas razones a las que ahora se invocan.
http://www.infojusnoticias.gov.ar/opinion/juicio-por-jurados-una-respuesta-a-argibay-52.html