Norma C., una mujer madre de un niño recién nacido y una nena de 4 años, investigada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, continuará sus días en la cárcel. Así lo dispuso la Cámara Federal de Casación Penal que rechazó el pedido de prisión domiciliaria que impulsaba la defensa de la mujer.
Los jueces Liliana Elena Catucci, Eduardo Rafael Riggi y Mariano Hernán Borinsky consideraron que según los “informes ambientales”, el domicilio propuesto por Norma C. para vivir con sus hijos reviste mayor “riesgo” para los niños que la situación que viven actualmente. La nena está al cuidado de una tía paterna y el bebé con su madre en el Centro Penitenciario del NOA del Servicio Penitenciario Federal Nº 3 de la Ciudad de General Güemes.
En el informe de 2012, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) entrevistó a las mujeres alojadas en las plantas de madres de ese complejo penitenciario. Algunas aseguraron desconocer esta alternativa, pero la mayoría se encontraba a la espera de una resolución judicial o de que el pedido fuera tramitado por sus defensoras/es. En los casos en los que fue solicitado la mayoría no tenía información sobre la resolución adoptada, o tuvieron repuestas desfavorables porque anteriormente residían en “zonas de riesgo” (según califican los informes sociales).
La defensa oficial que asiste a Norma recurrió a la legislación que faculta a los jueces a aplicar prisión domiciliaria a “la madre de un niño menor de cinco (5) años o de una persona con discapacidad, a su cargo”; pero sin los resultados esperados. Llegaron hasta Casación porque ya les habían rechazado el pedido en primera instancia y en la Cámara Federal de Apelaciones de Salta.
El pedido fue acompañado con la presentación del Defensor Ad-Hoc de la Defensoría General de la Nación, a cargo de la Unidad Funcional de Personas Menores de 16 años, que invocó la Convención de los derechos del Niño, insistiendo en el beneficio para los menores de contar con su madre en el domicilio y solicitó la intervención al Servicio Zonal de Protección de Derechos, a fin de darles «eficiente protección con medidas tendientes a apartarlos de peligros».
Los camaristas rechazaron la solicitud y fundaron su decisión en “la base de la gravedad del delito” y “el riesgo del retorno de Norma C. al hogar”. Entendieron que los magistrados que los precedieron, tomaron la decisión que “mejor se compadece con los intereses de los menores”.