La Procuración Penitenciaria de la Nación respaldó el hábeas corpus colectivo presentado por el Defensor General de La Pampa Eduardo Aguirre para que los presos pampeanos sean alojados en las cárceles locales, en la audiencia convocada por el Tribunal de Impugnación Penal.

La audiencia se realizó el pasado 31 de octubre. Estuvieron presentes los integrantes del TIP., Verónica Fantini, Carlos Flores, Pablo Balaguer y Filinto Rebechi, el director de la Colonia Penal, Juan Carlos Céspedes, dos abogadas en representación de la Procuración Penintenciaria de la Nación; el delegado de la Procuración Penitenciaria, Javier Suazo, el ministro de Gobierno y Seguridad, César Rodríguez, el subsecretario de Seguridad, Daniel Bensusan, y los defensores Eduardo Aguirre y Alejandro Osio.

La Procuración Penitenciaria de la nación presentó un ‘amicus curiae‘ (amigo del Tribunal), una figura que permite a una entidad vinculada a la problemática presentarse en respaldo de una de las partes.  La Asociación Pensamiento Penal presentó otro ‘amicus curiae‘ en favor de la Defensoría General de la Pampa.

El ‘hábeas corpus‘ colectivo reclama que los presos pampeanos que están en otras cárceles del país sean trasladados a las penitenciarias de Santa Rosa y General Pico.

El director de la U4, Juan Carlos Céspedes al tomar uso de la palabra dijo que no decidían sobre el destino de los detenidos. Explicó que es una potestad de los niveles superiores del Servicio Penitenciario Federal. También en la misma línea fue la exposición del ministro César Rodríguez.

En la misma audiencia se presentó otro ‘amicus‘ en este caso de parte del colectivo abolicionista ‘Locos, Tumberos y Faloperos‘.
Después de las exposiciones todos los jueces se trasladaron a la Colonia Penal.

LTF

En su presentación, el espacio abolicionista del encierro y toda otra variante punitiva Locos, Tumberos y Faloperos (Espacio LTF) a través del presente comunicado manifiesta su pública adhesión a la iniciativa de la Defensoría General de la Provincia de La Pampa de cuestionar abiertamente a través de un ’hábeas corpus’ correctivo colectivo (‘Chena, Roberto Emanuel y otros‘, causa N° 9221/2) la situación de los detenidos juzgados por tribunales ordinarios pampeanos alojados en dependencias del Servicio Penitenciario Federal localizadas en otras provincias, a cientos de kilómetros de sus lugares de residencia al momento de consumarse el hecho que oportunamente motivó la detención y de sus entornos familiares más próximos‘.

LTF señala que «no conformes con la exclusión que en sí mismo representa el encierro carcelario, el sistema dominante facilita la consumación de agravantes sumamente perversos, inaceptables incluso de acuerdo a los parámetros elementales del hoy vigente Estado de Derecho. Los ‘delincuentes‘ tratados una y otra vez como ‘personas de segunda‘ no sólo parecerían merecer las atrocidades de ‘la jaula‘ y sus más que obvias consecuencias nocivas, sino también que sus familiares no tengan ni la más remota posibilidad de acercarse hasta sus celdas para intercambiar, cuanto menos, algunas palabras».

Siete décadas

En la difusión de la presentación, el defensor Eduardo Aguirre menciona en su blog Derechoa réplica un caso similar que está en los archivos penales. ‘Sabemos que estamos discutiendo, por primera vez, una situación que data de, por lo menos, 7 décadas. Ya en 1947, desde el mítico y tenebroso penal de Ushuaia, Daniel Caro, el recordado cómplice de Juan Bautista Vairoletto, pedía a un juez de Santa Rosa -y le era denegada- su libertad condicional, en un trámite bochornoso, pero que guarda inquietantes analogías con lo que ocurre en la actualidad (más allá de nuestra evolución hacia un Estado Constitucional de Derechos y la incorporación de Pactos y Tratados que deberían haber puesto fin a estas formas brutales de agravamiento de los castigos)‘.

Aguirre afirma que ‘en aquel entonces, bueno es recordarlo, La Pampa todavía era territorio nacional. Vale decir que esta problemática, extrañamente soterrada, atraviesa toda nuestra historia como Provincia. Ni más, ni menos‘.

Ahora, una vez cumplica la audiencia el TIP deberá dar una respuesta a la presentación del defensor general.

 

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