El Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia emitió ayer un duro pronunciamiento institucional en el que cuestiona la polémica reforma del Código Procesal Penal aprobada esta semana por la Legislatura. El Consejo Directivo de la institución organizó además una reunión para analizar el tema, a la que invitó a participar a todos sus matriculados. El encuentro se realizará en próximo martes 26 a las 15 en la sede de General Gemes 952.
El documento emitido ayer por el máximo órgano de Gobierno del Colegio arranca cuestionando que “una vez más el poder político toma decisiones de trascendencia para la vida y seguridad de todos los habitantes en forma inconsulta, profundizando errores y desoyendo las advertencias de los distintos sectores y operadores del sistema penal”.
Tras remarcar que “oportuna y reiteradamente el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia señaló las falencias y omisiones del sistema adoptado por el Código Procesal Penal”, el escrito plantea que “nuevamente debemos lamentar el hecho de que nuestra Institución, órgano rector en materia jurídica, no haya sido consultada”.
El texto crítico advierte que “como resultado del obrar negligente de los poderes públicos (ejecutivo y legislativo), debemos señalar que a poco más de un año de implementada la Ley 7.690, la que ni siquiera llegó a aplicarse plenamente en toda la provincia, generándose situaciones tales como que en Salta Capital confluyan dos códigos distintos al mismo tiempo, la justicia penal salteña se encuentra envuelta por un manto de incertidumbre, fruto del desorden y decisiones que hicieron colapsar el sistema vigente”. Luego señala que “esta reforma echa por tierra las garantías reconocidas en artículo 1§ del Código Procesal Penal, tornándolas retóricas, abstractas e inaplicables en la práctica, retrocediendo nuestra legislación a etapas ya superadas”.
Sin ahorrar crítica al Gobierno, el Colegio de Abogados interpretó que “se desaprovechó otra oportunidad de debatir y rectificar cuestiones que merecen una reforma para mejorar la aplicación de la norma procesal actual, incurriendo en el facilismo de fusionar pautas de distintos códigos, en algunos casos contradictorios. El hecho de otorgar potestad para que personal policial pueda requisar a los habitantes sin orden y control de un Juez de Garantía, es una situación que no resiste análisis posible, deviniendo en una clara afrenta con las normas constitucionales y posibles responsabilidades del estado salteño ante organismos internacionales por su contradicción con los tratados de idéntica jerarquía”. Con este último párrafo, la institución dio a entender que cuestionará la constitucionalidad del artículo 20 de la reforma.
En una abierta crítica al Procurador Pablo López Viñals, el duro documento señala que “esta reforma se produce en un contexto donde la acumulación de poder es rector en la materia, encontrando de este modo que una misma persona ostenta los cargos de Procurador Fiscal y Defensor General, evidenciándose una incompatibilidad en el ejercicio de funciones contrapuestas como lo son la acusación y defensa pública. Estas improlijidades generan incertidumbre e inseguridad jurídica para toda la comunidad, colisionando abiertamente con los principios republicanos de la división de poderes, el debido proceso y el derecho de defensa”.
Finalmente, el texto hace un llamado al diálogo “con todos los operadores del sistema jurídico con el objeto de arribar a un código de procedimientos a la altura de nuestra Provincia”; y deja abierta la puerta para plantear acciones de inconstitucionalidad “en un futuro cercano”.
Cabe recordar que la reforma aprobada esta semana por la Legislatura habilita a la Policía a realizar requisas sin orden ni intervención judicial alguna.
Las opiniones
PEDRO CASTIELLA (abogado)“Hay Salta hay un gravísimo retroceso en las garantías constitucionales. La reforma arranca de raíz el núcleo de garantías constitucionales que hay en el Código Penal. El más complicado es la sustracción de que el acusado sea oído por un juez imparcial e independiente y que lo oiga solo el fiscal, el órgano acusador. Se remueve un escollo que tenían los fiscales. También se desplaza al juez en declaraciones sobre flagrancia. La requisa sin orden judicial es delicado porque la Policía no está capacitada y no tiene el mínimo criterio”. | |
MARCELO ARANCIBIA (abogado)“Las libertades y los derechos han sido fruto de muchos esfuerzos, van juntos y encaminan la democracia. Cuando se cortan los derechos y, en este caso, las libertades, se está disminuyendo la fortaleza de la democracia. No puede ser que educar sea sinónimo de penar. La gran tarea de la democracia es enseñar a vivir sin la presencia continua del látigo, las amenazas, restringiendo nuestros derechos. La democracia es libre y la libertad no se la puede perder sistemáticamente como se viene haciendo”. | |
LUIS D «ANDREA (senador del PRS)“El artículo 20 brinda posibilidades a una actuación policial en la que se podrían vulnerar derechos y garantías de las personas. Brinda una apertura para la requisa sin requerimiento judicial previo y frente a presunciones y probabilidades. Es un parámetro muy abierto y frente a esto, voté en contra del artículo 20. Durante el debate en el recinto, ante riesgos de abusos de las personas, subrayé la necesidad de efectuar mayores consultas a juristas. El resto del proyecto con las restantes reformas vote a favor”. |