La Asociación Pensamiento Penal (APP) y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) lanzaron en el mes de septiembre de 2013 la Campaña Nacional en favor de la Neutralidad Religiosa, con el objeto de promover los principios de laicidad estatal e imparcialidad en el ejercicio de la magistratura y el derecho de todas las personas a ser tratadas igualitariamente sin ningún tipo de discriminación por motivos religiosos.
En líneas generales, la idea de neutralidad dice relación con el propósito de conservar la confianza de todos los habitantes de la República en que recibirán un trato respetuoso e igualitario en perfecta sintonía con los derechos consagrados nuestra Constitución.
En el marco de la campaña, vale la pena recordar que el Estado argentino es laico ya que nuestra Constitución no instaura un Estado confesional; es decir, no hay culto oficial en la República Argentina.
En este sentido, el programa constitucional vinculado a la vida en democracia y la idea de igualdad y libertad de culto, junto a las mejores prácticas de tolerancia, imponen el mutuo respeto e igual trato a nivel religioso en todo espacio, correspondiendo al Estado garantizar dichos extremos en el ámbito público.
Por su parte la Secretaría de Culto registra en la actualidad, aproximadamente, 2.500 cultos reconocidos en la República Argentina. Todos ellos deben convivir, y conviven, de forma pacífica y tolerante, brindando un terreno fértil para fomentar el diálogo interreligioso en condiciones reales que promuevan igualdad de oportunidades.
Así entendidas las cosas, el Estado tiene vedado otorgar superioridad o prioridad a un credo en especial.
A esta altura, es dable aclarar que si bien el artículo 2 de nuestra Carta magna establece que el Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano, lo cierto es que el referido “sostenimiento” se limita a un sostén económico a cargo del Gobierno federal -producto de los decretos/leyes 21.950 y 21.540 dictados en el gobierno de facto- lo que no implica el financiamiento estatal del culto católico apostólico y romano ni que el Estado asuma un culto oficial.
Por el contrario, merece ser reiterado, nuestra Constitución y los Tratados con jerarquía constitucional establecen cláusulas exigiendo igualdad en el trato en el plano religioso .
Por lo demás, respecto de las menciones a Dios en nuestra Constitución nacional, tampoco pueden ser entendidas como parte de un reconocimiento de culto oficial alguno. Así, muchas constituciones del mundo, en la fórmula típica propia de la Constitución de los Estados Unidos de 1787, evocan en su preámbulo a Dios sin por ello volverse un Estado confesional.
Volviendo a la campaña, APP y ADC solicitaron a las Cortes provinciales y a los Tribunales Orales nacionales de la Ciudad de Buenos Aires que ordenen el retiro de las imágenes religiosas exhibidas en las salas donde se celebran audiencias públicas. A los máximos tribunales provinciales también se les requirió el retiro de los símbolos religiosos de los espacios públicos de los edificios del Poder Judicial de la provincia respectiva.
Esta petición no es antojadiza. Es que, la exhibición de imágenes religiosas en salas de audiencia pública del Poder Judicial se contrapone con el principio de neutralidad religiosa que debe garantizar el Estado argentino; a la vez que contradice el derecho de todos los habitantes a ser tratados igualitariamente, sin ningún tipo de discriminación religiosa.
La obligación de tratamiento igualitario, que prohíbe cualquier tipo de toma de posición estatal a favor de un credo determinado, es particularmente imperativa en el ejercicio de la magistratura, puesto que se encuentra sometido al mandato de ejercer sus funciones de manera “imparcial” .
Esta cuestión no es menor. Como precedente podemos mencionar el pedido de la diputada provincial santafesina Alicia Gutierrez quien, en calidad de testigo en el juicio oral y público por la causa “Guerrieri II” ante el TOF 1 de Rosario, solicitó el retiro del símbolo religioso que había en la sala de audiencias (era un crucifijo) para prestar declaración.
También merece ser destacado que, previo a la puesta en marcha de la Campaña Nacional en favor de la Neutralidad Religiosa, varios tribunales dispusieron el retiro de símbolos religiosos de las salas de audiencias, como por ejemplo la Cámara Criminal de la provincia del Neuquén, en el mes de marzo de 2013.
En los primeros meses de este año estamos transitando la segunda etapa de la Campaña Nacional en favor de la Neutralidad Religiosa, consistente en la recopilar las respuestas de todos los tribunales requeridos.
Los resultados de la primera etapa de la campaña pueden ser consultados a través de la web institucional de la Asociación Pensamiento Penal
Fuente: Adolfo Javier Christen para 24Baires
http://www.24baires.com/opinion/41101-un-debate-constante-estado-y-neutralidad-religiosa/