“Este amor que me condena a una eterna libertad”, escribe en el muro de su Facebook un joven de 21 años preso. El posteo está dedicado a su madre, como muchos de los que hace. Le promete salir pronto, le pide perdón, le dice que la extraña y le recuerda que es hermosa. También cuenta los días de visita, sube fotos con sus ranchos, descarga bronca o regala a las chicas una bachata de Romeo Santos. En uno de sus últimos post denunció que le sacaron el celular.
El uso de celulares y redes sociales en los penales no está prohibido. “La posesión de un teléfono celular no se encuentra estrictamente tipificada como una falta sancionable en la mayoría de las provincias”, dijo a Cosecha Roja Mario Juliano, el juez penal de Necochea que en 2013 levantó la sanción de aislamiento de diez días que le habían impuesto a un recluso por tener un teléfono celular. Como su posesión no está regulada, “es probable que sean mecanismos de premios y castigos que usa el servicio penitenciario para tener poder”, agregó. La herramienta permite registrar y denunciar casos de violencia institucional que, de otro modo, no se hubieran conocido.
“El aislamiento es una condición básica para la violación de derechos y hace que las personas estén mucho más vulnerables a tormentos y tortura”, dijo a Cosecha Roja Abel Córdoba, de la Procuraduría de violencia institucional del Ministerio Público Fiscal. Reglamentar la tenencia de celulares “hackearía” esa condición: “No permitirlo es uno de los últimos bastiones de quienes quieren un sistema oscuro y obsoleto”, agregó. Gracias a los celulares se pudieron denunciar casos a miles de kilómetros de distancia de los que ni las autoridades locales estaban al tanto. Los más resonantes fueron los de las provincias de Salta y Mendoza.
“Estoy en condiciones de afirmar que en la Argentina aproximadamente el 50 por ciento de las personas privadas de su libertad están en posesión de telefonía celular de modo clandestino: lo veo cuando voy a las cárceles, lo palpo en las redes”, contó Juliano. “Los celulares en las cárceles son parte de la realidad, hoy está asimilado en muchos pabellones”, confirmó Córdoba.
Desde algunos medios se denuncia el uso de los celulares para hacer llamadas intimidatorias u organizar otros delitos desde la cárcel. “No hay respaldo estudiado que autorice a esas afirmaciones: es falso que las personas privadas de su libertad indefectiblemente vayan a usar internet para cometer delitos”, consideró Juliano. “Las llamadas desde el fijo tampoco son controladas”, afirmó Fernando Ávila, de la Asociación de Pensamiento Penal. ¿Cuál sería la diferencia?
“El modelo carcelario que tenemos es antieconómico, antiético y disfuncional: no le sirve a quienes están adentro ni a la sociedad”, dijo Juliano. El juez recibió repetidas quejas de los internos por las sanciones por tener celular y todas las veces los defendió. Si bien el argumento legal es que “la posesión de un teléfono celular no se encuentra estrictamente tipificada como configurativa de una falta sancionable”, la reflexión va mucho más allá.
Juliano se basa en un fallo de la Corte Suprema que -tomando como referencia otro de EEUU– subraya que la privación de la libertad solamente implica eliminar la libertad ambulatoria, no el resto de los derechos: no existe una “cortina de hierro” (SIC) entre las prisiones y la constitución. El énfasis está puesto en la resocialización: “Si queremos devolver personas un poco mejores a las que entraron, tenemos que dotarlas de los derechos que antes no tenían: educación, trabajo y comunicación”, consideró. “No hay resocialización posible sin contacto con el mundo exterior”. Córdoba contó: “Hoy mismo hablé con personas que hace 13 años que no acceden a los nuevos modos de comunicación”.
Según Córdoba, el 80% de los detenidos está lejos de su lugar de residencia, a centenares o miles de kilómetros. La posibilidad de comunicarse con las personas que quieren atenuaría uno de los sufrimientos:
“Te extraño mucho reina sos todo para mí savelo”(SIC), le dice en el Facebook un joven preso a su novia.