Como parte de su campaña política focalizada en el miedo al delito, Sergio Massa armó un blog y difundió un decálogo de las supuestas verdades acerca del anteproyecto de reforma del Código Penal que es analizado por el Poder Ejecutivo. Massa utiliza eslóganes que están estructurados con afirmaciones tramposas, imprecisas en ciertos casos y falsas en otros, y que buscan dejar como mensaje que el paquete legal está pensado para favorecer a quienes cometen delitos. Se basan en una deducción rudimentaria según la cual con más castigos, con más venganza, habrá menos delincuencia. El contenido del texto que elaboró la comisión multipartidaria de juristas no tiene nada que ver con las verdades de Massa, según ayuda a desentrañar en esta nota el coordinador de ese equipo, Roberto Carlés. Punto por punto, los altos contrastes.

– “Se reducirán las penas de 20 de los delitos más graves del Código Penal, y muchos se transformarían en excarcelables.” Massa dixit

Es una afirmación engañosa, no están claros los 20 delitos ni el criterio de gravedad. La reducción o aumento de algunas penas en forma aislada no dice nada, el Código Penal es un sistema donde los delitos y su castigo se definen en relación con los demás. La comisión ha calibrado las penas teniendo en cuenta qué se lesiona en cada caso, estableciendo que la vida de las personas es lo que más valioso. El Código actual, fruto de las reformas Blumberg, genera situaciones disparatadas: encubrir el robo de una vaca tiene más pena que encubrir un homicidio. Massa, además, sigue hablando de delitos “excarcelables” a pesar de que el Código Penal no es el que define si alguien va a la cárcel, sino los códigos procesales de cada jurisdicción y los jueces. Alguien puede cometer un delito menor, pero igual ir preso por riesgo de fuga. Y suponiendo que se fugue para evitar un juicio, Massa no dice que el Código se vuelve más estricto: para esa persona no hay prescripción, cuando lo atrapen será juzgado.

– “Se eliminaría la reincidencia: robar una o cien veces sería lo mismo según el nuevo Código”, sostiene el líder del Frente Renovador.

No es cierto. Robar una o cien veces nunca es lo mismo porque el que roba cien veces tendrá cien penas que se acumulan. La reincidencia es otra cosa: un agravante que los jueces tienen en cuenta al momento de establecer la cuantía de la pena para quienes ya pasaron por la cárcel con condena firme. En la actualidad se usa, a la vez, para negarles la libertad condicional a los reincidentes. “Quizá se le niega la libertad condicional a una persona que cometió dos delitos leves, pero la consigue un homicida”, grafica Carlés. Hay jueces, como la Sala II de la Cámara de Casación Penal, que han declarado inconstitucional la reincidencia: consideran que es juzgar dos veces por lo mismo. En la comisión reformadora, el tema generó disidencias. Federico Pinedo (PRO) planteó que había que mantenerla. Al final, se quitó pero se amplió el espectro de agravantes en el hecho, como la cantidad de personas intervinientes o la indefensión de la víctima. El registro de antecedentes sigue existiendo, no desaparece. Si alguien en los diez años previos ya tuvo una probation, no tendrá otra, irá a juicio. El juez hará una evaluación de cada caso antes de poner la pena.

– “Los delincuentes podrían cumplir condena en su casa en el 86 por ciento de los delitos según el nuevo Código”, afirma Massa.

El anteproyecto propone un sistema de penas alternativas (trabajos comunitarios, detención domiciliciaria, multa, entre otras) a la prisión en lugar de la libertad condicional. Es para que la pena se cumpla completa, con un control efectivo. Para las penas menores a tres años, siempre podrá haber una sustitutiva; para las que prevén de tres a diez años de prisión, se deberá cumplir la mitad en la cárcel; para las que tienen un máximo mayor a diez años, hay que cumplir dos tercios. Nadie que hoy no se beneficie con la libertad condicional se va a beneficiar con una pena alternativa. En la actualidad, quien recibió una pena de prisión perpetua puede salir a los 18 o 20 años. El que fuera condenado a la pena máxima prevista por el anteproyecto (30 años) va a tener que cumplir por lo menos 20. No es claro de dónde surge el 86 por ciento. Más allá de los montos los jueces evalúan cada caso. En los delitos graves (de lesa humanidad o contra la vida, o la integridad corporal o la integridad sexual), deberán requerir un informe a tres peritos (del tribunal, del Ministerio Público y universitario) antes de decidir una pena alternativa

– El blog antirreforma insiste: “De aprobarse el nuevo Código Penal, 17 mil delincuentes que hoy están presos podrían salir a la calle”.

Es una deducción arbitraria y no se entiende de dónde surge el número de 17 mil. Debería salir de conocer por qué delito está preso cada interno y hace cuánto. Suena bien difícil. La población penitenciara es de unas 60 mil personas, de las cuales el 70 por ciento no tiene condena. La libertad de los procesados depende del Código Procesal, no del Código Penal, y del riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación que evalúa el juez. Es cierto que los detenidos podrán pedir revisión si el código cambia las penas del delito que les adjudicaron.

– “El nuevo Código es un premio para los delincuentes: el 82 por ciento de los delitos sería excarcelable”, reitera.

Otra vez, no hay delitos excarcelables, sólo cuantías que permiten prever penas de cumplimiento efectivo. Tampoco Massa explica por qué sería bueno saturar las cárceles de gente ni cómo garantizar que se cumpla con el mandato constitucional de que sean “sanas y limpias, para seguridad y no para castigo”.

– Massa dixit: “Bajarían las penas de 146 delitos”.

No es cierto. Carlés señaló que el texto entregado a Cristina Kirchner reduce penas de 116 delitos, incluye 85 tipos penales nuevos, despenaliza 17 conductas, pero aumenta las penas de 159 delitos.

– “El nuevo Código es un premio para los narcotraficantes: el tráfico y la venta de drogas serían excarcelables”, decreta el ex intendente de Tigre.

En el anteproyecto, el contrabando de estupefacientes (narcotráfico) tiene la misma pena que ahora: tres a doce años de prisión. El tráfico de drogas (sembrar, producir, comerciar) prevé una baja en la pena máxima, de 15 años de prisión pasaría a diez, y la mínima, de cuatro a tres años de prisión. Ningún miembro de la comisión se opuso esto. El “tráfico” es amplio, abarca desde el “transa”, que vende pequeñas cantidades, hasta el que comercializa un gran cargamento. También se despenaliza la tenencia de droga para consumo personal, según la doctrina de la Corte Suprema.

– “El nuevo Código es un premio para los asesinos: se bajaría la pena para los homicidios agravados”, afirma Ma-ssa.

Es inexacto. Hoy un homicidio agravado tiene prisión perpetua, una pena que no existe en la realidad, considerada inconstitucional. Perpetua en la práctica son 18 a 20 años. Al establecerse una pena tope de 30 años, y la obligación de cumplir los dos tercios en prisión, nunca la pena a cumplir será menor a 20 años. Incluso puede ser mayor en casos de máxima gravedad.

– “Es un premio para los violadores: se bajaría la pena para la violación agravada”, según el diputado.

La pena de violación es igual a la del Código vigente: seis a 15 años. Y sube a 18 si la víctima es menor de trece años. Es cierto que baja para la violación agravada: de 20 años la máxima pasa a 18. La intención fue establecer una diferencia respecto del homicidio, que tiene una pena de 25 años. También se reconoce como tal la violación en el matrimonio.

– “El nuevo Código es un premio para los secuestradores: el secuestro seguido de muerte intencional ya no será penado con prisión o reclusión perpetua”, sentencia.

La prisión perpetua no existe en los hechos. La comisión puso la pena máxima en 30 años para adoptar los estándares del Estatuto de Roma, que lo establece para el genocidio. La ley antisecuestros establece que un secuestro se agrava por el resultado, como la muerte. Se propone volver a la modalidad donde las penas se acumulan: el secuestro, más el homicidio. El secuestro prevé de cuatro a 15 años de cárcel si es extorsivo, de seis a 20 si es agravado. Un secuestro seguido de muerte seguramente tendrá la pena máxima y un cumplimiento de 20 años.

– “Premia a los torturadores: también se bajaría la pena”, advierte Massa.

La tortura es imprescriptible de acuerdo con el derecho internacional. Ahora tiene la misma pena que el homicidio, de ocho a 25 años; seguida de muerte tiene perpetua. El anteproyecto baja el máximo a 20 años, que es el que se suele cumplir en efecto. Si es seguida de muerte, se acumula con homicidio. Un dato novedoso: se castiga en el código al funcionario que no actúa para evitar la tortura (tortura por omisión) con cinco a 15 años.

– “El nuevo Código es un premio para los abusadores de menores: se bajaría la pena para la figura de corrupción de menores”, alerta.

Massa mezcla dos delitos distintos: el abuso de menores es la intrusión en el ámbito de la integridad sexual de la víctima (siempre requiere que exista el contacto físico), en cambio, corrupción de menores son aquellos actos que por prematuros (a edad temprana), perversos o por su extensión pueden afectar el normal desarrollo de la psicosexualidad. Para el abuso de menores, la pena se eleva de 15 años a 18 años. La “corrupción de menores” es redefinida. Hasta ahora el código habla genéricamente sin decir qué es. El anteproyecto identifica conductas consideradas corruptoras continuadas en el tiempo: exhibiciones obscenas (uno a seis años) y pornografía infantil (tres a diez años de pena). En el grooming (acciones, por ejemplo vía Internet, para ganarse la confianza de un menor para abusar de él) eleva la pena de máxima de cuatro a cinco años de cárcel.

– “El nuevo Código es un premio para los delincuentes de guante blanco: se bajaría la pena para los que participen de una asociación ilícita”, afirma Massa.

Lo que Massa no dice es que para los delitos de corrupción se endurecen varias penas y se incluye la responsabilidad penal (hoy inexistente) de las personas jurídicas, como empresas, a menudo utilizadas para amparar a las personas físicas que delinquen. La violación de deberes de funcionario público eleva la pena mínima de un mes a seis y la máxima de dos a tres años; el nombramiento ilegal de una persona pasa de una multa de 750 a 12.500 pesos a 30 a 120 días de multa. El cohecho (coima) pasa de uno a seis años de prisión a un rango de dos a ocho años y multa (al margen del decomiso), el tráfico de influencias eleva la pena mínima de uno a dos años y la máxima de seis a ocho; el cohecho internacional pasa de la pena de uno a seis años a dos a ocho años y multa; en las dádivas se eleva el mínimo a seis meses. Se amplía el peculado (robarse dinero público a cargo) al uso de bienes propios de la función (como un auto), con penas de dos a diez años de cárcel. La asociación ilícita no siempre es para cometer delitos de guante blanco. Hoy tiene penas altas cualquiera sea el delito al que se dedique la banda. La comisión propuso diferenciar según la gravedad de los delitos que se cometen (de dos a seis años o de tres aa diez).

– Massa dice que “las entraderas y salideras con armas serán excarcelables”.

Las salideras y entraderas no se llaman así en el Código, son robos como cualquier otro, que puede ser a la salida o entrada del banco, del cine, de la casa. El robo con arma de fuego hoy prevé una pena mínima seis años y ocho meses y un máximo 20 años. Baja a tres años de piso y doce de techo. La reducción es para diferenciarlo de los delitos graves (la mínima del homicidio simple es de ocho años). Las excarcelaciones, ya se dijo, dependen de los códigos procesales. El bonaerense, por ejemplo, no permite excarcelar los delitos con penas máximas de ocho años.

– “El nuevo Código es un premio para los que se dedican a la trata de menores: la pena mínima baja de diez a cuatro años de prisión”, alarma Ma-ssa.

Es cierto que la pena mínima baja de diez a cuatro años, aunque se mantiene el máximo de 15. Carlés dice que se usó esa fórmula porque el abanico de conductas es grande: desde el que transporta a un menor para explotación laboral hasta el que promueve o facilita la entrada o salida del país para la extracción forzada de órganos o tejidos. El mínimo se eleva a ocho años cuando la víctima es menor de trece años. La responsabilidad de personas jurídicas es clave en los talleres clandestinos.

– “Robarle al campo también se castiga menos: la pena mínima para el abigeato baja a seis meses”, define Massa.

El robo de ganado prevé hoy de dos a seis años de prisión. Se baja la pena mínima a seis meses. Pero si es agravado eleva la máxima, que pasa de diez a doce años. Aun así, cualquier robo tiene una pena mínima de un mes de prisión hoy en día. No es claro por qué el abigeato tiene pena mayor. Seis meses es la pena mínima del anteproyecto, no existen penas inferiores.

 

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