Ante el nuevo proyecto de reforma del Código Contravencional de la provincia, observamos que una vez más surge la polémica entre los que asumen la política de protección integral de la niñez y los que siguen proponiendo retornar a las viejas políticas, que visualizan a los niños, niñas y adolescentes como un peligro y riesgo social.
No quisiéramos que este proyecto de reforma sea la punta del iceberg de una política que nos remita al sistema irregular derogado por la Convención Internacional sobre Derechos del Niño, que se olvide de la realidad que nos dice que los abusos policiales aún persisten, y se contraponga a posturas de prevención y promoción de derechos.
El proyecto pretende además permitir que los jóvenes desde los 16 años puedan sufrir una sanción Contravencional, cuando el código vigente habilita este tipo de sanciones, solo a partir de los 18 años. Esto resulta contrario a la nueva tendencia legislativa en materia Contravencional, además de no encontrarse a tono con la Ley Nacional de Protección Integral y lo dispuesto por la Convención sobre Derechos del Niño, privilegiando el castigo en un sentido puramente punitivo y de control social.-
Por otro lado este proyecto busca imponer una doble sanción a aquellos que reincidan. Esto implica sancionar dos veces a alguien por una misma conducta, lo que es contrario a nuestras normas de orden constitucional, alimentando la falsa creencia de que mágicamente el castigo cambia a las personas. Debemos revisar por qué fracasan este tipo de sanciones y por qué las cárceles no cumplen su función educativa sino que son lugares de castigo y ejercicio brutal de poder.
El mencionado proyecto propone arrestar a personas que “se encontraren en estado manifiesto de ebriedad, o bajo el efecto de estupefacientes, y aún cuando no se produzcan incidentes”, lo cual es totalmente violatorio al sistema legal vigente en nuestro país, lo que debe combatirse con políticas sociales y económicas inclusivas.- Pero una vez más nuestra provincia solo ofrece políticas represivas, empoderando a los uniformados con su “olfato policial” para que decidan si quieren o no arrestar por 1, 2 o 3 días a una persona aunque no haya causado el más mínimo daño, ya sea en un espacio público o privado, y después la facultad de darle la libertad, bajo la misma discrecionalidad. A ello debemos agregar la incompetencia policial para abordar cuestiones que deberían hacerlo desde el área salud. Esto va a contramano de lo que establece la nueva Ley de Salud Mental, la Organización de las Naciones Unidas, la OEA y lo que propone el “Plan Integral para abordaje de Consumos Problemáticos” (ley recientemente sancionada).-
Es necesario recordar que fue el Inadi quien solicitó la derogación de este artículo en el año 2010 diciendo que el “código Contravencional que fue aprobado durante la dictadura de Onganía, en plena democracia persigue y castiga con prisión o multas a los “mendigos, homosexuales, prostitutas y adictos”.” Fue la misma legislatura provincial que por unanimidad derogó algunos artículos que hoy nuevamente se intenta establecer su vigencia.-
Rechazamos una vez más cualquier tendencia que favorezca la persecución, represión y la discriminación de los más jóvenes, los sectores más humildes y quienes sufran adicciones. Nuestras normas locales deben guardar plena coherencia con nuestras normas nacionales y respetar los Convenios de Derechos Humanos, aportando a construir una sociedad cada vez más democrática, inclusiva y justa.
Exigimos una justicia para nuestros jóvenes con los mismos derechos y garantías que hoy gozan los adultos.- Por último solicitamos a nuestros gobernantes el empleo y el esfuerzo en diseñar y aplicar políticas sociales inclusivas, que permitan abordar las carencias , las adicciones y la falta de incentivos para construír proyectos personales que permitan ampliar el goce de nuestros derechos.
OBSERVATORIO DE DERECHOS HUMANOS de la PROVINCIA DE RIO NEGRO