El pasado 20 de mayo, en el ámbito de la Escuela de Capacitación Judicial de la Corte de Justicia de Catamarca, se llevó a cabo el curso-taller “Aspectos trascendentales del Régimen Penal Juvenil: Acusación, defensa y juzgamiento, aspectos generales”. La disertación estuvo a cargo de Rodrigo Morabito, juez de Menores de Segunda Nominación de la Provincia, y capacitación contó con una gran participación, no sólo de empleados judiciales, sino también de profesionales de áreas que se vinculan en el abordaje de chicos en conflicto con la Ley Penal. El curso-taller fue una nueva oportunidad para plantear las deudas relacionadas a un nuevo Régimen Penal Juvenil.

El magistrado remarcó que el Decreto Ley 22.278 –que data de la época del último gobierno militar- hasta la fecha sigue vigente, pese a que entre 2003 a 2013 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió cuatro sentencias contra el Estado argentino –los casos Bulacio, Furlan, Fornerón e hija y Mendoza y otros vs. Argentina. Para Morabito, el sistema penal juvenil actual es “mixto e inquisidor”, debido a que la normativa internacional está en colisión con la legislación nacional y provincial, dado que actualmente no hay ley de forma ni de fondo.

En cuanto a la situación de la Provincia de Catamarca, el juez destacó que la Ley Provincial 4.908/97, que sigue en vigencia, no responde al parámetro de especialización. Al respecto, aclaró que en el caso de los niños, niñas y adolescentes, por lo establecido en mandatos internacionales –que tienen rango constitucional desde la reforma de 1994- como la Convención de los Derechos del Niño (Artículo 40), las Reglas de Beijing, las Directrices de Riad, las Reglas de La Habana, las Reglas de Tokio, las Reglas de Brasilia y los Principios y Buenas Prácticas para las Personas Privadas de la Libertad, solo para citar algunos, rige el principio de especialización. “Sin defensa, no hay posibilidad de un proceso penal”, advirtió.

Morabito2Además, el juez Morabito recalcó que, en un gran porcentaje, quienes ingresan al sistema judicial penal juvenil son adolescentes que viven en condiciones de pobreza, socialmente marginados, en ambientes violentos y sin escolarización. También destacó que de acuerdo con las Observaciones Finales sobre la República Argentina del Comité de los Derechos del Niño (documento que se emitió el 9 de octubre de 2002), “Argentina es el país más cruel de la región”.

Paso a paso
En la capacitación, el magistrado indicó los principios generales del Sistema de Justicia Juvenil. Para Morabito, el eje rector es el principio de especialización para todos los actores de este sistema. Al mismo tiempo, señaló que hay una falla en ‘el principio de igualdad y de no discriminación’, debido a que hoy por hoy los chicos en conflictos con la ley “no están equiparados con los mayores y no tienen un plus en sus derechos por tratarse de personas en formación”. Es decir, tienen menos derechos que los adultos.
A fin de que se respeten las garantías, señaló que en el fuero juvenil se debe cumplir con un juez natural, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y el derecho a ser oído y a participar del proceso. Los chicos infractores tienen derecho al respeto de la vida privada, a la doble instancia y derecho al recurso, entre otros aspectos.

Sobre el procedimiento penal, insistió en que la Ley Provincial 4.908, que sigue vigente, no establece el principio de especialización. Sin embargo, comentó que, a modo de prueba piloto, las Secretarías Asistenciales de los Juzgados de Menores funcionan como Secretaría de Medidas Socio-educativas. Al respecto, hay que recordar que en agosto de 2012, a través de la Ley Provincial 5.292, la competencia Asistencial de los Juzgados de Menores pasó a la órbita del Ministerio de Desarrollo Social, que tiene a su cargo, desde noviembre de 2013, el Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes-.

Para Morabito, en base a la actual ley vigente, se deben crear medidas socio-educativas y de remisión, a fin de evitar sanciones penales. Tales medidas alternativas, consideró, deben respaldarse en Programas de Prisión de Libertad Vigilada, advertencias y amonestaciones, programas comunitarios o individualizados de remisión o la Justicia restaurativa o restitutiva.

En cuanto a la defensa penal, advirtió que es necesaria la presencia de defensores penales en los primeros momentos, desde la aprehensión. Sin embargo, la Provincia de Catamarca no cuenta con defensores penales juveniles.

Además, aclaró que si el adolescente infractor es menor de 16 años, interviene la Dirección de Niñez y Adolescencia, que adopta las medidas a tomar. En tanto que los chicos de 16 y 17 años que cometieron un ilícito que tiene una pena mayor de 2 años, son investigados. Al respecto, el magistrado consideró que se debe generar una unidad especializada e impulsar un procedimiento específico para las niñas, niños y adolescentes infractores, dado que actualmente, se aplica mínimamente la normativa internacional.

Juicio
Por último, sobre el juzgamiento de chicos en conflicto con la Ley Penal, ante la falta de un fuero especializado para declarar la responsabilidad penal y civil, indicó que la única alternativa es realizar los debates en las Cámaras Criminales o en los Juzgados Correccionales, una vez cumplidos los 18 años y que haya sido sometido a medidas tutelares durante el período de un año, como mínimo. No obstante, como el principio de especialidad queda de lado en esta instancia, el magistrado propuso algunas alternativas, como los juicios unipersonales, con la intervención de otros jueces de Menores (de otras circunscripciones) que no hayan intervenido anteriormente en la causa.

A modo de conclusión, Morabito consideró que la Justicia Penal Juvenil, que aún carece de un nuevo Régimen Penal Juvenil acorde con los estándares internacionales, se encuentra en una etapa “devastadora” y que no debe esperar a una quinta sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

 

http://www.agencia-anita.com.ar/index.php/derechos/792-una-segunda-oportunidad-para-debatir-sobre-la-deuda-del-regimen-penal-juvenil-en-catamarca