El proyecto presentado por el diputado Carlos Martínez implica la modificación del artículo 124 de la Ley Nº 4209 -Código de Faltas de la Provincia del Chaco- con el objeto de incrementar las sanciones para quienes cometieren actos de crueldad, maltratos contra un animal o causaren su muerte sin causa de justificación.

El presidente de la comisión, Martín Nievas, indicó que “la norma tiene que ver con el respeto por los animales, hemos visto en los últimos tiempos casos de maltrato y actitudes de crueldad para con los animales; por ejemplo el hecho ocurrido en el impenetrable y que personalmente repudié, en el que habían dado un hachazo a un tatú carreta, animal que está en vías de extinción”.

En ese sentido, explicó que “se proponen modificaciones que implican la sanción con multa de hasta seis remuneraciones mensuales mínima, vital y móvil o un arresto de hasta sesenta días al que cometa ese acto de crueldad contra un animal, o lo maltrate, o lo someta a fatiga manifiestamente excesiva” y agregó que “si como consecuencia de este maltrato o esta crueldad resulta la muerte de este animal la sanción va a ser de hasta 90 días de arresto”.

Agregó que “independientemente del planteo constitucional de algunos, de si corresponde o no el arresto para el caso de maltrato de animales, coincidimos con la opinión del Superior Tribunal de Justicia en que es una demanda creciente de la sociedad y que estamos necesitados de dar una respuesta protectoria para los animales”.

 

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