En la comisaría 1º de San Martín, en cinco calabozos con capacidad para 12 personas, hay más de veinte detenidos. La 1° de Moreno tiene cupo para 16 y llegó a albergar a 41 hombres. El paisaje se repite: en los costados de las improvisadas camas hay bolsas abiertas con basura, faltan ventanas, no entra la luz y los pisos están mojados, no se sabe con qué. La cantidad de presos detenidos en comisarías se duplicó en el último año, pasó de 1500 a 3000.
El juez de La Plata Luis Arias ordenó el miércoles al gobierno de la Provincia de Buenos Aires suspender la resolución que firmó el Ministro de Seguridad Alejandro Granados en mayo y que permitía albergar presos en comisarías en el contexto de la “emergencia de seguridad”. La medida anulaba las resoluciones 2109/11, 3340/11, 3975/11, 153/12 y 268/12 que, en 2011, habían dispuesto la clausura de un número significativo de calabozos ubicados en dependencias policiales.
A partir de una presentación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ), el juez resolvió que la medida dictada por el ministerio “resulta regresiva respecto de los estándares mínimos en materia de condiciones de detención y podría comprometer la responsabilidad internacional del Estado” y que desde la declaración de la “emergencia de seguridad” la situación se agravó.
Según el CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) hay 3000 presos alojados en dependencias policiales de la Provincia de Buenos Aires. “Se volvieron a habilitar para fines no previstos y no están en condiciones: no hay baños ni espacios de comunicación ni lugares de esparcimiento: tener a una persona encerrada en esas condiciones es cruel e inhumano”, dijo a Cosecha Roja el juez Luis Arias. “Los calabozos son desastrosos y en el último tiempo empezaron a colapsarse nuevamente”contó a Cosecha Roja Juan Manuel Casolati, secretario de ejecución del Partido de San Martín.
En Mayo, según datos del CELS, la provincia llegó al pico más alto de la historia en cantidad de detenidos: más de 33 mil. Y el cálculo indica que se duplicó la cantidad de presos en comisarías: en 2013 había 1596 y ahora -tomando en cuenta que existe un subregistro- habría 3000.
La resolución 642 es parte de las reformas que hizo el gobierno provincial en abril y que incluyen la convocatoria a policías retirados, la saturación de fuerzas de seguridad en la calle y la construcción de más cárceles. Según Arias, omite el precedente que asentó el caso “Verbitsky Habeas Corpus” en 2005. En ese momento la Corte Suprema prohibió la detención en destacamentos policiales con el objetivo, dice la resolución de Arias, de “limitar el uso del cupo policial como herramienta de alojamiento en la Provincia de Buenos Aires”. También esquiva el informe que hizo la Comisión Interamericana de DDHH (CIDH) en 2010. “Detectaron condiciones pésimas carcelarias en las comisarías”, dijo Arias. LA CIDH instó al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a “implementar una política penitenciaria acorde con los principios internacionales” y asegurar el “goce efectivo de sus derechos humanos”.
Arias explicó que el decreto firmado por Casal no está permitido por la Constitución Provincial: “el artículo 45 prohibe la delegación de funciones y restringir derechos por una emergencia es materia legislativa”, dijo. Además señaló que el plan no contaba con un presupuesto preciso para reformar los establecimientos: “Si no hay dinero asignado, son solo declaraciones efectistas para salir de una coyuntura política. Una medida seria requiere recursos: la magia no existe”, dijo. Además, señaló que el personal policial no está preparado para cumplir con la función de custodia. Eso, se supone, debe hacerlo el “personal del servicio penitenciario preparado”.
Entre 2002 y 2012 la población carcelaria de la Provincia de Buenos Aires aumentó un 40 por ciento. Las casi 28 mil personas detenidas en las cárceles bonaerenses representan el 44 por ciento de la población penitenciaria nacional. Son datos del informe anual de la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
El artículo 18 de la Constitución Nacional dispone que las cárceles son “para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas. El artículo 53 de la Declaración Americana sobre DDHH dice: “Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”
Fotos: CELS – Imagen tomada el 26 de mayo de 2014 durante un monitoreo realizado por magistrados del Comité Departamental de Mercedes en las comisarías de Moreno I,V,VI y VII.