La Corte Suprema santafesina dejó firme el fallo que absolvió al ex juez de Rufino, Carlos Fraticelli, por la muerte de su hija Natalia, en 2000. El máximo tribunal de la Justicia provincial declaró inadmisible un recurso de inconstitucionalidad presentado por el fiscal de Venado Tuerto, Fernando Palmolelli, luego de que en noviembre de 2009 la Cámara de Apelaciones en lo Penal de esa ciudad revocara la condena contra Fraticelli y Graciela Diesser, su ex pareja, quien se suicidó en abril de 2012. El fallo confirma que la falta de certeza sobre la acusación al ex magistrado hace «imposible destruir la situación de inocencia».

En mayo de 2000, Natalia fue encontrada sin vida en su cama, recostada, y con una bolsa de nylon en la cabeza. Tenía 15 años. Al principio, se habló de un suicidio, por la ingesta de psicofármacos. Sin embargo, los encargados de realizar la autopsia determinaron que, en realidad, a la adolescente la habían matado por estrangulamiento.

Dos años después, el matrimonio fue condenado a prisión perpetua por haber sido encontrado culpable de homicidio por estrangulamiento, doblemente calificado por el vínculo y la alevosía. En aquellos años la defensa planteó que la adolescente se había quitado la vida por una cuestión amorosa, mientras que para la Justicia los padres quisieron «sacarse de encima» a Natalia porque había «visto algo» que no debía, o bien por que su atraso madurativo los incomodaba, según señalan las crónicas de aquellos años.

Tras la apelación de la defensa de los acusados, a mediados de 2003, la Cámara Penal de Venado Tuerto confirmó el fallo y rechazó las nulidades interpuestas. Los abogados insistieron con un recurso en la Corte provincial, que rechazó los planteos. De esa manera, el caso llegó a la Corte nacional, que en 2006 declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia condenatoria, por lo que los acusados salieron en libertad.

La causa volvió a la Alzada venadense que en 2009 dispuso la absolución de los imputados. Cuatro conjueces se pronunciaron por la absolución: dos, inclinándose por la hipótesis que sostuvo la defensa; y los otros dos lo hicieron por la tesis de la muerte violenta aunque las pruebas recopiladas no permitían ratificar la condena.

Frente a ello, el fiscal Palmolelli apeló y el planteo volvió al máximo tribunal provincial, donde en diciembre pasado se confirmó la decisión de la Alzada de Venado Tuerto, pero por cuestiones de notificación la decisión se dio a conocer en las últimas horas.

Al plantear su recurso, el fiscal sostuvo que la sentencia cuestionada resulta «arbitraria» tanto normativa como fácticamente y agregó que a pesar de los catorce años transcurridos desde la muerte de Natalia Fraticcelli, no existió otra hipótesis incriminatoria de la Fiscalía. En ese sentido, puntualizó que la eventual prescripción de la acción respecto de terceras personas desconocidas responderá en todo caso a una «falla garrafal» del fiscal que investigó solamente la hipótesis de responsabilidad de Fraticelli y su esposa, descartando toda otra línea de investigación.

 

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