Cipolletti.- La defensora general del Poder Judicial de Río Negro, María Rita Custet Llambí, consideró que“no surge encuadrable en una situación de violencia de género” la acción de un imputado de amenazar a su pareja porque si no le entregaba la nena que tienen en común le quemaría la casa.
Custet Llambí afirmó que para que se configure violencia contra la mujer, por su condición de tal, debe darse “una relación asimétrica de poder en la que se encuentre alegada y probada su intencionalidad, lo que no se verifica en esta causa”.
El hecho ocurrió el 27 de agosto de 2014, a las 13, en un domicilio del barrio Costa Norte de la ciudad de Cipolletti.
La funcionaria judicial, en un resolución dictada hace pocos días, estimó que “para el supuesto de que se entienda que la situación ventilada en esta causa configura violencia de género, señala que lo resuelto por el Tribunal (de Cipolletti) es acertado y acorde a derecho”.
Refirió que los magistrados, al evaluar la oposición del Ministerio Público Fiscal, estimaron que la suspensión del juicio a prueba es “un instrumento adecuado para dar una pronta y efectiva respuesta a la víctima por los hechos padecidos, según la manda de la Convención de Belém do Pará”.
Custet Llambí planteó que “no en todos los delitos de violencia de género debe obstaculizarse el acceso al beneficio, sino que debe analizarse su implementación en cada caso concreto, ello con cita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en abono de su postura”.
Detalló los motivos tenidos en cuenta por la Cámara de Cipolletti para acceder a la solicitud del imputado, así como las pautas de conducta impuestas y concluyó que “denegarle el instituto, a casi tres años de acontecido el hecho, resulta arbitrario y vulnera los principios de legalidad, pro persona, pro libertatis y mínima prisionización”.