Los jóvenes en conflicto con la ley penal –aunque desde aquí preferimos llamarlos simplemente personas menores de edad privadas de su libertad o niños, niñas y adolescentes– volvieron a ser noticia por un hecho aberrante: un joven murió como resultado de un incendio en el Instituto Rocca, mientras que otros cuatro se encuentran hospitalizados.La muerte de este pibe, al igual que cualquier muerte en manos del Estado, son un problema de la sociedad. Que la cárcel, el instituto, el centro de detención, o el nombre que se le quiera poner –todos los lugares son, en la práctica, depósitos para humanos–, de la forma que los conocemos hoy en día, no sirven para fines positivos, no es ninguna novedad.
La Asociación Pensamiento Penal recuerda las innumerables deudas que poseemos con las personas menores de edad. Legalmente, se verifica la esquizofrénica situación de tener vigente un decreto-ley de la última dictadura militar (la ley 22.278) y, a la vez, a la Convención sobre los Derechos del Niño (la cual tiene jerarquía constitucional) que representa el paradigma de protección integral de derechos de la infancia. Básicamente se trata de dos normas que parten de concepciones antagónicas de la infancia.
Con relación a las condiciones de detención tenemos centros de alojamiento que no se adecúan a los compromisos internacionales contraídos, lo cual queda demostrado, entre otras situaciones, con la muerte del chico en el Instituto Rocca. En cuanto al Poder Judicial, todavía son varias las provincias que no cumplen con una verdadera justicia especializada. Mientras tanto, son numerosos los medios de comunicación que asimilan a estos pibes como una suerte de residuos que no merecen el mínimo respeto por sus derechos.
Históricamente, en nombre de su protección, se justificaron las más aberrantes prácticas. La CSJN, como la Corte Interamericana, han advertido la irregular situación de la República Argentina en materia de infancia. No podemos dejar de señalar que es numerosa la normativa internacional que obliga al Estado a que las condiciones de detención de las personas menores de edad sean distintas a las de los adultos. Y, en materia de infancia, esa distinción debe traducirse siempre en una mejor situación del niño respecto del adulto. Es el ya reconocido plus de derechos que deben tener las personas menores de edad por su simple condición de personas en crecimiento.
El punto 32 de las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de Menores Privados de Libertad dispone que “El diseño de los centros de detención para menores y el medio físico deberán responder a su finalidad, es decir, la rehabilitación de los menores en tratamiento de internado, teniéndose debidamente en cuenta la necesidad del menor de intimidad, de estímulos sensoriales, de posibilidades de asociación con sus compañeros y de participación en actividades de esparcimiento. El diseño y la estructura de los centros de detención para menores deberán ser tales que reduzcan al mínimo el riesgo de incendio y garanticen una evacuación segura de los locales. Deberá haber un sistema eficaz de alarma en los casos de incendio, así como procedimientos establecidos y ejercicios de alerta que garanticen la seguridad de los menores. Los centros de detención no estarán situados en zonas de riesgos conocidos para la salud o donde existan otros peligros”.
Los centros de detención no cuentan con sistemas de seguridad que permitan reducir los riesgos de incendio en los términos de la referida regla, pero, además, están lejos de ser lugares que respondan a la finalidad propuesta por la normativa vigente: un ideal resocializador de los jóvenes.
Las deudas de la República Argentina con los jóvenes se encuentran en evidencia. Sin embargo parece que sólo vale la pena poner el tema en discusión cuando suceden tragedias como la que nos enluta, en las que los jóvenes resultan víctimas de las condiciones de detención o de las decisiones judiciales que los anulan como personas.
La Asociación Pensamiento Penal aspira a que se deslinden responsabilidades y se comiencen a saldar las deudas pendientes que, en buena medida, son responsabilidad de toda la sociedad.
31 de julio de 2015