“Parece un tema técnico,  pero es sustancial para las libertades y para los derechos de las personas”, así se refirió Claudio Del Plá a la decisión de la Corte de Justicia que hizo lugar parcialmente a la presentación que plantea la inconstitucionalidad de la reforma del Código Procesal Penal de la provincia.

El diputado por el Partido Obrero explicó que dentro de los cambios del Código se dieron superpoderes a los fiscales y que es esto justamente lo que se cuestionó, ya que se le quitan garantías, tanto a la persona que es imputada de haber cometido un delito, como así también a las que son víctimas.

Sobre el planteo realizado explicó: “En relación a las personas que son imputadas por un delito,  nosotros hemos planteado que se vulneraban varios derechos, por ejemplo,  el de declarar ante el juez y no ante el fiscal. Este es un tema muy importante,  porque una cosa es que la declaración sea ante la persona que busca condenarte y otra cosa es poder declarar ante un juez, son situaciones distintas,  y con el Código aprobado se quita el derecho de declarar ante el juez; ahora uno de los artículos de la Corte ha declarado inconstitucional esto y se va a dar el derecho de declarar ante el juez”.

“El segundo aspecto – continuó Del Plá- es que para que la indagatoria sea válida tienen que estar presente el abogado defensor, sino no tiene validez la audiencia  y el tercer tema tiene que ver es el de la probation, que es la suspensión del juicio a prueba… es el derecho que tiene el imputado a decir en determinado punto del juicio: paremos el proceso acá porque tengo que cumplir con algún tipo de servicio o de condiciones que me impongan”.

En tanto,  el diputado precisó que “el cuarto punto al que se dio lugar tiene que ver con la detención de la persona, manteniéndose el principio constitucional de que solo puede haber detención en caso judicial o en caso de delito flagrante”.

Más adelante, Del Plá no descartó recurrir a la Corte Suprema de Justicia, teniendo en cuenta que quedan pendientes aún puntos que “son atropellos a los derechos constitucionales”, como es el caso del derecho de la policía a requisar vehículos y personas.

Otro punto importante también –agregó- es el derecho de la víctima a presentarse como querellante en una causa.

http://www.saltaentrelineas.com/del-pla-sobre-la-inconstitucionalidad-de-la-reforma-al-codigo-procesal-penal/