Tiempo atrás la Asociación Pensamiento Penal se expresó en relación al proceso de reforma procesal penal que transita la Provincia de Río Negro y la necesidad imperiosa de la adecuación de las estructuras del Sistema Judicial. Específicamente, se remarcó la necesidad de dotar de autonomía a la defensa pública y abrir un debate legislativo que asegure que el Ministerio Público de Defensa sea ejercido con el máximo nivel de independencia y autonomía funcional respecto de su par requirente, sin interferencias ni presiones de ningún tipo.
La Procuración General de Río Negro ha presentado en la última reunión de la Comisión Interpoderes llevada a cabo el 9 de marzo de 2017, un anteproyecto de ley que modifica la actual ley del Ministerio Público de la cual no participaron los defensores públicos y de cuyo contenido ni siquiera fueron anoticiados institucionalmente. Dicho anteproyecto no sólo no es el resultado de una discusión democrática sino que además contraria abiertamente los estándares internacionales mínimos que garantizan un servicio público de la defensa acorde a las exigencias internacionales de acceso a justicia de los sectores más vulnerables.
Constituye objeto de preocupación para esta Asociación – en concordancia con lo manifestado por otras organizaciones prestigiosas y reconocidas en la materia como la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Ministerio Publico de la Defensa de la República Argentina (ADEPRA), el Consejo Federal de Defensores General y Asesores Tutelares de la República Argentina, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH)- que desde la Procuración General de Río Negro se resista la posibilidad de dotar de autonomía a la Defensa Pública, colocando a la provincia de Río Negro frente a la posibilidad concreta de asumir responsabilidad internacional, ante el abierto incumplimiento de las obligaciones internacionales relativas a la adecuación de sus instituciones internas a los estándares mínimos exigidos. Tal es el caso del ejercicio efectivo del derecho de defensa y de la garantía de la absoluta división de funciones entre acusación y defensa como requisito ineludible para asegurar un proceso acusatorio.
A su vez acrecienta notablemente la preocupación de esta Asociación el marco regresivo en que se inserta el anteproyecto de la Procuración General en tanto mantiene la unidad entre fiscales y defensores, elimina la garantía de que los sumarios a defensores sean sustanciados por la Defensoría General en contradicción con los estándares internacionales de independencia de operadores de justicia (CIDH), reduce el número de defensores penales a los que actualmente se prevén y multiplica la cantidad de fiscales sin ajustarse a las proporciones adecuadas a un proceso acusatorio en los sistemas comparados y no contempla cuerpos técnicos ni medios para la producción de prueba por la defensa.
Asimismo preocupa la concurrencia regular de la Procuradora a las reuniones de la Comisión Interpoderes para la reforma, en el seno de la legislatura rionegrina acompañada de fiscales sin dar participación a la Defensora General, entre otras acciones de las que hemos tomado conocimiento y han cercenado regresivamente el funcionamiento del Ministerio Publico de la Defensa a limites impensados por el legislador al sancionar la ley 4199 la cual se gestó como el marco de transición hacia modelos mas avanzados y progresistas que se instalarían en el futuro proceso acusatorio que idearon los legisladores de entonces.
Ese futuro es hoy y por ello propiciamos la autonomía de la Defensa Pública como un principio fundamental para garantizar el acceso a la Justicia y una efectiva y eficaz defensa de los derechos de los ciudadanos, especialmente los que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
La Asociación Pensamiento Penal Comahue insta a la legislatura provincial de Río Negro, legisladores que componen ese cuerpo, comisión Interpoderes para la reforma procesal penal y a todos los operadores que trabajan en la reforma aludida a abrir el debate sobre las leyes orgánicas de los ministerios públicos, oyendo debidamente y dando participación a los defensores y defensoras de la justicia provincial quienes se han expresado mediante el aporte de un anteproyecto de ley respetuoso de los estándares internacionales exigidos.