Muchas veces es por las malas, que aprendemos las cosas. Hace una semana aprendimos que los jueces no pueden ver el futuro. Digo por las malas porque tuvo que morir una mujer para que podamos comprender que las personas no podemos ver el futuro. Solo Dios sabe quién y cuándo va a delinquir; los mortales solo podemos hacer conjeturas basados en ciencias que no son exactas. Todo el mundo sabe que las personas se equivocan, sobretodo cuando tratamos con seres humanos y cuando la mitad de la biblioteca dice una cosa y la otra mitad dice otra. Se puede equivocar el medico en el diagnostico y también puede equivocarse el juez. Es cierto que en el caso de Wagner, el imputado del crimen de Micaela García (aún no podemos hablar de culpable, pues no ha habido condena que así lo declare) poseía dictámenes (que solo orientan al juez y no son obligatorios) en contra. Sin embargo, en ese mismo dictamen se aclara que es imposible determinar las posibilidades del comportamiento futuro, que la desaprobación se basa en un marco de conjeturas y con indices de probabilidad. Es decir, no hay ninguna certeza pero sí varias conjeturas que el juez decidió no elegir. Para eso, elaboró un fallo extenso donde aclara porque decide no tomar esas conjeturas.
Primeramente hay que tomar en cuenta que la persona tenía salidas transitorias desde 2015 , es decir que contó con numerosas posibilidades de cometer un crimen y sin embargo en ese periodo no lo hizo; es más consiguió trabajo, estableció una relación de pareja, tomó numerosos cursos en la Unidad Penitenciaria y cumplió con los requisitos del juez.
En segundo lugar cabe decir que la ley establece la libertad condicional y las salidas transitorias como un derecho de los penados y no como un regalo que puede hacerle el juez a los que se portan bien. Es un derecho para el cual hay que cumplir ciertos requisitos y que el juez Rossi entendió que Wagner cumplía. Wagner al día 274º de su libertad cometió (presuntamente) un crimen. Si se demuestra su culpabilidad, espero que pague y que se le revoquen los beneficios, pues se trata de alguien que ha renunciado a un derecho. Espero que lo que escribo no se entienda como machista o contrario a la lucha de la igualdad de genero, la cual apoyo. En este caso hablo de un juez y un preso, no importa si es hombre o mujer o si fue condenado por robo, estafa o asesinato. Pero es poco serio y carente de fundamentos condenar a un juez por haber cumplido con la Constitución Nacional, la ley y los tratados internacionales.
Me preocupa que se ataque a una corriente doctrinaria que tanto costó conseguir, una corriente que defiende los derechos y garantías de los ciudadanos, DE TODOS, no solo de los chicos y chicas bien. Más fácil sería derogar todos los permisos y derechos y meter a todo el mundo sospechoso en la cárcel. Pero la mano dura siempre termina mal. Toda la culpa no puede recaer en un solo hombre, la valoración positiva o negativa de la actividad del juez la hacemos en base a como otro hombre ejerce su libertad. Es decir, si se libera a una persona y ésta en ejercicio de su libertad decide matar, violar, robar el juez hizo mal su trabajo. Ilógico. Más cuando no estamos viendo las realidades del sistema penitenciario que se encuentra muy lejos de lo que nos legara Alberdi en el art. 18 de la Constitución Nacional “Las cárceles de la nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas”