La Asociación Pensamiento Penal manifiesta su profunda preocupación frente a la decisión de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral de impedirle el acceso al campus universitario a una persona privada de la libertad.
R.S., condenado por el delito de abuso sexual simple, se encontraba cursando el segundo año del profesorado en historia en ejercicio de salidas transitorias ordenadas por la justicia local. Y ante el reclamo de un sector de la comunidad universitaria, el Consejo Superior decidió vedarle el ingreso amparándose en que la vía adecuada era aplicar la ordenanza 194/2016 que reglamenta la educación de contextos de encierro.
Esta decisión se enfrenta con el régimen de progresividad de las penas –que procura la reintegración paulatina de los privados de la libertad al medio libre–, así como con la decisión de la jueza de ejecución que tiene a cargo el seguimiento del caso y que consideró que R.S. estaba en condiciones de salir transitoriamente de prisión con un fin útil, cual es el de continuar sus estudios.
Con todo, lo más relevante es que se contrapone con las conclusiones de otras experiencias que advierten que la peor política pública que se puede adoptar con personas acusadas por hechos de agresión sexual es la del “acorralamiento’’. Esto es, expulsarlos, señalarlos o cerrarle cualquier puerta que obstaculice su reingreso a la sociedad. Básicamente, porque lejos de concretar un beneficio para la comunidad, contribuye a marginarlos y, por tanto, a profundizar resentimientos que podría llevarlos a la reiteración delictiva.
Desde la Asociación Pensamiento Penal llamamos a las autoridades de la universidad a rever la decisión y a reintegrar a R.S. a la comunidad universitaria, en las condiciones previstas por la justicia de ejecución local.