Por 90 votos a favor, 10 en contra y 4 abstenciones, la Cámara aprobó la propuesta de Comisión Mixta relativa al proyecto sobre indulto general. De esta forma, el texto legal (boletín 7533) fue despachado del Congreso, pues ya había sido ratificado por el Senado.
El objetivo del proyecto, enviado por el Ejecutivo, es disminuir el hacinamiento carcelario y mejorar las condiciones de habitabilidad en los recintos penitenciarios, concediendo para tal fin un indulto general de carácter conmutativo a condenados por delitos menores, que incluye a mujeres que estén cumpliendo penas privativas de libertad y personas sujetas al beneficio de la salida controlada al medio libre o reclusión nocturna.
En ese sentido, la propuesta de la Comisión Mixta aprobada por ambas Cámaras establece la pena de extrañamiento para extranjeros que no cuenten, al momento de haber cometido el delito, con el permiso de permanencia definitiva. Asimismo, deben tener cumplido un tercio de la pena, cuando sea privación de libertad no superior a cinco años; la mitad de la pena cuando sea entre 5 y 10 años y tres cuartas partes de la pena si esta es superior a 10 años.
El indulto no se aplicará a condenados a presidio perpetuo y presidio perpetuo calificado.
Se establece además que deben solicitar el indulto en un plazo de 30 días desde la entrada en vigencia de esta ley. Los beneficiados tendrán prohibición de ingresar al país por un periodo de 10 años. Si regresan, deberán cumplir el saldo de la pena.
La expulsión de los extranjeros se llevará a cabo en un plazo de 150 días, contados desde la entrada en vigencia de la ley.
Beneficios del proyecto
El proyecto además favorece a las mujeres que se encuentren condenadas y privadas de libertad en la medida que hayan cumplido dos tercios de la pena -regla que se relaja un tanto respecto de las que son madres de niños de menos de dos años, caso en el cual el beneficio las alcanza aún si les faltan seis meses para el cumplimiento de ese mínimo- y siempre que hayan observado conducta sobresaliente durante los tres últimos bimestres.
Además, beneficia a los condenados que se encuentran bajo un régimen de permiso de salida controlada al medio libre, es decir personas que han dado pruebas de rehabilitación y reinserción porque solamente pernoctan en los establecimientos penitenciarios.
También favorece a los condenados que cumplen su pena bajo la modalidad de reclusión nocturna, o sea quienes están en libertad durante el día y solamente deben recluirse entre las 22.00 horas y hasta las 06.00 horas del día siguiente.
En el caso de los condenados por delitos sancionados en la Ley de Tránsito, como manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes, el indulto no alcanza a las penas accesorias de multa y cancelación o suspensión de la licencia de conducir.
Las tres modalidades descritas que darán derecho al indulto estarán sujetas a dos obligaciones: suscribir un compromiso de no volver a delinquir durante los cinco años siguientes a la concesión del indulto -si infringen esta obligación deberán cumplir de manera efectiva el saldo de la pena conmutada, sin perjuicio de la que corresponda por el nuevo crimen o simple delito- y someterse a un período de control y observación firmando una vez al mes en el Patronato de Reos o ante Gendarmería por el lapso correspondiente al doble del tiempo que les reste para el cumplimiento de su condena, con un máximo de tres años siguientes a la concesión del indulto.
Opiniones Tras la aprobación de la iniciativa, el diputado Marcelo Díaz (PS), sostuvo que este conjunto de proyectos aprobados (junto al que establece los trabajos comunitarios como pena alternativa) «van en la línea correcta de usar racionalmente la cárcel como una medida de castigo a quienes infringen delitos. Nos parece que tanto el indulto, que va a significar no sólo un ahorro, sino poner en libertad a un conjunto de personas que están en condiciones de reinsertarse socialmente, como la decisión de quitar la facultad al Seremi de Justicia de pronunciarse sobre la libertad condicional, van en la dirección de resolver la crisis penitenciaria del país».
Una opinión contraria tuvo el subjefe de bancada de la DC, René Saffirio, quien dijo que “desde un comienzo voté en contra de esta iniciativa ya que, además, se produce una invasión en las decisiones adoptadas por uno de los poderes del Estado, me refiero al poder judicial, que contando con todos los antecedentes y habiéndose ya recurrido a todas las etapas, ha emitido sus sentencias. En un Estado de Derecho, un órgano del Estado autónomo, como el Poder Judicial, es el encargado de este tema. Hoy el Presidente ha traslado esta responsabilidad al Congreso, al haber enviado un proyecto que, lamentablemente, ha sido aprobado hoy, pretendiendo sacar las castañas con la mano del gato”.
Fuente: http://www.camara.cl/prensa/noticias_detalle.aspx?prmid=48859