Cinco efectivos de la Policía que prestaban servicio en la Alcaidía cuando se desató la tragedia, fueron enviados a juicio de acuerdo con el dictamen de la Unidad Fiscal de Delitos Especiales.

Los fiscales Marcelo Sago y Miguel Mauvecín consideraron completa la investigación en torno a la responsabilidad inmediata por el hecho que se cobró la vida de cuatro adolescentes, e imputó a los uniformados por el delito de homicidio culposo agravado por la cantidad de víctimas fatales.
Los acusados son el sargento Primero Adrián Antonio Mansilla, de 49 años; el sargento Luis Alberto Leiva, de 46; el agente Carlos Daniel Leiva, de 39 años; el oficial Subinspector Juan Carlos Reyes, de 28, y la cabo Adriana del Valle Galván, de 32 años.
El 9 de setiembre de 2011, entre las 14.00 y las 15.00, los cinco policías estaban prestando servicios en la Alcaidía Policial, Anexo Menores, ubicada en la intersección de avenida Colón y calle Mendoza, en su carácter de integrantes de la guardia de 24 horas.
Según reza el dictamen acusatorio, “a consecuencia de su obrar negligente e imprudente por su incorrecto desempeño funcional, ya que no habrían efectuado ese día las requisas en los menores alojados, como tampoco en su lugar de alojamiento, lo cual permitió de esa manera que los mismos accedieran a un encendedor o algún otro tipo de elemento generador de llama o fuego”.
Al no haber prestado el auxilio necesario con la rapidez que la gravedad del evento exigía en el momento en que se detectó un incendio de magnitud en una de las celdas, se produjo la muerte por quemaduras y asfixia de los menores Franco Ezequiel Nieva, de 16 años; Nelson Alfredo Orlando Molas, de 17 años; Nelson Nahuel Fernández de 15 y Franco Alejandro Sosa de 15, quienes permanecían alojados por disposición de la Justicia de Menores en los calabozos de esa repartición policial.
Contradictorios
En su debido momento, todos y cada uno de los policías prestó declaración ante los fiscales y sentaron una posición exculpatoria, basada en que acudieron de inmediato a prestar el auxilio a los menores cuando se detectó el siniestro en la celda.
Los fiscales consideraron que las versiones, casi idénticas de los policías, tuvieron algunos desajustes, ya que algunos aseguraban que no existían motivos para que los menores inicien una protesta.
Pero por otro lado, surgió que al menos Molas y Sosa estaban disconformes, al punto tal que el principal Heredia, por ese entonces a cargo de la Alcaidía, informó la jueza de Menores Nº 2 sobre un enfrentamiento entre Molas y Nieva con otro menor interno el día anterior al trágico hecho.
Un acta refiere que los internos Molas y Nieva se habrían producido autolesiones, e incluso había advertido que iba prenderse fuego, según lo señaló la psicóloga María Verónica Sosa.
Por otro lado, señalan los fiscales que existe una contradicción en cuanto al horario de la requisa a los menores, ya que todos afirman haberlo hecho alrededor de las 7.00, pero los libros marcan que el procedimiento recién se hizo después de las 9.00.
“La desidia mostrada por la guardia muestra que hubo un lapso de dos horas en el que los menores tuvieron tiempo suficiente para ocultar los elementos flamígeros aptos para inciar el incendio”, sostienen los fiscales en torno al encendedor hallado en una de las celdas, que podría haber sido utilizado para dar inicio al fuego”, sintetiza el dictamen.
Pero más allá de las explicaciones que todos intentaron esgrimir para su defensa sobre el rol que cada uno desempeñó en el luctuoso evento, en el que todos aseguran haber acudido rápidamente en auxilio de los menores, los fiscales tomaron en consideración el testimonio del policía Leiva Mercado, quien no formaba parte de la guardia y estaba cumpliendo un arresto en la Alcaidía.
“Fue quien en solitario actuó directamente sobre la celda incendiada y rescató a los menores, lo cual además pudo ser corroborado con los exámenes médicos, y solo es Leiva Mercado quien presenta lesiones compatibles con quemaduras”.

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