La ADC impugnó la candidatura de Daniel Reposo, propuesto por el Poder Ejecutivo para el cargo de Procurador General de la Nación. No tiene antecedentes siquiera para ser fiscal de primera instancia y carece de la independencia debida y exigida por la Constitución Nacional. La ADC considera, además, que su nombramiento implicaría un grave retroceso en el proceso de relegitimación Poder Judicial iniciado en 2003. |
(Buenos Aires, 9 de mayo de 2012) – La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) impugnó ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la candidatura de Daniel Gustavo Reposo, propuesto por el Poder Ejecutivo de la Nación para ocupar el cargo de Procurador General de la Nación, por no reunir los requisitos mínimos establecidos por los Decretos N° 222/03 y 588/03 de los que se concluye que quien ocupe dicho cargo debe poseer habilidades excepcionales para cumplir con este cometido.
A lo largo de la presentación, la ADC (que puede descargar aquí) demuestra que Reposo no reúne las calidades exigidas para acceder a un cargo de tamaña envergadura. El análisis de su Currículum Vitae (que puede verse aquí) arroja que el candidato:
La ADC sostiene que de confirmarse la designación de Reposo constituiría un serio retroceso en el proceso de relegitimación Poder Judicialiniciado en 2003 con la renovación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, proceso concebido e implementado durante el gobierno del Presidente Néstor Kirchner. La postulación de un candidato carente por completo de idoneidad e independencia para uno de los cargos más importantes de nuestro sistema de justicia va a contramano de los esfuerzos realizados por rejerarquizar los estamentos más altos del sector judicial y de nuestro sistema político. Por otra parte, la ADC advierte que no fueron hechas públicas las declaraciones juradas de Reposo, previstas en el artículo 5º del Decreto N° 222/2003 con la finalidad de permitir la evaluación objetiva de la existencia de incompatibilidades o conflictos de intereses. En tal sentido, solicita que, si el Ministerio cuenta con esta documentación, se pueda acceder a ella en lo inmediato a efectos de actualizar o ampliar la fundamentación de esta impugnación.
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