Una cadena de desprolijidades, cuya responsabilidad recae en la conducción de la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia, terminó beneficiando a dos condenados a 10 años y 8 meses de prisión por un homicidio agravado.
Para conformar el tribunal de juicio se demoró casi dos años, conociéndose que todo el proceso no puede durar más de tres.
Después de ser juzgados y condenados, un juez del tribunal demoró más de lo permitido en emitir su voto. Al final, la Cámara sobreseyó a uno por vencimiento de plazo y al otro le cambió la calificación a tentativa de homicidio.
A partir del fallo que recientemente emitió la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia –cuyo tribunal fue integrado por los jueces Guillermo Müller, Daniel Pintos y Martín Montenovo– salieron a la luz una serie de desprolijidades que motivaron a los camaristas a efectuar “recomendaciones” a la Oficina Judicial.
En ese fallo, además, se absolvió a Jorge David Nieves, quien el 28 de octubre del año pasado fue condenado a la pena de 10 años y 8 meses de prisión como coautor del delito de homicidio agravado, en perjuicio de Juan Carlos Cárdenas, por el crimen ocurrido el 30 de marzo de 2009.
En síntesis, la absolución fue fundada a partir del vencimiento del plazo razonable que debe tener todo el proceso judicial, el cual nuestro Código Procesal Penal fija en 3 años.
Nieves no fue el único beneficiado, sino que también su consorte de causa: Martín Gustavo Almonacid, quien había recibido la misma pena de prisión por haber sido considerado coautor de aquel crimen.
De todas formas, en su caso, se cambió la calificación a tentativa de homicidio, cuya pena es muchísimo menor a la recibida en primera instancia y en una nueva audiencia se deberá resolver con cuántos años finalmente será castigado.

EL CASO Y LAS DEMORAS
El incidente que le costó la vida a Juan Carlos Cárdenas ocurrió el 30 de marzo de 2009 en una vivienda de calle Los Perales, en el barrio San Martín. Allí se estaba produciendo un robo cuando la víctima llegó y al ser frustrado, el hombre fue agredido a balazos.
La causa fue calificada como tentativa de robo en concurso con lesiones graves, aunque tras 18 días de agonía la víctima falleció y la calificación jurídica cambió a homicidio agravado.
Si bien al principio se identificaron cuatro sospechosos, a la instancia de juicio llegaron dos: Jorge David Nieves y Martín Gustavo Almonacid. Ellos fueron imputados en la audiencia de control de detención que se realizó el 27 de abril de 2009; casi 10 meses después, el 2 de febrero de 2010, se realizó la audiencia preliminar para elevar la causa a juicio oral y público, mientras que el debate se realizó el 17 de octubre de 2011. Es decir que la Oficina Judicial demoró 20 meses para conformar el tribunal colegiado y realizar el juicio.
En el debate participaron los jueces Mariano Nicosia, Mariel Suárez y Carina Estefanía, quienes resolvieron condenar a ambos a la pena de 10 años y 8 meses de prisión tras declararlos coautores del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego.
Sin embargo, rechazaron la prisión preventiva que solicitaron los acusadores y ordenaron la libertad hasta que el fallo quede firme. A esa altura de la circunstancias, quedaban 6 meses para que se cumpla el plazo total de duración del proceso.

fuente: http://www.elpatagonico.net/nota/155806-demoras-de-la-oficina-judicial-beneficiaron-a-dos-condenados/