Por José I. Cafferata Nores / Columna especial de Inecip
Desde la recuperación de la democracia hasta hoy, el Inecip ha producido y produce innumerable material escrito plasmado en libros, revistas y publicaciones de todo tipo y formato donde existe un espacio para debatir, provocar y proponer ideas alrededor de aquellos temas que han tenido y tienen relación con los objetivos que el instituto siempre se propuso y de los que nunca desistió: el fortalecimiento del Estado de Derecho y el compromiso irrestricto con las garantías de los individuos. En ese sentido, y esta vez en el espacio que compartimos con Comercio y Justicia, seleccionamos artículos escritos a lo largo de estos años, los cuales -por no haber perdido vigencia- juzgamos importante volver a publicar.
Es una realidad indiscutible en estos días que el juicio por jurados “esta de moda” (1). Un par de provincias lo ha incorporado a sus códigos procesales penales pero todavía no está vigente en ellas. Muchas otras cuentan con entusiastas proyectos en tal sentido. Y hasta la Nación promete el dictado de una ley de aplicación obligatoria en todo el país.
No es mi propósito en estas breves líneas ocuparme de cada legislación dictada o propuesta formulada. Sólo quiero hacer presente, en cambio, mi modesta crítica al método al que invariablemente se ha echado mano para conocer o difundir su funcionamiento: la “simulación” (2).
Ella consiste –con las lógicas variantes federales- en escenificar un jurado, compuesto por personas que verdaderamente no son tales, con la actuación de partes y órganos de prueba que tampoco lo son, siguiendo el libreto de un caso penal real o imaginario, para luego intercambiar opiniones sobre sus ventajas o defectos, poniendo así el nuevo sistema de juicio a consideración de la comunidad jurídica y del público en general del lugar.
Expreso, si se quiere, un “dolor cordobés”. Porque, a pesar de que en esta provincia existe desde 1991 un modelo de jurado escabinado restringido -en el que los jueces oficiales de carrera son mayoría sobre los ciudadanos comunes- y desde el año 2005 un nuevo modelo de jurado escabinado ampliado (3) -en el que los ciudadanos son mayoría sobre los jueces oficiales de carrera-, a ninguno de los entusiastas propulsores de la participación ciudadana en los tribunales penales se les ha ocurrido (al menos que yo sepa) visitar nuestros geográficamente cercanos tribunales para presenciar cómo funciona en la realidad un jurado “de verdad”, el único jurado en Argentina, que está tan “vivo” que lleva más de 200 juicios realizados (4). Y a partir de allí, con esa vivencia, quizás nutrir algunas de sus opiniones.
El sentido común parecería indicar que si un paleontólogo quiere especializarse en dinosaurios concurriría presuroso frente a la noticia sobre la existencia de un “dinosaurio vivo” y se quedaría cerca de él para estudiarlo, dejando para mucho después el examen de la mejor simulación informática sobre restos fósiles de dicho animal.
Pero los juradistas argentinos no son paleontólogos.
1. Nos tocó proponer y defender el modelo de jurado escabinado en la Convención que dictó la Constitución Provincial de Córdoba de 1987, que lo receptó en su art. 162.
2. Simular significa, según el diccionario, “representar una cosa, fingiendo o imitando lo que no es”. Habría sido más preciso llamarlo “simulacro”.
3. Me parece oportuno aclarar que nada tuve que ver con el proceso que llevó a la sanción de la ley N° 9182 que lo instituyó entre nosotros, por lo que debe descartarse cualquier intención de autoelogio en estas líneas.
4. Quizás sea correcta la crítica sobre que los cordobeses no hemos difundido debidamente nuestro jurado. Pero esto no descalifica nuestra crítica.
fuente: http://www.comercioyjusticia.com.ar/2012/06/19/jurados-simulados-y-dinosaurios-vivos/