Jueces y académicos podrían convertirse en cuasi legisladores
El legislador K Alejandro Amor presentó un proyecto para que la Legislatura cree una comisión encargada específicamente de elaborar un proyecto de ley de “Reforma, Actualización e Integración de la Normativa Procesal sobre Contravenciones y Faltas”. La iniciativa busca unificar toda la normativa que en algunos casos se superpone y establece procedimientos diferentes para situaciones similares. Jueces, académicos y legisladores tendrían a cargo la tarea.
La participación de jueces del fuero Penal, Contravencional y de Faltas y de funcionarios de la Agencia Gubernamental de Control de una reunión de la Comisión de Justicia de la Legislatura porteña dejó en evidencia las dificultades con las que se encuentran, tanto desde el Ejecutivo como desde el Poder Judicial, a la hora de tramitar contravenciones y faltas. Normativas que se superponen, procedimientos diversos para situaciones similares, y el abanico de criterios que esta variedad de normas procedimentales abre para los actores tanto de la justicia como de la administración quedaron expuestas en la reunión de la comisión de Justicia celebrada en mayo pasado, despertando el interés de modificar la legislación vigente.
Ante esta situación, el legislador del Frente para la Victoria Alejandro Amor presentó recientemente un proyecto de ley para que el Parlamento porteño cree una comisión especialmente destinada a la “elaboración del proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración de la Normativa Procesal sobre Contravenciones y Faltas”, la cual tendrá entre sus funciones el análisis de la normativa actual en materia de procedimientos, la reforma, unificación, compilación, actualización e integración de la legislación vigente.
En la iniciativa, el legislador K deja abierta la posibilidad para que esta comisión pueda presentar un proyecto que se incorpore al Código Procesal Penal de la Ciudad de Buenos Aires o que plantee “la puesta en vigencia de un Código Procesal de Contravenciones y Faltas, concentrándose, de ese modo, toda la normativa procesal existente en esa materia”.
“El sistema, no tan solo el de faltas sino también el de contravenciones, se encuentra diseminado en un conjunto de normativas que se superponen entre sí, y lo que es notorio con el propio Código Procesal Penal de la Ciudad de Buenos Aires. Superposiciones, que hasta crean para una misma cuestión procesal diversos criterios, que obedece a las sucesivas reformas que vienen produciéndose sobre la Ley
12-LCBA/98 ‘Ley de Procedimiento Contravencional’, como así a la referente al procedimiento de faltas expuesto por la ley 3956-LCBA/2011 –ahora suspendida su vigencia por ciento veinte (120) días por la ley 4128”, explica Amor en lo fundamentos de su proyecto.
La comisión que se propone crear para definir un proyecto de código procedimental unificado estaría integrada por 3 legisladores de la Ciudad (el presidente de la Comisión de Justicia, un vocal perteneciente a otro bloque, y el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales); 2 representantes del Poder Judicial porteño (1 miembro designado por el Tribunal Superior de Justicia y otro por el Consejo de la Magistratura); y 2 académicos designados por la Universidad de Buenos Aires. También se establece en el proyecto que se podrán contar con hasta 20 asesores, y se pone un plazo de 90 días para la presentación de un proyecto y su elevación a la Legislatura para su sanción.
El texto normativo producido por la comisión “poseerá carácter vinculante para la Legislatura, solamente podrá ser ampliado, pero en ningún caso tal actividad, salvo que el apartamiento se encuentre debidamente fundado, suprimirá o mermará el espíritu técnico-legal de la iniciativa”.
Si bien el diseño y creación de códigos procedimentales es una de las competencias legislativas, Alejandro Amor resaltó en los fundamentos del proyecto que crear una comisión para generar un proyecto de Código Procesal Contravencional y de Faltas “no debe percibirse entre nosotros como un menoscabo a nuestra función de legislar, todo lo contrario es dar intervención a quienes conocemos a priori elaboraran un proyecto de excelencia que permitirá la creación y puesta en marcha de un régimen de procedimientos más conveniente”.
“Desgastar nuestros esfuerzos tratando de buscar consensos para la modificación tan sólo de la ley 3956.LCABA/2011 es continuar con parciales enmiendas que quitan coherencia a la aplicación del derecho procesal penal, contravencional y de faltas, ‘emparchando’ y complicando aún más el servicio de justicia, dando herramientas desacordes, a la ingente, esforzada y esmerada tarea del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas”, concluye el proyecto presentado por el legislador K.
fuente: http://www.noticiasurbanas.com.ar/info_item.shtml?sh_itm=ceac9f4f9fe0b2a0c9d5f34c9de70526