SALTA.- En sesión de ayer del Concejo Deliberante, los ediles capitalinos aprobaron un Proyecto de Ordenanza presentado por la presidenta de la Comisión de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, Zulma Pedraza (FPMMS), que introduce un nuevo régimen de faltas y sanciones en materia de tránsito en la ciudad de Salta. Fijando así adhesiones totales, parciales y modificaciones al articulado de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24.449 y modificatorias.

Entre los cambios más importantes se destacan la incorporación del sistema de “scoring” para la licencia de conducir, la modificación del valor de la unidad fija de las multas y el establecimiento de la suficiencia del comprobante de seguro obligatorio para poder circular.

El Proyecto de Ordenanza aprobado consta, además, de cuatro anexos: el primero contiene el articulado en general y ordenado al que la ciudad de Salta ha adherido, estableciéndose en cada caso si se trata de una adhesión total, parcial o complementada de la norma nacional. Mediante el anexo segundo se implementa el régimen de infracciones y sanciones, con indicación, en cada caso, de la posibilidad de disminuir el monto de la multa por el pago voluntario y la disminución de puntos en el sistema de “scoring”. El Anexo tercero articula el nuevo Sistema de Puntos aplicables a la licencia nacional de conducir y, finalmente, el anexo cuarto del Proyecto contiene un cuadro con una síntesis de las infracciones y sanciones contempladas en la norma.

Respecto al sistema de puntos aplicable a la licencia de conducir, el artículo 1° del anexo tres dice: “A partir de la entrada en vigencia del presente régimen se otorgará a la licencia nacional de conducir, un saldo de veinte puntos, los que serán restados en forma gradual de la misma, para las sanciones que se encuentren firmes”.

En ese sentido, la concejal Zulma Pedraza explicó que “el sistema del scoring, será implementado, una vez que la autoridad de aplicación unifique el sistema de otorgamiento de licencias de conducir y establezca la adecuación del sistema informático para el control de esas transgresiones”.

El proyecto aprobado también dispone en el artículo 10° que “la posesión del comprobante de seguro obligatorio otorgado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el artículo 68 de la Ley Nº 24.449, sólo por el periodo indicado en su texto. La autoridad de comprobación y/o aplicación deberá verificar que los conductores posean dicho comprobante de seguro obligatorio y que el seguro se encuentre vigente en oportunidad de realizarse la constatación, acreditándose su vigencia y corroborando el periodo de cobertura que obre en el texto del comprobante”.

En cuanto al valor de las multas, el artículo 86 del anexo I establece: “El valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. En la sentencia el monto de la multa se determinará en cantidades UF, y se abonará su equivalente en dinero al momento de hacerse efectivo el pago”. La misma norma también aclara que las multas podrán ser determinadas en la reglamentación, desde un mínimo de 50 UF hasta un máximo de 5.000 UF y que a los fines de complementar el presente artículo, se establece que el precio de venta al público de 1 litro de nafta especial, es el menor que fija el Automóvil Club Argentino de la ciudad de Buenos Aires y no el de Salta como era hasta el momento, buscando de esta manera equidad, al ser el primero menor, cita DDN.

A partir de la promulgación de la Ordenanza, quedarán derogadas las siguientes normas: Ordenanzas 11.788 (Registro de Antecedentes); 12.105 (Código de Faltas y Multas) y 13.589 (texto ordenado de la Ordenanza N° 13538, de adhesión a la Ley Nacional 24.449). Además quedarán derogados los artículos 3, 24, 25 ,26 y 28 de la Ordenanza 13.538 que estipulan adhesiones a articulados de la ley nacional de los que finalmente quedamos excluidos. También resultarán derogados los artículos 32 y 34 de la Ordenanza 14.136 que fija el régimen de procedimiento que debe llevar a cabo el Tribunal de Faltas.

Finalmente, durante el tratamiento de la iniciativa, se realizaron algunas modificaciones al proyecto original referidas a la tonalidad de vidrios, así el artículo 30 de la Ordenanza en su inciso f) quedó redactado de la siguiente forma: “Los automotores deben tener los siguientes dispositivos mínimos de seguridad: f) Vidrios de seguridad o elementos transparentes similares, normalizados y con el grado de tonalidad adecuados, con el 75% la transmitancia lumínica en el caso de parabrisas y con el 70% en caso de que no sea parabrisas”.

La concejal Zulma Pedraza, autora del proyecto, dijo sólo ser la vocera que presenta “el trabajo en equipo que desarrolló la Comisión de Tránsito, comprometida profundamente con la política de Estado municipal, provincial y nacional de trabajar para dotar de las mejores normas en materia de tránsito a fin de bajar los índices alarmantes de morbilidad por causas evitables» y manifestó su agradecimiento a todos los integrantes de la Comisión de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial del CD, así como a la Secretaria General de la Municipalidad, Estela Soto, al Secretario de Tránsito Municipal, Carlos Caruso, al Presidente del Tribunal de Faltas, Ricardo Núñez y al Dr. Felipe Yannaduoni, coautor de la Ley Nacional N° 24.449, de Tránsito y Seguridad Vial, quien colaboró con la elaboración y mejoramiento del proyecto.

Pedraza también manifestó, acerca del alto valor de las multas, que “el Estado no pretende recaudar sino disuadir de que se cometan infracciones de tránsito”. “Las normas que están establecidas en el sistema no son de difícil cumplimiento: colocarse un casco, utilizar el cinturón de seguridad o no conducir sin el descanso adecuado, no son normas de difícil cumplimiento, son normas que pretenden resguardar nuestra vida y la de aquellos que tienen la suerte o la desgracia de cruzarse con nosotros», apuntó.

El Proyecto de Ordenanza contó con el apoyo mayoritario de los ediles, quienes coincidieron en la virtud de unificar el régimen de infracciones y sanciones en la materia y acabar con la gran dispersión y lagunas de normas que causan confusión en los ciudadanos.

 

fuente: http://www.elintransigente.com/notas/2012/7/12/aprobaron-regimen-contravenciones-sanciones-faltas-transito-salta-138566.asp