La provincia del Chaco ha sido precursora en el dictado de leyes destinadas a garantizar un Estado democrático de derecho.

Por ley 6.483 creó el Comité de Prevención de la Tortura y otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes, primero en su especie para dar cumplimiento a los compromisos internacionales adquiridos. La puesta en funcionamiento del organismo (autárquico y autónomo en el ejercicio de sus funciones, que no recibe instrucciones de los poderes públicos del Estado y cuyos miembros actúan ad honorem), constituyó un paso significativo para el fortalecimiento de la vigencia y cumplimiento de los derechos y garantías de las personas que se encuentran privadas de su libertad.

La Asociación Pensamiento Penal, como una organización fuertemente comprometida con la vigencia de los derechos fundamentales en el marco del sistema penal, observamos con preocupación las declaraciones del señor Gobernador del Chaco que, ante los desgraciados hechos que sucedieron en la Alcaídia de Resistencia (la muerte de la agente Yamila Gómez y el interno César De la Concepción, en confusas circunstancias), parece desconocer las funciones del Comité y los términos de su extenso informe, presentado al Poder Ejecutivo en 2013, en el que se advertía la delicada situación que atraviesan los Centros de Detención de la provincia.

El Comité contra la Tortura tiene por finalidad velar por el mejoramiento de las condiciones de detención de las personas privadas de libertad y reforzar la protección contra todo tipo de trato o penas prohibidas por la legislación local e internacional. También procurar la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, objetivo que viene cumpliendo en forma efectiva. Muestra de ello es el informe referido, que desconoció el señor Gobernador al manifestar que: “Tenemos un Instituto contra la Tortura, tenemos los DDHH, tenemos superestructuras, secretarías con diez cargos teóricamente de gabinete y subsecretarias; pero lo único de lo que nos ocupamos es de ver que le pasa al preso, que eso está bien porque este debe conservar su dignidad dentro de la cárcel pero ocupémonos también de la seguridad de los que cuidan a estos homicidas”(www.diariochaco.com del 21/2/2014).
Sin perjuicio de las extensas recomendaciones que efectuó el Comité contra la Tortura al Ejecutivo provincial, nos interesa rescatar la siguiente: ”Se implemente una profunda reforma del sistema penitenciario de carácter democrática y participativa teniendo como presupuesto principal el fin constitucional de la Ejecución Penal. Ello implicará la reestructuración del Sistema Penitenciario Provincial concebida en la actualidad mas como fuerza de seguridad que como institución definida y pensada para resocializar a los condenados….”.

En este contexto, es preocupante que el primer mandatario provincial endilgue omisiones y/o responsabilidades al Comité contra la Tortura u otros organismos de Derechos Humanos por los hechos ocurridos en la Alcaidía de Resistencia. Es responsabilidad del señor Gobernador, en su carácter de titular del Poder Ejecutivo y jefe de la administración, la conducción político-institucional del sistema provincial de seguridad pública, debiendo coordinar el ejercicio de las funciones de los componentes del sistema provincial de seguridad pública, entre los que se encuentra el Servicio Penitenciario y de Readaptación Social de la Provincia (S.P.P.), de acuerdo a lo que establece la Ley de Seguridad Pública 6.976.

27 de febrero de 2014