Por ocho votos contra cuatro, el último plenario del Consejo de la Magistratura decidió iniciar jury al juez Axel López, por seis acusaciones que, curiosamente, el mismo Consejo había desestimado dos años atrás por otro caso, pero bajo las mismas circunstancias y las mismas acusaciones: el haber pasado a libertad condicional a un detenido que luego cometió un homicidio. En ambos casos, el detenido tenía antecedentes de violación, y en ambos casos, las libertades fueron aceptadas previamente por la fiscalía actuante al no apelar la medida (que en términos judiciales implica aceptación). La denuncia no fue aplicada contra los fiscales actuantes, entre otros que participaron en la decisión de la condicional. Los ocho votos a favor surgieron del oficialismo (5), incluyendo al secretario de Justicia, Julián Alvarez, y de la oposición (3), incluyendo al abogado Alejandro Fargosi, cuya postulación al CM la logró en base a una lista de firmas entre las que figuraban apellidos como Martínez de Hoz, Grondona y Aramburu.

El jury fue iniciado por la libertad condicional que dispuso el juez de Ejecución Axel López luego del pedido del detenido Juan Ernesto Cabeza, alojado en el penal de Resistencia, Chaco. Tras la condicional, Cabeza, que ya venía trabajando como remisero desde hacía cuatro años por las salidas transitorias oportunamente otorgadas, el 20 de octubre de 2012 atacó, violó y asfixió a Tatiana Kolodziey. Las denuncias –el Consejo dio cabida a seis– reproducían en el mismo tono y el mismo enunciado a las del caso Soledad Bargna, en la que un preso que recibió la condicional dispuesta por López intentó violar y mató a la joven, denuncias que en su momento el mismo CM había rechazado para tratar un jury. Ahora, por el caso Kolodziey, la misma acusación avanzó.

A Axel López lo acusaron de apartarse del dictamen del perito, dictamen que, para mejor detalle, no es vinculante al fallo de un juez a menos que el responsable del delito haya sido encontrado inimputable, cuestión que no ocurrió con Cabeza, quien fue condenado y como tal debía acceder por derecho y cumpliendo ciertos requisitos al régimen de libertad progresiva que marca la Ley 24.660.

Básicamente, la acusación se apoya en uno de los seis expedientes (el 241/13), que prácticamente transcribe la denuncia presentada por las Madres del Dolor y casi calcada del mismo Alejandro Fargosi. Esa denuncia en términos sanguíneos sostiene que “…no sólo el juez López desconoció un informe forense, sino que desconoce el texto expreso de la ley. Se da en el caso un grosero, supino y palmario desconocimiento del derecho vigente por parte del magistrado, causal de mal desempeño en sus funciones, por lo que solicitamos su remoción por juicio político”. Y ofrece como prueba que la Ley 24.660 no permite la libertad condicional a (entre otros casos) quien estuviera condenado por delitos contra la integridad sexual de los que resultare la muerte de la víctima.

Ocurre que al momento de la libertad condicional, Cabeza no tenía como antecedentes la violación seguida de muerte.

En junio pasado, el CELS, la Comisión Provincial por la Memoria, la Asociación Pensamiento Penal, la Asociación Argentina de Profesores de Derecho Penal y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales mostraron su profunda preocupación por el “avance de este proceso disciplinario contra un juez que aplicó las disposiciones contenidas en la Ley de Ejecución Penal 24.660”. El representante de APP, Mario Juliano, dijo en aquella oportunidad a Página/12, “si Axel López debe enfrentar un jury, la Justicia Penal tiene que desaparecer”.

La votación fue dispuesta por dos tercios de los presentes, el mínimo que exige el reglamento. El plenario tenía tres dictámenes: el del abogado Daniel Ostropolsky, sanción pecuniaria; el del juez Ricardo Recondo, apercibimiento; y el del secretario de Justicia, Julián Alvarez, jury. Ganó éste, con su voto, además de los de Eduardo De Pedro, Marcelo Fuentes, Ada Iturrez y Carlos Moreno (todos del FpV), el mentado Fargosi (PRO) y los radicales Eduardo Aguad y Mario Cimadevilla. En contra, Ostropolsky y los jueces Recondo, Alejandro Sánchez Freytes y Mario Fera. La academia (Manuel Urriza) estuvo ausente.

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-259300-2014-11-07.html