El Poder Ejecutivo impulsará juicios inmediatos por delitos de flagrancia con una propuesta que remitirá a la Legislatura para que sea considerada en la reforma del Código Procesal Penal, que está en debate, y para que en un mínimo de 5 y un máximo de 15 días tengan sentencias. Eso implicará a su vez no tener causas abiertas y que los condenados aparezcan en el registro de antecedentes delictivos.

 

“Esto evitará famosa la puerta giratoria por la cual se entra por un lado y se sale por otro muy rápidamente”, afirmó ayer por el gobernador Jorge Capitanich en una conferencia de prensa junto al ministro de Gobierno Juan Manuel Pedrini, el secretario de Seguridad Javier Oteo y Jorge Alcántara, presidente del Instituto de Derecho Penal del Colegio de Abogados de Resistencia.
Este tipo de juzgamiento oral inmediato a la comisión de delitos flagrantes ya se realiza en las provincias de Buenos Aires, Misiones, La Rioja. Hay dos alternativas para avanzar en este tipo de juicios para delitos de que tienen penas de hasta ocho años de prisión: ser considerado en el debate de la reforma integral del Código Procesal Penal o con una reforma parcial.
Más prevención
El gobernador afirmó que una alternativa procesal de este tipo “generará una mayor condición de seguridad pública porque la percepción social será que quien comete delito tiene rápida condena” y evitará “la morosidad en los procedimientos y en el juzgamiento de las causas correspondientes. Nosotros observamos que esta es una de las demandas más importantes de la sociedad”.
“Se habla muchas veces del impacto del narcotráfico o el consumo de estupefacientes. Nosotros definimos una estrategia para combatir dealers o distribuidores de estupefacientes. Hemos trabajado para desbaratar centros de distribución pero luego de la detención casi automáticamente quedan libres, sin ningún tipo de condenas y sin ser parte del registro de antecedentes”, remarcó. Por ello sostuvo que el esfuerzo que hace el Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Seguridad y la Policía “no tiene aplicabilidad en la normativa vigente y las acciones quedan sin el correlato sancionatorio. Así, entonces, quien comete un delito de robo a mano armada está en libertad a las 48 horas y puede cometer nuevos y sucesivos hechos”.
Con esto se pretende “más celeridad en los procesos” y generar las condiciones de seguridad pública, principalmente desde el punto de vista de la reincidencia”. Como ejemplo dijo que en casos en que existen arrebatos o robos “no se registran antecedentes precisamente porque no hay sentencia y al no tener antecedentes las personas aprehendidas por la Policía y detenidas por 48 o 72 horas, y se los libera”. A su vez, Alcántara señaló que este tipo de juicios no requieren de cambios en la estructura de la justicia provincial y marcó que el rumbo en el juzgamiento está basado en la inmediatez, como sucede en otros lugares del país, aun en otro tipo de juicios y aunque los jueces dispongan de varios días para dar a conocer luego el fundamento de los fallos.