No hay nada mejor para medir la distancia entre discurso y realidad, que todo aquello relacionado con el tratamiento que debe dárseles a quienes han violado la ley penal. Es sorprendente ver cómo los que en la academia defienden todos los principios del garantismo penal, de las garantías procesales y de la independencia judicial, cuando llegan a un cargo público o cuando dirigen la opinión desde algún medio, cambian radicalmente sus posiciones.

El reciente permiso que un Juez de la República le concedió a Manuel Nule para asistir a la Primera Comunión de su hijo, ha sacado temporalmente al procesado de la cárcel de la Picota y, paradójicamente, ha puesto al Juez en la picota pública.

Todos a una, como en Fuenteovejuna, le han caído a palos al Juez por haber dado semejante permiso. Oí a un parlamentario, de esos que posan de garantistas y de avanzada, señalar que el permiso no procedía porque se trataba de un acontecimiento religioso y el Estado es laico. Y de paso propuso reformar el Código para suprimir esa facultad de los jueces.

Otros se quejan del costo que significa el traslado del preso al sitio de la ceremonia y muchos más simplemente dicen que han debido negárselo para “castigarlo” por la gravedad de su delincuencia, por no colaborar con la justicia y por haberse peleado recientemente con alguno de sus primos.

La verdad es que el Código Penitenciario y Carcelario consagra que los jueces o incluso los directores de las cárceles, cuando se trate de condenados, pueden concederles permisos hasta de 24 horas, más las distancias,  “(…) siempre que se produzca un acontecimiento de particular importancia en la vida del interno”.

En ese contexto normativo, el Juez debe valorar la importancia del acontecimiento, desde el punto de vista de la vida del interno. De sus creencias y de sus valores. No de los del Juez, ni de los medios de comunicación y menos aún desde el laicismo o del ateísmo de algunos.

La Corte Suprema tiene precedentes en los que ha concedido permisos a condenados, para ir al matrimonio de sus hijas o al funeral de algún familiar. E igual, en ocasiones los ha negado. La decisión es discrecional, aunque debe ser razonable.

A nadie debería escandalizar la concesión de esos permisos. Muchos de los detenidos lo están preventivamente, es decir, no están condenados mediante sentencia en firme. Si fuéramos un país civilizado, ni deberían estar privados de la libertad.

Y aun tratándose de condenados, si bien es cierto son personas que violaron la ley, no por ello han dejado de ser humanas o sujetos de derechos. Agregar aflicciones a la privación de la libertad en aras de una pretendida severidad, tiene más que ver con la venganza que con la justicia. En Colombia, la ley define el penitenciario, como un tratamiento terapéutico para corregir un anómalo social. Y en ese propósito, tener consideraciones mínimamente humanas con los presos, no tiene nada de extraordinario, ni de sospechoso.

De algo debería servir el ejemplo de Andrés Felipe Arias, que de pedir mano dura como Ministro, ha pasado a pedir clemencia como procesado.

@Quinternatte

 

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