Me parece oportuno aprovechar la ocasión de esta semana del estudiante que está terminando para aclarar algunas cuestiones que no están del todo resueltas en nuestra sociedad en cuanto al consumo excesivo de alcohol, no solo en nuestros adolescentes sino también de adultos, pues nadie en su sano juicio se atrevería a expresar que el consumo excesivo de alcohol no produce efectos nocivos para la salud de los seres humanos.
Ahora bien, nuestra provincia, teniendo en cuenta esta problemática de consumo excesivo de alcohol (se puede ver bastante los fines de semana) y en miras a priorizar la salud de los miembros de nuestra comunidad, sancionó en el 2006 la Ley 5.191 que en su artículo primero ha declarado de interés provincial y política de Estado la lucha contra el consumo excesivo de alcohol y otras adicciones en el contexto normativo de la Ley Nacional 24.788 de Lucha contra el Alcoholismo y de la Ley 23.737 (Régimen Penal de Estupefacientes), ambas de orden público (esto quiere decir que tienen validez en todo el territorio de la Nación), así como el de la Ley Provincial 4.563 por la cual Catamarca adhirió a la Ley Nacional 23.358 de Prevención de la Drogadicción.
En lo personal, entiendo que la mencionada ley constituye un instrumento más que importante, en cuanto regula de un modo claro las pautas que habrán de tenerse en cuenta para no caer en violación de esta legislación vigente.
¿Y cuáles son las prohibiciones, responsabilidades y obligaciones que la ley prescribe y que deben cumplirse?
Bien, expliquemos cada una de ellas.
Como punto de partida, debemos tener muy presente que la norma que se explica prohíbe de un modo categórico la venta y consumo de bebidas alcohólicas, en todo el territorio provincial a personas menores de 18 años de edad, en todo tipo de local, establecimiento o lugar, fijo o móvil, en el cual se suministren tales bebidas a cualquier título, en cualquier horario y tipo de comercio, incluyendo la prohibición de consumo aún cuando la venta o suministro no se hubiere producido en los mismos.
Como se podrá advertir, la venta y consumo de bebidas alcohólicas por parte de personas menores de 18 años no resiste el mínimo análisis, está terminantemente prohibido; no hay excepciones a esta obligación.
Pero esto no es todo, continuemos.
La Ley 5.191 también prohíbe además, en todo el territorio de la provincia de Catamarca, la venta de bebidas alcohólicas a toda persona, aún a mayores de 18 años, en el horario de 23.00 a 8.00, excluyendo de esta prohibición solo a los mayores de edad y para consumo por ejemplo en bares y casas de comida, ambos con servicio de salón, restaurantes con o sin espectáculo o baile, salones de fiesta, pistas de baile, peñas, discotecas, boites y confiterías bailables. No obstante, en este último permiso excepcional (y que no se confunda solo para personas mayores de edad), la ley aclara que la venta de bebidas alcohólicas deberá cesar una hora antes del cierre de estos locales.
Entonces si está demasiado claro en la ley ¿por qué tantos adolescentes embriagados los fines de semana en las calles de nuestra ciudad? ¿Qué es lo que falla? ¿La falta de control o el desconocimiento de la norma? ¿Tal vez la irresponsabilidad de la sociedad?
Considero que todos los adolescentes tienen el derecho a divertirse, sin embargo, que en este grupo etario exista consumo excesivo de alcohol no es un problema de los adolescentes, sino de adultos inescrupulosos que apañan o lucran con los jóvenes; caso contrario ¿cómo obtienen el alcohol?
Sí, la respuesta a este interrogante está rodeada de hipocresía.
Igualmente, y en esto quiero poner un fuerte resalto, la ley prohíbe sin límite de horario y de edad, el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública (veredas, plazas, paseos, interior de vehículos), en el interior de estadios u otros sitios en los que se realicen eventos deportivos, políticos, educativos, culturales o artísticos así como en un radio de 300 metros en torno a dichos lugares.
Como se podrá claramente observar, está prohibido para cualquier ciudadano (adultos y adolescentes) beber en la vía pública, simplemente no se puede y solo eso.
Por supuesto que en estos casos jugará un papel preponderante el control llevado a cabo por parte de las autoridades estatales, pero también es fundamental (y quizás más importante aún) la asunción de conciencia por parte de quienes comercian y consumen alcohol, ergo de lo contrario caemos nuevamente en la insensatez de los reclamos. Veamos.
Muchos nos quejamos a diario de los jóvenes que los fines de semana producen desmanes debido al consumo excesivo de alcohol.
En efecto, por el consumo excesivo de alcohol los jóvenes pueden poner en riesgo no solo su propia vida y salud sino también de los demás miembros de la comunidad. Así, un adolescente alcoholizado puede sufrir una grave intoxicación o coma alcohólico y terminar en un hospital, de hecho sucede y demasiado. Igualmente, un adolescente alcoholizado puede en ese estado de irritabilidad, agresión, intolerancia, euforización, producir daños en los bienes e incluso en la integridad física de las personas, ya sea a través de peleas entre barras que pueden terminar, y de hecho ocurre con jóvenes, apuñalados, baleados, etc.
Pero ante este panorama debo necesariamente preguntarme (quizás del mismo modo que lo harán muchas personas) si hoy existen adolescentes embriagados en nuestras calles y con las consecuencias antes referenciadas ¿es culpa de los adolescentes o de los adultos que apañan y lucran con los jóvenes? Creo que la respuesta surge por sí misma.
Comenzar a tomar conciencia y cumplir con lo que las leyes nos piden de un modo claro que cumplamos, no solo los poderes del Estado a través de los organismos públicos competentes sino especialmente por parte de toda la sociedad, no es solo un buen presagio de un mundo adolescente sano y protegido, sino también de una sociedad responsable y comprometida seriamente con su futuro.

 

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