El Poder Ejecutivo envió un veto parcial al proyecto de Ley Nº 5357 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia por considerarse que muchos de sus artículos eran inconstitucionales, entre otras cosas.
La principal observación realizada en este sentido se remite al “Título X”, del cual se expresa que algunas disposiciones allí incluidas son contrarias a lo que marcan los tratados internacionales, constituciones nacionales y provinciales y otras leyes.
En cuanto a los artículos que mencionan la creación de un fuero especializado de niñez, no se especifican las competencias pertenecientes tanto a los nuevos fiscales de la niñez como a los defensores oficiales ni a los juzgados de Garantías.

Patronatos

De acuerdo con el Ejecutivo, la previsión de la competencia contravencional expresa en el artículo 95 apartado b), deja abierta la puerta a la judicialización, contrariando el espíritu inicial de la ley, ya que en situaciones que no llegan a ser delito, se sigue permitiendo la intromisión de la autoridad judicial. Este modelo de Patronato contraría normas de mayor jerarquía, como la convención internacional de los derechos del niño.
Además, se indica en el decreto del veto que otras normas invierten el principio de atracción que recomienda que en la investigación de un hecho presuntamente delictivo cometido por menores y mayores conjuntamente, quien debería instruir sería la Justicia de Niñez y Adolescencia.

Protección especial

Otro de los errores en los que incurría el proyecto de ley indicaba que las normas que regulan la investigación penal preparatoria en causas en las que se investiga la participación de menores, tendrían un régimen igual o hasta más gravoso que el previsto para los adultos, desconociendo que por su condición biológica de desarrollo merecen una protección especial.
Finalmente, se habla de facultades indebidamente concedidas a la Fiscalía General ante discordancias de opiniones respecto a las competencias, como también se hace alusión a erróneas restricciones de la libertad por simples casos de incomparecencia.
El instrumento legal fue devuelto hacia la cámara legislativa con los vetos del “Título X”, en los artículos que van desde el 92 hasta el 133, y el “Título XII”, en su artículo 137.

Reinserción

El ministro de Desarrollo Social, Oscar Pfeiffer, argumentó algunas de las razones por las que se vetaron artículos de la ley: “Se volvía al patronato, se volvía a lo anterior, los niños no tenían la protección que corresponde”.
Específicamente, el funcionario manifestó que “hay un montón de artículos que contradecían la ley”. “En los casos de niños judicializados menores de 18 años éstos han pasado al ámbito de Desarrollo Social, como gobierno tenemos que reinsertar a los chicos en la sociedad y debemos trabajar fuertemente porque no es cuestión de encerrarlos y se terminó el problema”, enfatizó Pfeiffer.
Finalmente, el ministro expresó que “todos somos culpables de esta marginalidad y de estos chicos que no tienen ningún futuro; lo que no hagamos por esos chicos de la calle, después nos arrepentimos y lo pagamos todos”.

 

fuente http://www.elesquiu.com/notas/2012/7/31/policiales-249092.asp