Declaración del “Comité Provincial De Prevención De La Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes” respecto a la represión ocurrida el 07 de mayo de 2014:

“Nuevamente, ante la represión llevada a cabo en la mañana de hoy, 07 de mayo de 2014, el Comité Provincial De Prevención De La Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes (C.P.T.Ch) declara OFENSIVOS, ABUSIVOS Y VIOLATORIOS DE LA LEY los hechos ocurridos.

La represión, que nuevamente planeó y ordenó el Poder Ejecutivo y ejecutó la Policía de la Provincia del Chaco en la Plaza 25 de Mayo de la ciudad de Resistencia, hizo tabla rasa con todos los Protocolos de Actuación a los cuales la Provincia suscribe (Protocolos de Naciones Unidas, “Protocolo Garré” – Decreto 989/12) y demás Protocolos que están incorporados a la Ley de Seguridad de la Provincia del Chaco, a la Ley de Seguridad Nacional y a la Constitución Nacional.

Estos Protocolos hacen al Principio de Racionalidad, al Principio de Oportunidad y al uso de la Fuerza Pública, ante lo cual el Poder Ejecutivo hizo caso omiso y puso en marcha, una vez más, la represión.

El Dr. Mario Bosch, el Sr. Juan Carlos Goya y el Diputado Néstor Sotelo, los tres Miembros del C.P.T.Ch, acompañados por los Secretarios Dr. Nelson Viera y Contador Gustavo Gómez, se hicieron presentes en la Comisaría Seccional 2ª, lugar donde estaban dos personas detenidas por la policía en la manifestación, reclamando al Fiscal actuante que finalizara la indefinición legal en la que se encontraban por que no sabían informar cual era la situación jurídica de los detenidos.

Luego se acercaron al lugar de los hechos (Plaza 25 de Mayo, Casa de La Memoria y alrededores) para colaborar y velar por la paz social y el derecho efectivo de manifestarse y peticionar a las autoridades.

Existiendo fallos de la Cámara Nacional de Casación (máximo organismo en materia penal del país), en consonancia con la Doctrina del Foro Público, las Leyes no están sujetas a la interpretación arbitraria de un Gobernador ni de ningún funcionario público. Es decir que quien corta una calle o una ruta, en el ejercicio de sus derechos a peticionar, no comete delito.

Algunas de las Normas Jurídicas, o pasos a seguir, son:

– se deben buscar caminos alternativos de circulación para el tránsito

– se debe iniciar una negociación

– la negociación tiene que estar a cargo de un funcionario político

– la negociación no puede estar a cargo de las personas que dirigen
el operativo

– la negociación debe llevarse a delante con tiempos razonables

– se debe evitar el uso de armas de fuego

– se debe evitar el uso de balas de goma

– las balas de goma solamente pueden ser utilizadas de modo defensivo pero nunca para dispersar una manifestación

– se debe evitar el uso de gases lacrimógenos

– se debe tener especial consideración con los grupos vulnerables (niños, discapacitados, mujeres y ancianos).

Demás está aclarar que la base de los Protocolos es la voluntad de no reprimir.

El Comité Provincial De Prevención De La Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes condena el incumplimiento de los Protocolos establecidos, y condena la represión llevada a cabo en el día de la fecha, porque la ruptura de la legalidad es el comienzo de la tortura”.

 

http://www.chacodiapordia.com/politica/noticia/86638/%E2%80%9Cla-represion-hizo-tabla-rasa-con-todos-los-protocolos-de-actuacion%E2%80%9D