Así lo consideró el juez del Tribunal Criminal de Necochea, Mario Juliano. El magistrado mostró su apoyo a la modificación del Código de Faltas del Chaco al señalar que hay artículos en los cuales se criminaliza a los sectores más vulnerables.

El Juez del Tribunal Criminal de Necochea y presidente de la Asociación Pensamiento Penal, Mario Juliano, ratificó su apoyo para la derogación de los artículos 62, 64, 65 y 66 del Código de Faltas del Chaco que apuntan principalmente a penalizar aquellos actos que están reñidos con “la moral” y “las buenas costumbres”. Juliano consideró que mientras no afecten a terceros, dichas cuestiones están reservadas a la intimidad de las personas. Sostuvo que se debe apuntar a un Código de Convivencia para la integración de la ciudadanía.

“En este caso se trata de cuatro normas que sancionan supuestas faltas contra la moral y las buenas costumbres. Básicamente están orientadas a sancionar la decencia y algunas condiciones morales que nosotros entendemos que son cuestiones que se encuentran absolutamente reservadas a la intimidad de cada persona, como es la forma de comportarse y actuar en la vía pública, en tanto y en cuanto no haya ofensa a terceros que es lo que exige la Constitución”, indicó Juliano en diálogo con RADIO CIUDAD.

“Este no es un problema del código chaqueño sino que es una matriz que responde al derecho contravencional en nuestro país”, comentó el magistrado. “En las mayorías de las provincias existen normas de este tipo que están direccionadas a un sector de la ciudadanía que son los más vulnerables, personas que normalmente responden a un estereotipo al cual se orientan la acción judicial. Estas personas son las que menos posibilidades tienen de hacer valer sus derechos y defenderse”, sostuvo.

Las modificaciones.

Cabe recordar que el artículo 62 del Código de Faltas del Chaco prevé sanción de arresto de hasta 30 días o multa equivalente en efectivo de hasta cinco remuneraciones mensuales, mínimas, vital y móvil: a) el que sin estar comprendido en la incriminación del art. 129 del Código Penal, con actos o palabras torpes ofenda la decencia pública; y b) el que inoportune a otras personas en lugar público o accesible al público, en forma ofensiva al pudor y al decoro personal.

En tanto, el artículo 64 contempla sanción de arresto de hasta 60 días o multa equivalente en efectivo de hasta 10 remuneraciones mensuales, mínima, vital y móvil, el administrador, empresario, organizador o responsable de reuniones o espectáculos, sean en locales abiertos o cerrados, que permitan que los asistentes adopten actitudes reñidas con la moral y las buenas costumbres.

Por su parte, el artículo 65 establece que será sancionada con arresto de hasta 30 días o multa equivalente en efectivo de hasta cinco remuneraciones mensuales, mínima, vital y móvil, la persona de uno u otro sexo que públicamente o desde un lugar privado, pero con trascendencia al público, se ofrezca y provoque escándalo con fines sexuales.

El artículo 66, en tanto, dispone que serán sancionados con arresto de hasta 30 días o multa equivalente en efectivo de hasta cinco remuneraciones mensuales, mínima, vital y móvil, quienes ejerciendo la prostitución se ofrecieren o incitaren públicamente, molestando a las personas o provocando escándalo.

Para Juliano, la existencia de estos artículos abre un amplio margen de discrecionalidad para el accionar policial. “La actuación de la policía, a la cual respetamos, no puede manejarse en un ámbito de arbitrariedad deteniendo a personas de manera indiscriminada. El artículo 18 de la Constitución es muy claro cuando dice que las personas sólo pueden ser detenidas por orden de un juez, salvo circunstancias graves o excepcionales que hagan escindir de la norma judicial”, indicó.

“Normas de esta naturaleza son las que autorizan aquí en el Chaco y en el resto de las provincias a detener a cientos de personas jóvenes, fundamentalmente y restringirlo de derchos fundamentales”, dijo Juliano. Y añadió: “A lo que nosotros apuntamos es a una sociedad pluralista donde podamos convivir con las personas diferentes. Lamentablemente modelos contravencionales de este tipo son los que rigen en todo el país”.

“Nievas está confundido”.

Consultado por las declaraciones del diputado justicialista, Martín Nievas, quien señaló que era innecesario quitar términos como moral y buenas costumbres del Código de Faltas, Juliano aseguró que el legislador está “profundamente equivocado”. “No existe posibilidad democrática para que el Estado nos pueda imponer la moral y las buenas costumbres. La moral y las buenas costumbres son aspectos reservados a cada individuo”.

“Es absolutamente incomprensible que desde el Estado se quiera imponer cuál es la forma de comportarnos, cuales pueden ser nuestras preferencias sexuales y nuestros modos de relacionarnos con el resto de las personas. El diputado Nievas tiene una gran confusión acerca de un tema que está absolutamente resuelto. Lo cual no quiere decir que desde el Estado deba promoverse un comportamiento civilizado para que no nos agredamos entre las personas pero de ninguna manera el Estado nos puede imponer la forma de ser”, sostuvo.

“Impulsamos y estamos promoviendo los Códigos de Convivencia que apunten a un concepto diferente de seguridad pública”, comentó Juliano. “Es decir: no al concepto de seguridad focalizado a la persecución de personas sospechosas, de personas hacia las cuales el Estado se comporta como si se tratara de verdaderos enemigos. Pensamos en un modelo de código para la convivencia y para la integración y que realmente la policía sea el custodio de los derechos de todos los ciudadanos, no de una parte de la sociedad. De todos los ciudadanos y fundamentalmente de aquellos que tienen menos posibilidad de defenderse”, afirmó.

“El Código de Faltas tiene que estar orientado a la convivencia ciudadana. Y tratar de incorporar en los Códigos algunos bienes jurídicos que hasta el momento han estado ausente y que serían muy interesante en provincias como el Chaco como es la protección del medio ambiente. Creemos que el Código de Faltas puede ser una vía idónea para controlar algunas situaciones que se presentan en esta materia”, señaló el Juez.

 

fuente: http://www.chacodiapordia.com/noticia.php?n=66032#.T-SMPMqAMmQ.email