COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL  Y AREA DE POLÍTICAS PENITENCIARIAS

En razón de los acontecimientos de público conocimiento y las medidas sanitarias adoptadas por el Gobierno Nacional, APP considera oportuno expedirse respecto a la situación de las personas privadas de su libertad.

Primeramente, debemos tener presente que el día 11 del corriente la OMS declaró al COVID-19 (Coronavirus) como pandemia, por tanto, es fundamental compatibilizar medidas preventivas con el funcionamiento del sistema penitenciario.

APP sugiere:

–      Comprender que la declaración de COVID-19 como pandemia es un agravante más de la emergencia penitenciaria pre existente en el sistema carcelario nacional y que implica no sólo riesgo de afección física sino también de crisis psicosocial. El miedo y la angustia que genera esta nueva situación global se potencia en instituciones totales y a modo de prevención la mejor opción es comunicar e informar. 

–      Que el área de Salud de cada Servicio Penitenciario, genere los dispositivos pertinentes para acercar a toda la población carcelaria información científica, acerca de los modos de propagación del virus, la evolución de la enfermedad que provoca y el tratamiento que conlleva, a fin de evitar el pánico que pudiera generar la circulación de información falsa y malintencionada.

–       Utilizar el momento de pre ingreso de la visita para comunicar a los familiares, las medidas que se tomarán en cada unidad para evitar el contagio de las personas privadas de libertad.

    Que se estudie cada caso en particular a los fines de no suspender de manera general las visitas recibidas. A los efectos, al ingreso de cada visitante deberán efectuarse controles sanitarios como, por ejemplo, toma de temperatura, hisopado. En consecuencia, no permitir a personas que estén con algún tipo de síntomas ingresar al establecimiento sin debido control y tratamiento previo.

    Concientizar a la población carcelaria y servicio penitenciario respecto a formas de contagio, cuidados básicos para su prevención y síntomas. Que se le otorguen todas las herramientas de control y prevención requeridas (jabón, alcohol en gel, productos de limpieza). Para ello se sugiere que se utilice toda la folleteria posible en pasillos y todo espacio común y también se brinden charlas por personal de salud.

    Que las salidas transitorias no sean suspendidas si no existe riesgo concreto de contagio. 

    Que se flexibilice el uso de teléfonos celulares a los fines de no menoscabar el derecho a visita contemplado en la norma.

    Que se conceda la prisión domiciliaria u otra medida alternativa a la prisión, a todas aquellas personas incluidas dentro de los grupos vulnerables: embarazadas, madres con hijxs, mayores de 65 años y pacientes con EPOC, HIV, inmunodeprimidxs, diabéticxs, oncológicxs, bajo corticoterapia, con insuficiencia cardiaca, con insuficiencia renal crónica.

    Que se dé rápido tratamiento a toda cuestión procesal referida a las personas incluidas en los grupos vulnerables mencionados. 

En el marco de la situación alarmante que nos encontramos, garantizar los derechos humanos de la población carcelaria es prioritario.